Decreto N° 657-2021

LA PLATA, BUENOS AIRES

Lunes 30 de Agosto de 2021

VISTO el expediente EX-2020-19160465-GDEBA-DPSYCTIPS del Instituto de Previsión Social, por el cual se gestiona el reconocimiento de los servicios prestados por Viviana Gabriela PELLEJERO en el cargo de Jefa del Departamento Resoluciones, y la declaración de legítimo abono de los haberes percibidos, y

CONSIDERANDO:

Que, por las presentes actuaciones, Viviana Gabriela PELLEJERO solicita el reconocimiento de los servicios prestados en el cargo de Jefa del Departamento Resoluciones y el pago de las diferencias salariales correspondientes por el período comprendido entre el 11 de marzo de 2014 y el 3 diciembre de 2015;

Que, en tal sentido, se acompaña la Disposición N° 4/2014 del entonces Director Provincial de Prestaciones y Recursos, por la cual se le encomiendan en forma interina las tareas y responsabilidades inherentes al cargo de Jefa del Departamento Resoluciones de la Dirección de Prestaciones Originarias, a partir del 11 de marzo de 2014;

Que, posteriormente, se efectúo un proceso de selección para ocupar el cargo citado, que culmina con el otorgamiento de la Disposición N° 6/2015 del entonces Director Provincial de Prestaciones y Recursos, por el cual se asignan las funciones de Jefa del Departamento Resoluciones a Viviana Gabriela PELLEJERO, a partir del 23 de julio de 2015;

Que, finalmente, por Resolución N° 93/15 del Ministerio de Trabajo, se designa a la agente citada en el cargo de Jefa del Departamento Resoluciones, a partir de la fecha de notificación, lo que acaeció el 3 de diciembre de 2015;

Que, en consecuencia, Viviana Gabriela PELLEJERO solicita el reconocimiento de los servicios prestados por el período comprendido entre el 11 de marzo de 2014 y el 3 de diciembre de 2015, toda vez que los actos correspondientes fueron otorgados por autoridad sin competencia para hacerlo;

Que la jurisdicción certifica la efectiva prestación de los servicios por parte de Viviana Gabriela PELLEJERO, e informa que percibió los haberes por el período comprendido entre el 23 de julio de 2015 y el 3 de diciembre de 2015;

Que, con relación a los haberes correspondientes al período anterior -11 de marzo de 2014 al 22 de julio de 2015 inclusive-, cabe señalar que se encuentran alcanzados por el plazo de prescripción dispuesto en el artículo 2562 inciso c) del Código Civil y Comercial, por lo que debe procederse a su rechazo;

Que conforme lo dispuesto por el artículo 1794 del Código Civil y Comercial de la Nación, siempre que se considere fehacientemente acreditado el desempeño de las aludidas tareas, corresponde dictarse el acto administrativo por el cual se reconozcan las mismas por el lapso indicado en el primer párrafo, y se tengan como legítimamente abonados los haberes percibidos;

Que la presente gestión cuenta con la conformidad del actual Presidente del Instituto de Previsión Social;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado han dictaminado favorablemente;

Que, a fin de regularizar la situación, corresponde hacer lugar al reconocimiento pretendido, declarando de legítimo abono los haberes percibidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 1794 del Código Civil y Comercial de la Nación;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Reconocer en la Jurisdicción 1.1.3.21 - Ministerio de Trabajo - Instituto de Previsión Social, los servicios prestados por Viviana Gabriela PELLEJERO (DNI N° 22.115.422 - Clase 1971) correspondientes al cargo de Jefa del Departamento Resoluciones, por el período comprendido entre el 11 de marzo de 2014 y el 3 de diciembre de 2015, rechazando el pago de las diferencias salariales por el período comprendido entre el 11 de marzo de 2014 y el 22 de julio de 2015 inclusive, y declarando de legítimo abono los haberes percibidos entre el 23 de julio de 2015 y el 3 de diciembre de 2015.

ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los/as Ministros/as Secretarias/os en los Departamentos de Trabajo y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3°. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

Mara Ruiz Malec, Ministra; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel KICILLOF, Gobernador.