LEY 6127

 

Destacamento Policial de Laferrere, La Matanza.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a disponer la construc­ción de un nuevo edificio para el funcionamiento del actual des­tacamento policial de la localidad de Laferrere, Partido de La Ma­tanza.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley se tomará de Rentas Generales, con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.