DEPARTAMENTO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS

DECRETO 1092

 

La Plata, 27 de mayo de 2005.

 

VISTO: El Expediente Nrs. 2400-4603/04 y los Decretos Nrs. 1441/03 y 2199/04 por el cual el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos –Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda– propicia la apertura orgánico funcional de su Jurisdicción Centralizada, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que conforme a lo establecido en el Artículo 8° del Decreto 2199/04, se adjunta la propuesta de apertura orgánico funcional de su Jurisdicción Centralizada hasta nivel de Departamento, como así también el desarrollo de sus objetivos, metas, acciones y tareas;


Que han tomado intervención y se han expedido favorablemente la Subsecretaría de la Gestión Pública dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, el Ministerio de Economía y la Asesoría General de Gobierno;


Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1°: Apruébase en la órbita del Ministerio de de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, la estructura orgánico funcional de la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda de acuerdo con el organigrama, objetivos, metas, acciones y tareas que como Anexos 1 y 2 forman parte integrante del presente acto administrativo.

 

ARTICULO 2°: Suprímanse los Anexos 1 y 2 del Decreto Nrs. 2199/04 –organigramas, objetivos, metas, acciones y tareas– los que serán sustituidos por los Anexos 1 y 2 integrantes del presente Decreto.

 

ARTICULO 3°: Derógase el Decreto Nrs. 417/03 aprobatorio de la estructura orgánico funcional de la Dirección Provincial de Tierras y Urbanismo.

 

ARTICULO 4º: Determínase para las unidades organizativas aprobadas en el artículo precedente los siguientes cargos: UN (1) Subsecretario de Urbanismo y Vivienda; UN (1) Director Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial, UN (1) Director Provincial de Coordinación de Programas Habitacionales; UN (1) Director Provincial de Tierras; UN (1) Director de Planificación Urbana Territorial; UN (1) Director de Gestión Urbana; UN (1) Director de Proyectos Especiales; UN (1) Responsable de la Oficina Área Metropolitana, con rango y remuneración equivalente a Director de la Ley 10.430; UN (1) Director de Desarrollo de Programas Habitacionales Especiales; UN (1) Director de Ejecución y Seguimiento de Programas Habitacionales Especiales; UN (1) Director de Regularización Urbana y Dominial; UN (1) Director de Urbanizaciones Sociales Planificadas; UN (1) Director de Titularización de Inmuebles; UN (1) Jefe de Departamento de Planificación Urbana Territorial; UN (1) Jefe de Departamento Infraestructuras, Transportes y Grandes Equipamientos; UN (1) Jefe de Departamento Preservación Medio Natural y Construido; UN (1) Jefe de Departamento Gestión Urbana; UN (1) Jefe de Departamento Asistencia Técnica; UN (1) Jefe de Departamento Gestión de Proyectos; UN (1) Jefe de Departamento Sistema de Información Geográfica; UN (1) Jefe de Departamento Coordinación Administrativa; UN (1) Jefe de Departamento de Formulación de Proyectos Habitacionales Especiales; UN (1) Jefe de Departamento de Programación y Gestión; UN (1) Jefe de Departamento de Ejecución de Proyectos Habitacionales Especiales; UN (1) Jefe de Departamento de Seguimiento y Control de Programas Habitacionales, UN (1) Jefe de Departamento Coordinación Administrativa; UN (1) Jefe de Departamento de Análisis Dominial; UN (1) Jefe de Departamento Social; UN (1) Jefe de Departamento Técnico; UN (1) Jefe de Departamento Estudios Técnicos; UN (1) Jefe de Departamento Agrimensura; UN (1) Jefe de Departamento Articulación Social; UN (1) Jefe de Departamento de Gestión Notarial; UN (1) Jefe de Departamento Soporte Técnico; UN (1) Jefe de Departamento Coordinación Administrativa; UN (1) Jefe de Departamento Administrativo, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial –Ley 10.430–.

 

ARTICULO 5°: Limítanse las designaciones del personal de la estructura organizativa de la Subsecretaría de Urbanismo y Vivienda, cuyas funciones no se correspondan con las Unidades Orgánicas que se aprueban en el presente Decreto.

 

ARTICULO 6°: Déjase establecido que en el plazo de noventa (90) días a partir de la vigencia del presente, el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos deberá presentar la propuesta de las plantas de personal acorde a la estructura organizativa aprobada precedentemente.

 

ARTICULO 7°: El Ministerio de Economía tramitará las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio Financiero año 2005.

 

ARTICULO 8°: Excéptase del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto 18/91, en cuanto a la presentación de los Anexos correspondientes, los cuales quedarán conformados de la siguiente manera: ANEXO 1 –Organigrama–; ANEXO 2  OBJETIVOS, METAS, ACCIONES Y TAREAS– de cada una de las dependencias según corresponda.

 

ARTICULO 9°: El presente Decreto será refrendado por los Sres. Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y de Economía.

 

ARTICULO 10: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y pase al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos. Cumplido, archívese.

 

SOLA
E. Sicardo

 

ANEXO II

 

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, VIVIENDA Y SERVICIOS PUBLICOS

SUBSECRETARIA DE URBANISMO Y VIVIENDA

OBJETIVOS

 

1. Articular políticas e instrumentar una estrategia para el desarrollo territorial y el ordenamiento urbano a nivel provincial, regional y local coordinando las relaciones con el Instituto de la Vivienda y con otras jurisdicciones provinciales y nacionales.

2. Proponer, programar, coordinar, ejecutar y controlar la política habitacional de la provincia de Buenos Aires.

3. Ejercer la autoridad de aplicación de la legislación urbanística, territorial y de vivienda, desarrollando propuestas de modificación, ampliación o interpretación en función de las necesidades de consolidar un marco normativo eficaz para conducir el proceso de urbanización de la provincia de Buenos Aires.

4. Diseñar, programar, ejecutar y controlar nuevos instrumentos de implementación de las políticas de desarrollo territorial, vivienda y urbanismo.

5. Instrumentar la estrategia de desarrollo territorial en el marco de los principios de integración, equilibrio y sustentabilidad del desarrollo de las regiones bonaerenses.

6. Coordinar, supervisar y controlar la instrumentación de la política de vivienda social y la aplicación de los fondos de la Ley Nacional 21.581 (Fondo Nacional de la Vivienda (FONAVI).

7. Implantar y ejecutar a nivel provincial los planes y/o programas ad-hoc que a nivel federal defina el estado nacional.

8. Constituir y administrar el banco provincial de tierras a fin de favorecer la oferta de las mismas para proyectos urbanísticos y de vivienda social coordinando su intervención con los organismos provinciales con incumbencia en la materia.

9. Coordinar los programas y los proyectos propuestos acordes a los lineamientos de políticas y pautas metodológicas diseñadas.

10. Administrar sistemas de información diagnóstica para la planificación, seguimiento y monitoreo de la gestión territorial, urbana y de vivienda.

11. Realizar las gestiones necesarias para concertar las líneas de financiamiento destinadas a equipamientos y desarrollo urbano, territorial y habitacional.
12. Intervenir en las gestiones, desarrollo, aplicación, administración de fuentes de financiamiento alternativos destinados al desarrollo habitacional, urbanístico y territorial.

13. Generar ámbitos de participación entre sectores públicos y privados para la promoción de programas intersectoriales e interjurisdiccionales y la generación de políticas de consolidación del desarrollo urbano y territorial.

14. Promover y coordinar la celebración de acuerdos múltiples con fines de investigación y desarrollo, asistencia y cooperación técnica, capacitación de recursos humanos con o entre entes y organismos públicos y privados de orden municipal, provincial, nacional e internacional.

 

SUBSECRETARIA DE URBANISMO Y VIVIENDA

DIRECCION PROVINCIAL DE ORDENAMIENTO URBANO Y TERRITORIAL

METAS

1. Intervenir en la planificación, programación, ejecución y control del ordenamiento urbano y territorial coordinando acciones comunes con las jurisdicciones que correspondan y con los municipios.

2. Elaborar análisis y estudios para el dictado de normas relacionadas con el ordenamiento urbano.

3. Asistir a la Subsecretaría en el diseño de políticas, estrategias y planes provinciales, regionales y locales de ordenamiento urbano y territorial, contribuyendo a la definición de un modelo territorial de la Provincia basados en los principios de integración, equilibrio y sustentabilidad.

4. Planificar, programar, proyectar y proponer los procesos de la gestión urbanística necesarios al ordenamiento urbano y territorial, coordinando acciones con los municipios de la provincia de Buenos Aires.

5. Asesorar, planificar, promover, realizar y convalidar proyectos particularizados en materia de desarrollo urbano y efectuar el apoyo técnico, urbanístico, en especial respecto de viviendas de programas sociales.

6. Analizar, diagnosticar, diseñar estrategias y planes de desarrollo temático en forma conjunta con los municipios sobre el nuevo rol de las ciudades como actores fundamentales del cambio tecnológico y económico.

7. Formular un diagnóstico considerando en especial la actualización del conocimiento del territorio provincial y municipal y la adaptación de los mecanismos de gestión urbana y regional.

8. Formular los lineamientos y elaborar las bases metodológicas que permitan orientar el ordenamiento del territorio, programar acciones urbanísticas y encauzar gestiones de estudio y proyectos urbanos, en el marco de la normativa provincial y en coordinación con los organismos competentes e involucrados.

9. Asesorar y colaborar con los niveles de decisión, municipios, entes regionales y diferentes jurisdicciones del gobierno provincial en la resolución de conflictos promoviendo la adopción de criterios de desarrollo integrales y equilibrados del territorio.

10. Coordinar criterios y acciones comunes con organismos nacionales, provinciales, y municipales en los temas de su competencia.

11. Impulsar y coordinar estudios y tareas de investigación con universidades, centros de estudio, nacionales o extranjeros, incluyendo la participación en congresos relacionados con las actividades que hacen al ordenamiento urbano y territorial.

12. Propiciar capacitación y asistencia técnica mediante la canalización de líneas de financiamiento alternativo destinadas a la formación profesional especializada.

13. Impulsar, coordinar y asistir técnicamente al municipio en el desarrollo de iniciativas orientadas a la formulación de planes estratégicos y de desarrollo urbano.

14. Promover e impulsar la acción participativa de la comunidad a través de actores públicos, privados e instituciones intermedias vinculados a los procesos de planeamiento y gestión urbana y territorial.


DIRECCION PROVINCIAL DE ORDENAMIENTO URBANO Y TERRITORIAL

DIRECCION DE PLANIFICACIÓN URBANA TERRITORIAL

ACCIONES

1. Formular lineamientos, planes provinciales, regionales y locales, y propuestas normativas que permitan conducir el proceso de desarrollo urbano y territorial coordinando acciones con los organismos competentes e involucrados.

2. Efectuar el reconocimiento integral y sistemático de la situación urbana provincial y de las políticas y normas que se relacionen directa o indirectamente con la misma, coordinando la formulación de un diagnóstico con las demás jurisdicciones que intervienen en estos procesos.

3. Diseñar estrategias para el desarrollo territorial y el ordenamiento urbano a nivel provincial, regional y local en un ámbito de participación y coordinación con otras jurisdicciones nacionales, provinciales, municipales y organizaciones de la comunidad, corrigiendo los desequilibrios ambientales, sociales y territoriales actuales.
4. Elaborar instrumentos de gestión que permitan la participación de la comunidad en el planteamiento de los proyectos.

5. Proponer la adecuación normativa necesaria que permita orientar y encauzar los procesos de ordenamiento territorial y desarrollo urbano.

6. Establecer criterios para la regionalización de la provincia de acuerdo a las áreas funcionales que se detecten en el diagnóstico.

7. Definir directrices de ordenamiento territorial que sirvan de marco de referencia para el desarrollo de los planes territoriales regionales, sectoriales y municipales.

8. Establecer criterios para la detección de las necesidades en el territorio provincial en relación a las grandes infraestructuras de escala regional referidas a transporte, comunicaciones y servicios, en coordinación con las áreas competentes e involucradas.

9. Determinar los ámbitos urbanos y territoriales que por su valor y sus características geográficas, paisajísticas, ecológicas serán susceptibles de acciones de conservación y/o mejora, en coordinación con las áreas competentes e involucradas.

10. Establecer lineamientos para la protección del medio natural y del patrimonio arquitectónico y urbanístico existente en el territorio provincial en coordinación con las áreas competentes e involucradas.

11. Coordinar con las demás jurisdicciones las acciones correspondientes a la aplicación de políticas de desarrollo territorial regional y provincial.

12. Propiciar, coordinar y mantener vinculaciones con organismos públicos y privados, tecnológicos, de investigación y experimentación a fin de promover intercambios y estudios específicos relacionados con el ordenamiento territorial

13. Relevar los recursos económico - financieros disponibles, y gestionar la obtención de aquellos que resulten necesarios para la efectiva concreción de los estudios y propuestas.

 

DIRECCION DE PLANIFICACION URBANA TERRITORIAL

DEPARTAMENTO DE PLANIFICACION URBANA TERRITORIAL

TAREAS

1. Elaborar un diagnóstico de la situación urbano- territorial de la provincia de Buenos Aires en coordinación con los demás organismos que intervienen en estos procesos.

2. Analizar los escenarios y procesos urbano-territoriales emergentes en sus dimensiones sociales, políticas, económicas y ambientales.

3. Analizar, formular y proponer alternativas para la regionalización de la Provincia estableciendo áreas funcionales, en coordinación con los municipios.

4. Proponer modelos alternativos de desarrollo territorial en un marco de integración, equilibrio y sustentabilidad de las regiones bonaerenses.

5. Formular directrices de ordenamiento territorial regional y provincial que sirvan de marco a los planes sectoriales y municipales.

 6. Proponer criterios de ocupación del uso residencial y de las actividades económicas en todo el territorio provincial en coordinación con los municipios y demás organismos que intervienen en los procesos de desarrollo territorial.

7. Promover acciones que tiendan a la recuperación de núcleos rurales y al fortalecimiento de ciudades intermedias.

8. Realizar estudios e investigación aplicada de aspectos relevantes que otorguen base para la formulación de lineamientos normativos.

 

DIRECCION DE PLANIFICACION URBANA TERRITORIAL

DEPARTAMENTO INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y GRANDES  EQUIPAMIENTOS

TAREAS

1. Relevar, registrar y detectar las necesidades en el territorio provincial en relación a las grandes infraestructuras de escala regional referidas a transporte, comunicaciones y servicios.

2. Determinar los requerimientos referidos a transporte, comunicaciones y servicios que surgen de la planificación urbana territorial a los efectos de ser canalizados por las jurisdicciones y dependencias competentes en las materias.

3. Realizar un diagnóstico en materia de grandes equipamientos urbanos a nivel regional, a saber educativo, sanitario, comercial y administrativo, cultural y deportivo, turístico y recreativo presente la provincia.

4. Identificar posibles localizaciones de plantas de tratamiento de los residuos sólidos en el ámbito provincial coordinando acciones con los municipios y demás organismos que intervengan en la temática.

5. Colaborar con la Dirección en la coordinación de acciones con los municipios y organismos del gobierno nacional, provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como así también con las empresas prestatarias.

 

DIRECCION DE PLANIFICACION URBANA TERRITORIAL

DEPARTAMENTO PRESERVACION MEDIO NATURAL Y CONSTRUIDO

TAREAS

1. Producir un inventario de aquellos ámbitos territoriales municipales que, por su valor y sus características geográficas, paisajísticas, ecológicas merezcan su conservación y mejora, en coordinación con las áreas competentes e involucradas.

2. Detectar y registrar el patrimonio arquitectónico y urbano existente en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires en coordinación con los demás organismos del nivel provincial que intervienen en la temática.

3. Elaborar un diagnóstico acerca del estado de situación de los sitios y patrimonio inventariado y detectado.

4. Proponer lineamientos generales e instrumentos de gestión y normativos tendientes a la conservación y mejora del patrimonio arquitectónico y urbanístico detectado.

5. Proponer lineamientos generales e instrumentos de gestión y normativos necesarios para la preservación de la urbanización a aquellas zonas productivas que lo merezcan.

6. Establecer lineamientos generales tendientes a preservar y/o mejorar la calidad de las áreas centrales de las ciudades bonaerenses.

7. Participar en la formulación de normativas que posibiliten la conservación y puesta en valor de los espacios urbanos naturales y construidos.

8. Relevar, investigar y proponer mecanismos de financiación para la puesta en valor de los sitios detectados.

 

DIRECCION PROVINCIAL DE ORDENAMIENTO URBANO Y TERRITORIAL

DIRECCION DE GESTION URBANA

ACCIONES

1. Gestionar el ordenamiento urbano territorial de la provincia de Buenos coordinando acciones con los municipios y demás organismos del gobierno provincial, nacional y demás actores que intervengan en la temática.

2. Operar modelo de gestión urbano-territorial que atienda la dinámica de los cambios producidos y a las demandas que emanan del avance de las competencias municipales en la materia.

3. Establecer lineamientos para la formulación de nuevos instrumentos de gestión del territorio que permitan el desarrollo en un marco de integración, equilibrio y sustentabilidad de las regiones bonaerenses.

4. Proceder al seguimiento de la evolución en las etapas del proceso de planeamiento que van alcanzando los municipios a fin de planificar y coordinar la asistencia técnica a los mismos.

5. Asistir técnicamente a los municipios en la programación, gestión y evaluación de las propuestas de ordenamiento territorial, como así también en la formulación e implementación de planes urbanos.

6. Programar y ejecutar acciones de capacitación técnica profesional en materia de gestión urbana y formulación de planes y proyectos, dirigidas específicamente a los municipios.

7. Convalidar de acuerdo a la normativa, los proyectos urbanísticos que impliquen la creación, ampliación y reestructuración de núcleos urbanos y sus zonas constitutivas.

8. Optimizar el procedimiento de convalidación de la normativa municipal en el marco de lo establecido en el Decreto Ley 8912.

9. Mantener un registro actualizado de la normativa vigente a nivel municipal coordinando y articulando acciones con la Subsecretaría de Asuntos Municipales.
10. Coordinar y articular acciones inherentes a la actualización de información con el Departamento de Sistema de Información Geográfica.

11. Coordinar la implementación de acciones en la materia con organismos nacionales, provinciales, municipales y las organizaciones de la comunidad.

 

DIRECCION DE GESTION URBANA

DEPARTAMENTO GESTION URBANA

TAREAS

1. Proponer alternativas para la elaboración de un nuevo modelo de gestión urbana territorial.

2. Relevar las etapas del proceso de Planeamiento que van alcanzando los Municipios en el marco del artículo del Decreto-Ley 8912 a fin de realizar la planificación y coordinación de la asistencia técnica a los mismos.

3. Relevar la situación urbano territorial de los municipios como así también de las estructuras organizativas existentes para llevar a cabo acciones relacionadas con la temática.

4. Proponer nuevos instrumentos de gestión del territorio que permitan el desarrollo en un marco de integración, equilibrio y sustentabilidad de las regiones bonaerenses.

 5. Proponer instrumentos de gestión de interacción público-privada para la implementación de los proyectos.

 

DIRECCION DE GESTION URBANA

DEPARTAMENTO ASISTENCIA TECNICA

TAREAS

1. Asistir técnicamente a los municipios en la planificación y programación del ordenamiento territorial y en la ejecución de planes y proyectos de desarrollo urbano.

2. Colaborar con los municipios en la definición de los aspectos urbanísticos y el encuadre normativo de proyectos especiales.


3. Evaluar las propuestas de ordenamiento territorial que formulen los municipios y los proyectos normativos de creación, ampliación y reestructuración de núcleos urbanos y sus zonas constitutivas.

4. Evaluar y elaborar los certificados urbanísticos para la localización de emprendimientos urbanísticos.

5. Llevar a cabo acciones de capacitación en los municipios específicamente a las áreas de planeamiento, acerca del ordenamiento territorial a fin de que los mismos cuenten con capacidad para encarar las tareas de planificación y gestión urbana.

6. Producir manuales y normas de procedimiento técnico administrativo para sistematizar la elaboración, presentación y evaluación de documentación técnica de emprendimientos urbanísticos dirigidos a agilizar las gestiones.

 

DIRECCION PROVINCIAL DE ORDENAMIENTO URBANO Y TERRITORIAL

DIRECCION DE PROYECTOS ESPECIALES

ACCIONES

1. Promover, elaborar e implementar proyectos urbanos de escala municipal, regional y provincial.

2. Promover acciones de renovación urbana en: áreas degradadas, zonas industriales abandonadas, asentamientos precarios.

3. Elaborar proyectos de desarrollo de nuevas centralidades que permitan revalorizar diversas áreas del territorio provincial.

4. Generar un sistema de áreas de esparcimiento, parques, áreas ribereñas y elaborar propuestas de diseño urbano que permitan la puesta en valor de esos espacios mejorando la calidad de vida de la comunidad bonaerense.

5. Establecer acciones para la puesta en valor y desarrollo sustentable de áreas de interés patrimonial arquitectónico y urbanístico.

6. Formular un programa para la revalorización de las áreas de interés detectadas para el desarrollo turístico-recreativo

7. Participar en la formulación de proyectos de infraestructuras y grandes equipamientos urbanos de escala regional y provincial.

8. Coordinar y articular acciones inherentes a la actualización de información con el Departamento Sistema de Información Geográfica (GIS).

 

DIRECCION DE PROYECTOS ESPECIALES

DEPARTAMENTO GESTION DE PROYECTOS

TAREAS

1. Coordinar con la Dirección de Planificación Urbana Territorial la prioritación de los proyectos de escala provincial y regional propuestos.

2. Colaborar en la preparación de los proyectos urbanos de escala regional y provincial en coordinación con los municipios afectados por los mismos y con las demás jurisdicciones que corresponda de acuerdo a la temática.

3. Proponer mecanismos de participación de la comunidad en la formulación de los proyectos.

4. Analizar y evaluar proyectos especiales tales como emprendimientos urbanísticos, clubes de campo y barrios cerrados, cementerios parque, parques industriales, parques temáticos, campus universitarios y todo otro proyecto que implique el desarrollo urbano territorial.

5. Gestionar los instrumentos normativos necesarios para la implementación de los proyectos.

6. Implementar los instrumentos de gestión referidos a la interacción pública-privada para llevar a cabo la ejecución de los proyectos.

7. Investigar y proponer formas de financiamiento de los proyectos.

 

DIRECCION PROVINCIAL DE ORDENAMIENTO URBANO Y TERRITORIAL

OFICINA AREA METROPOLITANA

ACCIONES

1. Formular el diagnóstico urbano territorial del área metropolitana.

2. Definir un nuevo modelo territorial a partir del análisis del medio físico, el sistema de usos del suelo, las infraestructuras básicas, el transporte y los equipamientos, y de la organización política de la región.

3. Establecer directrices de ordenamiento territorial para el Área Metropolitana, que sirvan de marco a los planes municipales y sectoriales.

 4. Promover acciones de participación a fin de alcanzar un consenso amplio entre las diversas instituciones de la vida política y social como así también de los ciudadanos con respecto a los grandes temas del área metropolitana.

5. Diseñar e implementar un ámbito que sirva como espacio de articulación de metas comunes entre los municipios que integran la región, el gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gobierno Nacional.

6. Coordinar y articular acciones inherentes a la actualización de información con el Departamento Sistema de Información Geográfica (GIS).

7. Registrar y categorizar toda la bibliografía, documentación, información disponible y fuentes periodísticas en relación a la temática.



DIRECCION PROVINCIAL DE ORDENAMIENTO URBANO Y TERRITORIAL

DEPARTAMENTO SISTEMA DE INFORMACION GEOGRAFICA

TAREAS

1. Tramitar ante la Dirección de Aplicación de Imágenes satelitales del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos la documentación base necesaria para llevar a cabo las acciones correspondientes en la Dirección Provincial.

2. Atender las demandas de la Dirección Provincial como así también de las unidades orgánicas que dependen de ella en materia de cartografía e información digitalizada vinculada con los procesos de desarrollo y gestión urbana.

3. Mantener actualizado un sistema de información geográfica atendiendo las variables que inciden en el proceso de ordenamiento territorial, conforme a las demandas de la Dirección Provincial.

3. Proponer, procesar y normalizar los instrumentos y recursos que se requieran para realizar los relevamientos de los beneficiarios, con sus correspondientes instructivos.

4. Diseñar y confeccionar los modelos de instrumentos administrativos que se requieran a los efectos de producir las adjudicaciones correspondientes de las obras de los proyectos habitacionales especiales a los beneficiarios, en conjunto con los municipios y/o entidades intermedias.

5. Recepcionar y resolver las posibles dificultades que se generen en el transcurso de la ejecución de los proyectos habitacionales.

 

DEPARTAMENTO DE SEGUIMIENTO Y CONTROL DE PROGRAMAS

HABITACIONALES

TAREAS

1. Elaborar los instrumentos de análisis y control de los proyectos habitacionales especiales que se ejecuten.

2. Elaborar instructivos que definan los roles y funciones de los distintos actores intervinientes en los proyectos habitacionales.

3. Informar acerca de los desembolsos que originan la ejecución de los proyectos especiales de vivienda.

4. Elaborar informes respecto del desempeño de las empresas que participan de la ejecución de los proyectos habitacionales especiales y de la calidad de las obras que se ejecuten.

5. Procesar y normalizar la información necesaria que permita monitorear la gestión técnica y administrativa de los proyectos habitacionales especiales, proponiendo cuando corresponda, las medidas correctivas que resulten necesarias.

6. Aplicar los indicadores de procesos y resultados que permitan la evaluación de los proyectos habitacionales especiales.

 

DIRECCION PROVINCIAL DE COORDINACION DE PROGRAMAS

HABITACIONALES
DEPARTAMENTO COORDINACION ADMINISTRATIVA

TAREAS

1. Coordinar las tareas administrativas de la Dirección Provincial

2. Atender el registro de entrada, salida, trámites, movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área.

3. Verificar el cumplimiento de los aspectos formales para el trámite de las actuaciones que se gestionan en el área.

4. Evaluar el tiempo de respuesta de los trámites y proponer mejoras en los procedimientos para corregir los desvíos.

5. Organizar y asignar los útiles del área de acuerdo a las necesidades reales de uso de la dependencias.

6. Gestionar acciones que contribuyan a la capacitación y especialización del personal de la Dirección Provincial.

7. Gestionar los viáticos necesarios para el desenvolvimiento de las acciones establecidas.

 

SUBSECRETARIA DE URBANISMO Y VIVIENDA

DIRECCION PROVINCIAL DE TIERRAS

METAS

1. Intervenir en los procedimientos de regularización y acceso a la titularidad dominial en coordinación con otras autoridades de aplicación de la normativa especifica, coordinando acciones, pautas y criterios con otros organismos involucrados.

2. Establecer mecanismos y cursos de acción para lograr la regularización dominial y urbana en el territorio provincial, así como desarrollar cursos de acción con el fin de recuperar y reestructurar el fenómeno urbano y dominial en los asentamientos, barrios carecientes y sectores marginados.

3. Mantener actualizado el Registro Provincial de Tierras para la regularización urbana, vivienda, equipamiento social, y desarrollo urbano.

4. Identificar, registrar, evaluar y categorizar predios de origen público y/o privado que fueren considerados aptos para la concreción de planes y programas de desarrollo y mejoramiento del hábitat.

5. Realizar la gestión de compra y/o expropiación de tierras en coordinación con la autoridad de aplicación en la materia con destino a un fin social

6. Elaborar y diseñar los planes que contemplen el acceso a la vivienda familiar de los segmentos sociales carecientes en todo el ámbito de la provincia y convenir con los municipios la ejecución de dichos Programas, coordinando con los organismos competentes e involucrados.

7. Coordinar las actividades de las regiones y Casas de Tierras en los procesos de regularización urbanos dominiales.

8. Asegurar la ejecución y evaluar el logro de los objetivos y resultados del programa Familia Propietaria, así como los diferentes programas.

9. Ser la autoridad de aplicación de la Ley Nacional de Regularización Dominial 24.374 y del Decreto Provincial Nrs. 2815/96 reglamentario de la misma, autorizando las escrituras a que se refieren los incisos e) y h) del Artículo 6° de la Ley Nacional 24.374.

10. Programar y ejecutar urbanizaciones de interés social que posibiliten el acceso a la propiedad de la tierra de sectores de escasos recursos.
11. Promover y participar en investigaciones, congresos y estudios vinculados con la problemática de tierras, el acceso a las mismas, la regularización dominial y el mejoramiento del hábitat.

12. Asesorar a los municipios en la definición de los aspectos y encuadre normativo correspondiente a los conjuntos habitacionales y proyectos especiales.

13. Coordinar actividades e interactuar con organismos no gubernamentales en orden a los temas de su competencia.

14. Desarrollar las acciones y mecanismos necesarios a fin de obtener y evaluar la información primaria sobre las condiciones de la temática tierra en los distritos que conforman la provincia de Buenos Aires.

 

DIRECCION PROVINCIAL DE TIERRAS

DIRECCION DE REGULARIZACIÓN URBANA Y DOMINIAL

ACCIONES

1. Programar, proyectar e implementar proyectos, procesos, acciones y gestiones integrales de regularización urbano-dominial relocalización y localización de nuevas urbanizaciones de interés social, tendientes a resolver las situaciones de irregularidad jurídico-dominiales y ocupacionales de la tierra, coordinando dichas acciones con otros organismos.

2. Participar en el establecimiento de los criterios sobre los aspectos técnicos necesarios a la regularización dominial, según la Ley Nacional 24.374.

3. Realizar verificaciones, valuaciones y/o tasaciones, sobre los inmuebles a regularizar, y a los fines de la implementación de la Ley Nacional 24.374, como atribuciones especificas del Organismo de Aplicación, la Dirección Provincial de Tierras y Urbanismo.

4. Coordinar las tareas de las Regiones y Casas de Tierras.

5. Atender y administrar la implementación de las soluciones técnico-jurídicas, que permitan resolver las solicitudes de regularización dominial, que revistan carácter generalizado, coordinando acciones con entidades de bien público y otros organismos.

6. Evaluar, resolver la procedencia y dictaminar, sobre los pedidos particulares de regularización dominial.

7. Analizar, evaluar y dictaminar en las solicitudes de interpretación o encuadre de situaciones particulares, de acuerdo con la legislación, planes y programas vigentes, en materia de regularización dominial.

8. Programar, gestionar y desarrollar las acciones necesarias para la aplicación de la normativa nacional y provincial en la materia.

9. Confeccionar y mantener actualizado un registro de normas urbanas y jurídicas vinculadas con la materia, de orden nacional, provincial y municipal.

10. Implementar, mantener y actualizar registros de beneficiarios de las acciones vinculadas a las distintas operatorias que se desarrollan.

11. Programar y ejecutar acciones de capacitación dirigidas a municipios y organizaciones no gubernamentales, para la difusión de normas y procedimientos de la regularización dominial y de las vinculadas a ellas, coordinando acciones con los organismos provinciales competentes e involucrados.

12. Relevar y sistematizar la información sobre la localización de asentamientos poblacionales en estado de precariedad e irregularidad dominial y urbana, a fin de permitir su recuperación e integración.

13. Programar acciones, estudios y proyectos urbanos referidos al hábitat social, coordinando con otros organismos competentes e involucrados.

14. Mantener actualizado el registro provincial de tierras aptas para el establecimiento y radicación de familias de escasos recursos, evaluando su estado dominial, aptitudes y potencialidades, coordinando acciones con otros organismos competentes e involucrados.

15. Estudiar y aprobar las solicitudes de proyectos de regularización urbana, de conjuntos habitacionales o asentamientos poblacionales irregulares de acuerdo con la legislación y proyectos vigentes.

16. Programar y ejecutar acciones de capacitación dirigidas especialmente a municipios y Organizaciones no Gubernamentales en temas referentes a los procesos y problemáticas de regularización urbano dominial.

17. Visar, crear y llevar el registro de los respectivos planos de mensura para prescribir según Ley Nacional 24.374, en el caso de parcelas ocupadas por más de una familia.

18. Detectar, identificar y proponer la incorporación de las cuestiones o temáticas referidas a la tierra urbana a la agenda pública, a partir de un diagnóstico de situación, propendiendo a la detección anticipada de problemas y al análisis prospectivo de las mismas.

 

DIRECCION DE REGULARIZACION URBANA Y DOMINIAL

DEPARTAMENTO DE ANALISIS DOMINIAL

TAREAS

1. Estudiar y promover soluciones técnico-jurídicas, a las solicitudes de regularización dominial que revistan el carácter generalizado.

2. Efectuar el seguimiento de los programas en ejecución coordinando acciones con organismos nacionales, provinciales y municipales.

3. Relevar las situaciones dominiales y ocupacionales de bienes, a fin de confeccionar y mantener actualizado un registro permanente.

4. Elaborar los anteproyectos de actos administrativos correspondientes, tendientes a implantar los procesos de regularización dominial.

5. Colaborar con las Organizaciones Sociales y municipios, en el estudio de las distintas alternativas posibles para propiciar la regularización dominial de predios ocupados.

6. Estudiar los antecedentes dominiales y catastrales de bienes donde se desarrollan tareas de regularización dominial.

7. Gestionar las tasaciones de bienes objeto de la regularización dominial ante los organismos pertinentes.

8. Gestionar los certificados de dominio de anotaciones personales ante la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.

9. Realizar, en concordancia con los distintos organismos intervinieres, las acciones tendientes a la concreción de la expropiación de bienes con destino a sus actuales ocupantes, que emanan del Poder Legislativo y efectuar el seguimiento de las mismas.

 

DIRECCION DE REGULARIZACION URBANA Y DOMINIAL

DEPARTAMENTO SOCIAL

TAREAS

1. Propiciar la unificación de criterios de intervención con los distintos organismos provinciales, para lograr una acción coordinada complementaria y eficiente, tomando como eje articulador la problemática social de la población afectada.

2. Realizar acciones que mejoren los procesos de reorganización de los barrios, fortaleciendo las organizaciones sociales existentes y promoviéndolas donde no existan, a través de las tareas que permitan un buen grado de representatividad y legitimidad de las mismas, coordinando con otros organismos competentes e involucrados.

3. Ejecutar los relevamientos necesarios, tendientes a detectar el déficit habitacional en la provincia, y en particular en los distritos considerados en estado de emergencia habitacional, a fin de confeccionar los registros de las situaciones, permanentes y actualizados, en coordinación con los organismos competentes e involucrados en el tema.

4. Recibir y analizar para su posterior tratamiento, las solicitudes de regularización dominial.

5. Proponer las condiciones y requisitos que debieran reunir los beneficiarios de los programas que se ejecuten, cuando las mismas no hayan sido establecidas con anterioridad.
6. Ejecutar y evaluar los relevamientos sociales, a fin de determinar la población beneficiaria de los distintos programas.

7. Confeccionar los listados de adjudicatarios correspondientes a cada programa.

8. Proponer las adjudicaciones de lotes de terreno generados por los programas implementados y sus desadjudicaciones, cuando existen razones para ello.
9. Efectuar los relevamientos de datos personales de los beneficiarios, a los efectos de proceder a las adjudicaciones.

10. Elaborar y proponer los instrumentos de pago de los bienes adjudicados.

 

DIRECCION DE REGULARIZACION URBANA Y DOMINIAL

DEPARTAMENTO TECNICO

TAREAS

1. Efectuar relevamientos planialtimétricos y de hechos existentes, la confección de los planos de mensuras y subdivisión, y la correspondiente registración parcelaria.

2. Elaborar y ejecutar los proyectos de reordenamiento urbano en villas y asentamientos existentes, coordinando acciones con otros organismos competentes e involucrados.

3. Relevar y sistematizar la información sobre la localización de asentamientos poblacionales en estado de precariedad e irregularidad dominial y urbana, a fin de permitir su recuperación e integración.

4. Coordinar la fiscalización con el organismo competente en la materia, en forma conjunta con los municipios, la propaganda sobre venta de tierras provenientes de subdivisiones o mensura, loteos y fraccionamientos.

5. Coordinar acciones con el organismo competente sobre al aprobación de los planos de mensura y o subdivisión de la tierra, en ejercicio de la fiscalización de los procesos de alteración del estado parcelario, verificando el cumplimiento de la normativa vigente, a los fines de la regularización dominial.

6. Realizar inspecciones a los efectos de verificar el cumplimiento de las obras de infraestructura de servicios básicos, exigibles en los planos de mensura y subdivisión, juntamente con el organismo competente.

7. Estudiar y analizar soluciones técnicas alternativas para los casos de emergencia habitacional extrema, coordinando para ello la provisión de materias y o módulos de emergencia habitacional, como así también su puesta en terreno.

8. Intervenir, en coordinación con los organismos provinciales pertinentes, en los proyectos de dotación de infraestructura básica y equipamiento urbano necesario para el saneamiento de los barrios involucrados en los procesos de regularización dominial.

9. Proponer lineamientos y metodologías que permitan programar acciones urbanísticas, encausando la gestión y proyectos urbanos referidos al hábitat social, coordinando con otros organismos competentes e involucrados.

10. Desarrollar proyectos urbanos integrales para el mejoramiento de sectores definidos como pertenecientes al hábitat social.

11. Evaluar y elaborar el informe urbanístico previo correspondiente a las gestiones de regularización urbana y dominial de asentamientos poblacionales.

 

DIRECCION PROVINCIAL DE TIERRAS

DIRECCION DE URBANIZACIONES SOCIALES PLANIFICADAS

ACCIONES

1. Elaborar y diseñar los planes que contemplen el acceso a la vivienda familiar de los segmentos sociales carecientes en todo el ámbito de la provincia, coordinando acciones con otros organismos competentes e involucrados.

2. Coordinar la ejecución del Plan Familia Propietaria.

3. Proponer el método necesario para obtener las inversiones que requiera la ejecución de dicho Programa en el marco previsto por la Ley 11.376.

4. Elaborar un cronograma en el que consten las metas y objetivos contemplados para los diversos proyectos y el Plan Familia Propietaria y la concreta explicitación de los medios propuestos para llevarlos a cabo con expresa indicación circunstanciada del destino de las inversiones.

5. Estudiar y proponer los distintos componentes del Plan Familia Propietaria. Analizar y proponer las alternativas para obtener las inversiones que requiera la ejecución del mismo. Realizar estudios económicos financieros relacionados con la aplicación del Plan y elaborar la proyección correspondiente.

6. Elaborar normas atinentes, para lograr el mejor desarrollo y ejecución del Plan. Implementar los mecanismos necesarios para efectuar los estudios técnicos en relación a la puesta en marcha del mismo. Establecer pautas y criterios para la implementación de los distintos ítems que lo componen.

7. Programar las distintas tareas de campo, en coordinación con los organismos municipales, provinciales y nacionales.

8. Implementar, mantener y actualizar registros de beneficiarios de los planes y programas que se desarrollen.

9. Propiciar y gestionar la transferencia de tierras fiscales a favor de la provincia o municipios. Mantener un registro de los bienes transferidos.

 

DIRECCION DE URBANIZACIONES SOCIALES PLANIFICADAS

DEPARTAMENTO ESTUDIOS TECNICOS

TAREAS

1. Recibir, analizar y diagnosticar aquellos antecedentes recibidos a fin de formalizar la compra a favor de municipios y a entidades intermedias para la implementación del Plan Familia Propietaria.

2. Gestionar ante los Organismos correspondientes la obtención de la factibilidad hidráulica y urbanística de los predios propuestos.

3. Realizar los estudios de títulos.

4. Analizar el precio de cada fracción a fin de obtener subsidios.

5. Elaborar el Boleto de Compraventa a ser suscrito entre el Vendedor y el municipio y/o entidad intermedia.

 6. Coordinar con la Escribanía General de Gobierno la confección de la Escritura traslativa del Dominio a favor del municipio y o entidad intermedia.

 

DIRECCION DE URBANIZACIONES SOCIALES PLANIFICADAS

DEPARTAMENTO AGRIMENSURA

TAREAS

1. Confeccionar los planos de mensura y subdivisiones a través de personal técnico de la Dirección y o el personal de la Dirección Provincial de Catastro.

2. Gestionar las planillas de revalúo inmobiliario y porcentuales correspondientes.

3. Asesorar a los municipios y a entidades intermedias sobre proyectos de subdivisiones.

4. Coordinar con los Organismos Provinciales en las tareas de subdivisión de fracciones para el cumplimiento de este Plan.

 

DIRECCION DE URBANIZACIONES SOCIALES PLANIFICADAS

DEPARTAMENTO ARTICULACION SOCIAL

TAREAS

1. Coordinar con los municipios, realizar y mantener actualizado el censo de necesidades de familias que no cuentan con un lote de terreno donde construir vivienda única y permanente.

2. Brindar apoyo a través de personal de la Dirección y concurrir a aquellos municipios que así lo requieran para realizar el censo de necesidades.

3. Realizar tareas de asesoramiento en el Área Social con personal de la Dirección, para la implementación del Plan, en aquellos distritos que lo soliciten.

4. Evaluar y analizar las necesidades planteadas par las familias a los efectos de la asignación del puntaje, de acuerdo a las pautas de la Resolución 005/95 de la ex Unidad Ejecutora y Coordinadora del Plan de Familia Propietaria, creada por Decreto 2510/94.

5. Confeccionar las solicitudes que deberán presentar los Municipios y/o entidades intermedias preadjudicatarios de acuerdo a la cantidad de lotes que surgen de cada subdivisión de la parcelas al Plan.

6. Remitir la nomina de preadjudicatarios a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad a fin de verificar la situación de los mismos.

7. Informar a los municipios y/o entidades intermedias el resultado de la información suministrada por la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.

8. Coordinar con los municipios y/o entidades intermedias la regularización en aquellos casos en que corresponda, de lo informado por la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad.

9. Solicitar a los municipios el dictado de la ordenanza respectiva de la adjudicación con el lote que Ie ha correspondido según sorteo.

10. Asesorar a los municipios y/o entidades intermedias en la confección del Boleto de Compraventa a suscribirse entre el Municipio y/o Entidades Intermedias y cada adjudicatario.

11. Coordinar con los municipios y/o entidades intermedias la fecha de firma de los Boletos y la entrega por parte de esta Dirección de los Certificados emitidos por la misma a favor de cada adjudicatario.

12. Solicitar a cada municipio y/o entidad intermedia los datos completos de los adjudicatarios, y verificarlos, para proceder a confeccionar las escrituras.

13. Elevar todos los antecedentes: Escrituras originales, plano de subdivisión y datos personales de los adjudicatarios, a la Escribanía General de Gobierno y/o Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires.

14. Notificar a los adjudicatarios de los lotes afectados al Plan, de la instrumentación de las firmas de las escrituras, coordinando acciones con la Escribanía General de Gobierno y/o el Colegio de Escribanos de la Provincia y el municipio y/o entidades intermedias.

15. Recopilar antecedentes dominiales de las tierras que los municipios desean adquirir con subsidio de esta Dirección.

16. Solicitar dominio y anotaciones personales de aquellas parcelas y sus propietarios, a fin de otorgar el subsidio para su compra.

17. Tramitar el informe de la valuación fiscal y de la deuda al Fisco de la Provincia de aquellos predios que se intente afectar al Plan.

18. Consultar a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad sobre la situación ante el mismo, de los oferentes.


DIRECCION PROVINCIAL DE TIERRAS

DIRECCION DE TITULARIZACION DE INMUEBLES

ACCIONES

1. Establecer y proponer los criterios sobre los aspectos técnicos-Iegales necesarios a la regularización dominial, según la Ley Nacional 24.374.

2. Proponer y ejecutar las instancias procedimentales de la Ley Nacional 24.374 que determinen el mecanismo de acogimiento, coordinando las tareas de los Registros Notariales, Casas de Tierras y Regiones.

3. Dictaminar acogiendo o rechazando solicitudes presentadas por particulares, atendiendo a razones técnico-Iegales debidamente acreditadas.

4. Realizar los controles en campo sobre los planos de ocupaciones, mensuras y otros que se enmarquen en la Ley Nacional 24.374.

5. Supervisar en forma permanente el proceso de titularización de inmuebles de la Ley Nacional 24.374, visando los expedientes, aprobando los mismos y evaluando la calidad del acto que se otorga.

6. Requerir a los Registros Notariales la realización de los actos notariales que resulten necesarios para la implementación del régimen instituido por la Ley Nacional 24.374.
7. Resolver sobre la oposición a que alude el inciso f) del articulo 6° de la Ley Nacional 24.374, de acuerdo al articulo 14 del Decreto Provincial Nrs. 2815/96.
8. Determinar fechas, lugares y método de entrega al beneficiario del testimonio de escritura, una vez cumplido el trámite de inscripción ante el Registro de la Propiedad.
9. Elaborar y proponer normas complementarias que resulten necesarias a los fines del cumplimiento de la aplicación del proceso de Titularización de Inmuebles (Ley Nacional 24.374).

10. Efectuar y fomentar la publicidad de acogimiento al plan de regularización dominial Ley Nacional 24.374 en los medios de comunicación que se consideren necesarios, tanto públicos como privados.

11. Registrar y categorizar toda la bibliografía, documentos, información disponible de fuentes oficiales (Boletín Oficial, Boletín Judicial) y fuentes periodísticas referidas a la temática propia del Departamento.

12. Registrar y mantener actualizado los principales indicadores de proceso y de resultado sobre las acciones realizadas, como así también la información.

 

DIRECCION DE TITULARIZACION DE INMUEBLES

DEPARTAMENTO DE GESTION NOTARIAL

TAREAS

1. Estudiar y proponer alternativas de criterios sobre los aspectos técnicos-Iegales necesarios a la regularización dominial, según la Ley Nacional 24.374.
2. Proponer mediante estudio de casos, las instancias procedimentales de la Ley Nacional 24.374 que determinen el mecanismo de acogimiento, coordinando las tareas de los Registros Notariales, Casas de Tierras y Regiones.

3. Evaluar las solicitudes presentadas por particulares, atendiendo a razones técnico-Iegales debidamente acreditadas.

4. Llevar a cabo los controles en campo sobre los planos de ocupaciones, mensuras y otros que se enmarquen en la Ley Nacional 24.374.

5. Evaluar los expedientes relacionados con el proceso de titularización de inmuebles de la Ley Nacional 24.374.

6. Analizar e informar sobre los casos que se presenten sobre la oposición a que alude el inciso f) del articulo 6° de la Ley Nacional 24.374, de acuerdo al articulo 14 del Decreto Provincial Nrs. 2815/96.

 

DIRECCION PROVINCIAL DE TIERRAS

DEPARTAMENTO DE SOPORTE TECNICO

TAREAS

1. Elaborar un registro único de datos en el que se vuelque y centralice toda la información vinculada con los beneficiarios de los distintos programas sociales.

2. Producir un registro de los terrenos disponibles de la Provincia de Buenos Aires para la localización de emprendimientos de vivienda social.

3. Evaluar proyectos de normas para el mejor desempeño de la Dirección Provincial.

4. Confeccionar los contratos y convenios que cada una de las direcciones propicie.

5. Contestar oficios judiciales y pedidos de informes.

 6. Analizar soluciones jurídicas con respecto a las problemáticas que se plantean en la puesta en práctica de los distintos programas de la Dirección.

 

DIRECCION PROVINCIAL DE TIERRAS

DEPARTAMENTO COORDINACION ADMINISTRATIVA

TAREAS

1. Coordinar las tareas administrativas de la Dirección Provincial.

2. Atender el registro de entrada, salida, trámites, movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área.

3. Verificar el cumplimiento de los aspectos formales para el trámite de las actuaciones que se gestionan en el área.

4. Evaluar el tiempo de respuesta de los trámites y proponer mejoras en los procedimientos para corregir los desvíos.

5. Organizar y asignar los útiles del área de acuerdo a las necesidades reales de uso de las dependencias.

6. Gestionar acciones que contribuyan a la capacitación y especialización del personal de la Dirección Provincial.

7. Gestionar los viáticos necesarios para el desenvolvimiento de las acciones establecidas.


SUBSECRETARIA DE URBANISMO Y VIVIENDA

DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO

TAREAS

1. Atender el registro de entradas, salidas, trámites, movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área.

2. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto en los aspectos formales como sustanciales, para el trámite de las actuaciones que se gestionan en el área.

3. Confeccionar los actos administrativos que le sean requeridos por la Superioridad cumpliendo con los plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.

4. Programar, supervisar e instrumentar las actividades necesarias al buen funcionamiento del despacho de actuaciones administrativas, giradas o iniciadas en su ámbito y prestar asistencia y asesoramiento a las distintas dependencias.

5. Implementar las acciones necesarias a fin de mantener y actualizar los registros y ficheros de control de la gestión administrativa del sector y atender las consultas de otros organismos y reparticiones. Verificar y controlar el cumplimiento de las pautas formales determinadas para la confección y trámite de todas las actuaciones a dar salida.

6. Organizar, supervisar y atender la recepción y entrada de todas las actuaciones giradas al área, así también, su salida. Programar, implementar y mantener un registro actualizado de las actuaciones entradas y su movimiento interno, suministrando la información que requieran sobre el destino dado a las mismas, tanto las dependencias y reparticiones del área como los organismos externos.

7. Organizar, mantener e instrumentar el servicio de gestoría y correos, realizar las actividades necesarias a fin de verificar la entrega en tiempo y forma de expedientes, actuaciones y sobres en los lugares de destino determinados.

8. Atender el trámite de proyectos de actos administrativos originados en el área, como así también, efectuar el seguimiento de los mismos hasta su conclusión.

9. Remitir para su caratulación, los expedientes necesarios al trámite de los actos administrativos que se inicien en el área, llevando un registro numérico y temático de los mismos y confeccionar los sistemas de fichado y movimiento requeridos para el buen orden de dichas actuaciones.

10. Establecer y controlar el cumplimiento de las normas de seguridad para el resguardo de la integridad física y lógica de los datos e información del sector.
11. Realizar la marcación física de los bienes de uso y los inventarios selectivos, y proyectar las disposiciones, resoluciones, decretos y otros actos referidos a la gestión patrimonial.

 12. Organizar y asignar los bienes muebles, materiales y útiles del área, de acuerdo a las necesidades reales de uso de las dependencias.

13. Realizar las gestiones pertinentes determinadas para los bienes declarados fuera de uso y/o en condición de rezago.