Fundamentos de la

Ley 10638

 

            Se remite a consideración de vuestra Honorabilidad un proyecto de ley por el que se propicia la modificación del artículo 2 del Decreto-Ley 9.909/83.

            Por la misma se auspicia el cambio de destino del bien expropiado, en oportunidad de sancionarse el decreto-ley que ahora se modifica, por iniciativa de la Municipalidad  de Tigre.

            Que la razón del mencionado cambio consiste en que el predio cuya expropiación se decidió para la instalación de Parque Recreativo Infantil, es el único que en la  zona de influencia reúne las condiciones exigidas por la Dirección General de Escuelas y Cultura y el Ministerio de Obras y Servicios Públicos, para la construcción del edificio del Jardín de Infantes № 901 por el Plan Sarmiento, cumpliendo de este modo uno de los fines básicos de la acción de gobierno.

            Por lo tanto se consideran dados los extremos de una imperiosa necesidad de bien público para proceder a dicha modificación, de modo de no frustrar un proyecto que brindará a la comunidad innegable beneficios.

            Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.