DECRETO-LEY 7528/69

 

Declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación, lote de terreno ubicado en el Partido de Navarro, con destino a la ampliación de la Escuela número 20.

 

LA PLATA, 22 de AGOSTO de 1969.

 

VISTO la autorización del Gobierno Nacional concedida por Decreto 2091 de 1969, en ejercicio de las facultades legislativas que le confiere el artículo 9º del Estatuto de la Revolución Argentina,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación un lote de terreno con todo lo edificado y plantado sobre el mismo, ubicado sobre el camino de De La Riestra a Moll, cerca de la intersección del mismo con el camino Navarro a Chivilcoy, en dirección N.E., en el Partido de Navarro, con destino a la ampliación de la Escuela número 20, designado según título como Parcela 1353d. del plano 75-3-59, con una superficie de un mil seiscientos metros cuadrados (1.600 metros cuadrados), de propiedad de establecimientos Marisabel, S.R.L. o de quién resulte ser propietario, designado según catastro como Circunscripción VIII – Sección Rural – Parcela 1353d. Inscripción al Folio 25 del año 1949 – Guía de Contribuyentes Nº 7896.

 

ARTÍCULO 2.- La inversión que demande la presente se imputará al Presupuesto de Capital, año 1969 – Grupo 1º Anexo VII – Sección 2 – Ítem 1 – Código 4-1-5- Sector 5 – Partida Principal 2 – Parcial 20.

 

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.