DECRETO 2886/02
LA PLATA, 27 de NOVIEMBRE de 2002.
VISTO las presentes actuaciones, por las cuales el Ministerio de Salud propicia el dictado de un Decreto determinando el sueldo que corresponde al Director Ejecutivo de los Hospitales Descentralizados; y
CONSIDERANDO:
Que se hace necesario, asimismo, reestructurar la asignación de conceptos salariales correspondiente a los Directores Asociados;
Que motiva el dictado del presente Decreto, la necesidad de armonizar los diversos contenidos que en materia salarial contemplan las Leyes 10471 y sus modificatorias de Carrera Profesional Hospitalaria y 11072 de Descentralización Hospitalaria;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1.- Establécese que la remuneración del Director Ejecutivo de Hospital Descentralizado - Ley 11072, estará compuesta por los siguientes conceptos salariales:
Sueldo Básico
Adicional por Antigüedad
Bonificación por Función
Bloqueo de Título
El Adicional por Antigüedad se determinará de acuerdo a la normativa aplicable a la Carrera Profesional-Hospitalaria.
La Bonificación por Función será determinada de la siguiente manera:
Hospital Perfil D: 90% del sueldo básico
Hospital Perfil C: 85% del sueldo básico
Hospital Perfil B: 80% del sueldo básico
Hospital Perfil A: 77% del sueldo básico
El Bloqueo de Título será equivalente al 200% del sueldo básico
ARTÍCULO 2.- Suprímase la bonificación dispuesta para los Directores Asociados por el Decreto Nº 2368/97.
ARTÍCULO 3.- Fíjase en PESOS MIL CUARENTA Y TRES ($ 1.043) el sueldo básico correspondiente al Director Ejecutivo de Hospital Descentralizado – Ley 11072.
ARTÍCULO 4.- Las disposiciones del presente Decreto no significarán, en ningún caso, disminución en las retribuciones actuales. Las diferencias que pudieran resultar serán absorbidas por futuros incrementos salariales.
ARTÍCULO 5.- Derógase el Decreto Nº 3008/98.
ARTÍCULO 6.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Economía.
ARTÍCULO 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Salud. Cumplido archívese.