DECRETO 2.631/04
Visto: La necesidad de
adecuar el funcionamiento del Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento
Rural (S.P.A.R.) dependiente del Ministerio de
Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos a las pautas de reformulación
del Estado Provincial, en el marco del proceso de Reforma Administrativa en
marcha, como asi también proponer designaciones en
los cargos de: Presidente, Coordinador de Convenios y Control de Ejecución,
Asesores de Gabinete, Secretario Privado y, Directores, en los términos de los
Artículos 111 incisos a) y b), 107, 109, 113, 114 y 165 de
CONSIDERANDO:
Que por Artículo 2º de
Que por Ley 11.546,
promulgada por Decreto Nº 2811/94 - Artículo 4º- se establece que
Que habiendo presentado su
renuncia en carácter de Interventor del citado Organismo el señor Marcelo
Adrián Pelle, designado por Decreto No 2003/02, la
que se aceptó a partir del 1º de octubre de 2004, como así también las renuncias
del Ingeniero Eduardo Antonio Credaro en
Que se torna necesario propiciar la designación del señor Juan María Viñales en carácter de Presidente de dicho Servicio Provincial;
Que por razones de
adecuación presupuestaria se propone la supresión del Plantel Básico aprobado
por el Decreto 6835/88 de SIETE (7) cargos, con un régimen de TREINTA y CINCO
(35) horas semanales de labor en el marco de
Que se propone para ocupar
los cargos de Asesores de Gabinete a Don José Antonio Garrocho, Don Roberto Angel Martínez, Doña lsabel
Amalia Gualtieri, con retribución equivalente a
Director de
Que para desempeñar el cargo de Secretario Privado se propone a Don Alejandro Daniel Martins;
Que por razones operativas
se propone la supresión del Departamento Convenios y Control de Ejecución de la
estructura del SPAR, y la creación de una Unidad de Coordinación de Convenios y
Control de Ejecución, con dependencia directa de
Que se propone para ocupar éste último cargo al señor Antonio Armando Nieto;
Que en las actuales
circunstancias se propone para ocupar los cargos de Director Administrativo
Contable al Doctor Osvaldo Mario Sonzini, como
Directora de Acción Comunitaria a
Que para dar curso favorable al trámite en cuestión, corresponde propiciarse la excepción a lo dispuesto por los alcances del Decreto 2658/00 y sus modificatorios, prorrogado por sus similares Nºs 1842/01, 1581/02, 1134/03 y 1473/04;
Que, las modificaciones estructurales por el presente propiciadas, ameritan efectuar ajustes de cargos y créditos en el Presupuesto General del Ejercicio 2004 -Ley 13.154-, utilizando para ello la autorización conferida por el Articulo 19 inciso 1) de la citada normativa legal;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
DECRETA:
Art.1º.- Sustitúyese el Artículo 2º del Decreto 4427/94 que quedará
redactado de la siguiente forma:
a partir del 1 de octubre de 2004, el Presidente del Servicio Provincial de
Agua Potable y Saneamiento Rural -S.P.A.R.- tendrá
rango y retribución equivalente al cargo de Subsecretario.
Art. 2º.- Suprímese en
Art. 3º.- Créase en
Art. 4º - Apruébese y
sustitúyase en el ámbito del Ministerio de Infraestructura, Vivienda y
Servicios Públicos, el Organigrama del Servicio Provincial de Agua Potable y
Saneamiento Rural (S.P.A.R.), que fuera aprobado por
el Anexo 1 del Decreto Nº 1686/95, y las Acciones de
Art. 5º.- Exceptúase del cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 3º del Decreto 18/91, en cuanto a la presentación de los Anexos correspondientes, los cuales quedarán conformados de la siguiente manera: ANEXO I - ORGANIGRAMAS-; ANEXO - II OBJETIVOS, METAS, ACCIONES, RESPONSABILIDADES Y TAREAS de cada una de las dependencias según corresponda.
Art. 6º.- Desígnase en
Art. 7º.- Acéptanse en
Art. 8º.- Desígnanse en
Como Director Administrativo Contable
Doctor SONZINI, Osvaldo Mario (L.E. 4.870.749, Clase 1938),
Como Directora de Acción Comunitaria
Licenciada VICENTINI, Leila Beatriz (DNI. 24.088.295, Clase 1974), y
Como Director de Ingeniería Arquitecto CRAIG, Germán (DNI. 17.993.249, Clase 1966).
Art. 9º.- Suprímense en
Art. 10 - Incorpórase en
Art. 11 - Incorpáranse al Presupuesto General Ejercicio 2004 -Ley
13.154-, 1 Sector Público Provincial, no Financiero -1.Administración
Provincial - 2. Organismos Descentralizados -Jurisdicción 14 -Jurisdicción
Auxiliar 00 - Entidad 041: Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento
Rural (S.P.A.R.) -ACE 001 -Finalidad 3- Función 8-
Fuente de Financiamiento 1.1- Partida Principal 1: Gastos en Personal, las
siguientes nomenclaturas presupuestarias:
-Dentro de
-
Art. 12 - Efectúese, dentro del Presupuesto General Ejercicio 2004 -Ley 13.154-, 1. Sector Público Provincial no Financiero- 1. Administración Provincial- 2. Organismos Descentralizados -Jurisdicción 14 -Jurisdicción Auxiliar,00 - Entidad 041: Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (S.P.A.R.) - Finalidad 3- Función 8- Fuente de Financiamiento 1.1. Partida Principal 1: Gastos en Personal, la siguiente transferencia de OCHO (8) cargos y créditos por la suma de PESOS SESENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES ($ 62.843).
DEBITO: |
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ACE 001 - Partida Subprincipal 1- |
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Régimen Estatutario 14: |
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-Agrupamiento Ocupacional 06: Jerárquico o |
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Personal de Conducción |
1 cargo |
$27.843 |
ACE 002 - Partida Subprincipal 1- |
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Régimen Estatutario 14 -Agrupamiento Ocu- |
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pacional 20: Técnico Profesional |
2 cargos |
$35.000 |
ACE 003 -Partida Subprincipal 1 |
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Régimen Estatutario 14 -Agrupamiento Ocu- |
|
|
pacional 20: Técnico Profesional |
2 cargos |
|
ACE 004 -Partida Subprincipal 1 - |
|
|
Régimen Estatutario 14 -Agrupamiento Ocu- |
|
|
pacional 03: Administrativo |
3 cargos |
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________________ |
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TOTAL DEBITO |
8 cargos |
$ 62.843 |
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CREDITO: |
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ACE 001: |
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Partida Subprincipal 1 -Régimen Estatutario 01 |
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-Agrupamiento Ocupacional 15: Autoridades Superiores |
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1 cargo |
$12.372 |
Partida Subprincipal 2- Régimen Estatutario 01 |
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-Agrupamiento Ocupacional 14: Secretarios Privados |
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y Asesores |
7 cargos |
$ 50.471 |
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_________________ |
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TOTAL CREDITO |
8 cargos |
$ 62.843 |
Art. 13 - Modifícase en virtud de lo dispuesto por los Artículos
precedentes, el Resumen del Número de Cargos de
DISMINUCION |
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Planta Permanente |
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Organismos Descentralizados |
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Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento |
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Rural (S.P.A.R.) |
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SIETE (7) cargos. |
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AMPLIACION |
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Planta Temporaria |
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Organismos Descentralizados |
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Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento |
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Rural (S.P.A.R.) |
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SIETE (7) cargos. |
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Art. 14.- Desígnanse en
Equiparados a DIRECTOR:
GARROCHO, José Antonio (DNI. 4.704.642, Clase 1948);
MARTINEZ, Roberto Angel (DNI. 12.805.456, Clase 1957); y
GUALTIERI, Isabel Amalia (DNI. 13.606.181, Clase 1957).
Equiparados a
YBAÑEZ, Selso Nicanor (DNI. 13.027.701, Clase 1957);
RAMIREZ, Ramón Alberto (DNI. 16.857.649, Clase 1964);
y GRAÑA, Angel (DNI. 92.636.754, Clase 1957).
Art. 15.- Desígnase en
Art. 16.- Desígnase en
Art. 17 - Exceptúanse las designaciones precedentes de los alcances del Decreto 2658/00 y sus modificatorios, ampliado por sus similares Nºs 1842/01, 1581/02, 1134/03 y 1473/04.
Art. 18 - El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos y de Economía.
Art. 19 - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos. Cumplido, archívese.
SOLA
E. Sicaro
G. A. Otero
Anexo I
ANEXO
II
SERVICIO
PROVINCIAL DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO RURAL
UNIDAD DE COORDINACION DE CONVENIOS Y CONTROL DE
EJECUCION
ACCIONES
1. Recabar y procesar, en coordinación con las Direcciones de Ingeniería, Acción Comunitaria y Administrativo Contable, la información estadística del Organismo, asegurando su continua actualización.
2. Formular los Convenios, Contratos, Acuerdos y en general todo tipo de Instrumentos con los que el Organismo se relaciona con entes Públicos o Privados, Municipios y Cooperativas; ocuparse de su gestión de aprobación, llevar un Registro Oficial de los mismos e informar a quien correspondiere.
3. Informar a
4. Elevar informes
periódicos a
5. Coordinar con las demás
Direcciones del Organismo e informar a
6. Asistir a
7. Coordinar y elaborar
con las demás Direcciones, los Proyectos de Presupuesto, e incorporar, por la via correspondiente en el Presupuesto Provincial, teniendo
en cuenta las necesidades y prioridades establecidas por