LEY 7006
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
Parcela 9: manzana 213 d), Sección C, Circunscripción VI, inscripta en el registro de la Propiedad bajo el número 131 año 1949 y Declaratoria de Herederos al folio 163, año 1951, Guía de Contribuyentes Nº 5459, con una Superficie de 449, 92 m2.
Parcela 10: Manzana 213 d), Sección C, Circunscripción VI, inscripta en el Registro de la Propiedad bajo el número 130, año 1949, Declaratoria de Herederos al folio 163, año 1951, Guía de Contribuyentes Nº 7911, con una Superficie de 449,92 m2.
ARTICULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se atenderá con imputación a Rentas Generales.
ARTICULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.