DECRETO 1367/01
La Plata, 14 de junio de 2001
Visto los decretos 2658/00, 2809/00 y 3167/00 que establecen la suspensión de designaciones en las Plantas Permanentes y Temporarias de todas las jurisdicciones de la Administración Publica Provincial y el congelamiento de vacantes, y las excepciones a sus disposiciones; y
CONSIDERANDO:
Que las excepciones contempladas en el artículo 2° del Decreto 2658/00 modificado por los Decretos 2809/00 y 3167/00 deben incluir
Otros supuestos específicos en lo que la cobertura de las vacantes resulta indispensable a los fines de asegurar la continuidad en la prestación de servicios esenciales;
Que queda comprendido en esos supuestos el servicio educativo que presta la Dirección General de Cultura y Educación a través de sus distintas áreas;
Que resulta menester dotar al Director General de Cultura y Educación antes del inicio del ciclo lectivo 2001, de las herramientas jurídicas necesarias a los efectos de optimizar su gestión y con el fin de no causar inconvenientes en el regular funcionamiento del área a su cargo ,la que resulta de vital importancia para la comunidad;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°.- Incorporase como segundo párrafo del artículo 2° del decreto 2658/00, el siguiente:
“Autorizase al Director General de Cultura y Educación a la reestructuración de los cargos de su Planta Permanente y/o de Gabinete correspondiente a los cargos de Director y/o superiores, pudiendo cesar, reemplazar y designar a los funcionarios que ocupen o vayan a ocupar dichos cargos, con el limite de los cargos ocupados con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto“.-
ARTICULO 2°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y Economía.-
ARTICULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Economía y a la Contaduría General de la Provincia para su Conocimiento y demás efectos.-