RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA

 

Número: RESFC-2018-65-GDEBA-DGCYE

 

LA PLATA, 5 de enero de 2018.

 

Referencia: RECTIFICAR la modificación de estructura.

 

VISTO la Resolución RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE de fecha 29 de diciembre de 2017 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE se procedió a modificar la estructura orgánica funcional de la Dirección General de Cultura y Educación, suprimiendo y creando distintas Dependencias, entre ellas Direcciones Provinciales y de Línea;

 

Que por el artículo 2 se suprimió la Unidad Ejecutora Provincial, con todas sus dependencias;

 

Que por el artículo 8 de suprimió la Dirección Provincial de Servicios Generales;

 

Que por el artículo 9 se creó la Dirección de Transporte Terrestre y Fluvial;

 

Que por el artículo 12 se creó, en el ámbito de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar, las distintas Subdirecciones de Obra con sus respectivos Departamentos;

 

Que por el artículo 15 se creó en el ámbito de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar, la Dirección Administrativa de Infraestructura Escolar;

 

Que por el artículo 24 se creó en el ámbito de la Subsecretaría de Recursos Humanos, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos;

 

Que por el artículo 26 se crearon, en el ámbito de la Dirección de Educación de Gestión Privada, la Subdirección Técnico Pedagógica y la Subdirección de Gestión Técnica Administrativa;

 

Que por el artículo 29 se modificó la dependencia funcional de la Dirección Provincial de Educación Técnico Superior;

 

Que por el artículo 30 se suprimió la Dirección Provincial de Articulación y Promoción de la Educación Técnico Profesional;

 

Que por el artículo 32 se modificó la estructura de la Auditoría General;

 

Que por el artículo 33 se crearon y aprobaron los cargos para la estructura organizativa;

 

Que, mediante los Anexos IF -2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE e IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE se incluyeron en la Resolución citada las misiones y funciones de las dependencias creadas y el organigrama;

 

Que surge la necesidad de modificar la resolución citada;

 

Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 69 incisos a) y e) de la Ley N° 13688, puede dictarse el presente acto administrativo;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°: Rectificar el artículo 2 de la RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 2°: Atento a la supresión de la Unidad Ejecutora Provincial, por Resolución 2379-E- GDEBA-DGCYE, suprimir la Dirección Provincial de Administración y Control de Programas, Dirección Provincial de Administración de Recursos, Dirección Provincial de Administración de Infraestructura y Dirección Provincial de Coordinación Legal que dependían de ella”.

 

ARTÍCULO 2°: Rectificar el artículo 8 de la Resolución RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 8. Suprimir de la estructura organizativa de la Dirección General de Cultura y Educación, la Dirección Provincial de Servicios Generales dependiente de la Subsecretaría Administrativa, la Dirección de Transporte Terrestre y la Dirección de Transporte Fluvial, quedando sus dependencias funcionales bajo la órbita de la Dirección de Servicios Generales, dependiente de la Subsecretaría Administrativa”.

 

ARTÍCULO 3°: Rectificar el artículo 9 de la Resolución RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 9: Crear en el ámbito de la Dirección de Servicios Generales la Subdirección de Transporte Terrestre con sus Departamentos de Servicios Terrestres, Departamentos Talleres, Departamento Automotores y Departamento Logística y Distribución y la Subdirección de Transporte Fluvial con sus departamentos Talleres Fluviales y Departamento Servicios Fluviales, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF- 2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución”.

 

ARTÍCULO 4°: Rectificar el artículo 12 de la RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 12. Crear en el ámbito de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar la Dirección de Obras con la Subdirección de Obras Norte y bajo su órbita el Departamento Región 6, el Departamento Región 7, el Departamento Región 9, el Departamento Región 11, el Departamento Región 12, el Departamento Región 13, el Departamento Región 14, el Departamento Región 15 y el Departamento Región 16; la Subdirección de Obras Centro y bajo su órbita el Departamento

Región 3, el Departamento Región 8, el Departamento Región 10, el Departamento Región 21, el Departamento Región 22, el Departamento Región 23, el Departamento Región 24 y el Departamento Región 25; la Subdirección de Obras Sur y bajo su órbita el Departamento Región 1, el Departamento Región 2, el Departamento Región 4, el Departamento Región 5, el Departamento Región 17, el Departamento Región 18, el Departamento Región 19 y el Departamento Región 20; la Subdirección de Control de Obras con el Departamento de Evaluación y el Departamento de Certificación y Redeterminación de Obra, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 188 páginas, y anexo IF-2017-06053397-GDEBA- DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución.”

 

ARTÍCULO 5°: Rectificar el artículo 15 de la Resolución RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 15. Crear en el ámbito de la Dirección Provincial de Infraestructura Escolar la Dirección Administrativa de Infraestructura Escolar y bajo su órbita la Subdirección Administrativa de Infraestructura Escolar con los Departamento de Recursos Humanos y Patrimonio, el Departamento de Asuntos Legales, el Departamento de Contabilidad y Presupuesto, el Departamento de Liquidaciones y Rendición de Obra, el Departamento de Sistemas y Soporte informático y Departamento de Contrataciones de Obras Públicas, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 188 páginas, y anexo IF- 2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución.”

 

ARTÍCULO 6°: Rectificar el artículo 24 de la Resolución RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 24. Crear en el ámbito de la Subsecretaría de Recursos Humanos la Dirección Provincial de Gestión de Recursos Humanos y dependiendo de la misma el Departamento Despacho, el Departamento Seguimiento de Contrataciones, el Departamento Evaluación Presupuestaria de Recursos Humanos; la Dirección de Personal con los Departamentos Regímenes Estatutarios, Departamento Movimiento de Personal, Departamento Legajos, Departamento Antigüedad Docente, Departamento Delegación Capital Federal, Departamento Registro de Títulos y Legalizaciones, Departamento Verificación de Licencias, Departamento de Monitoreo y Departamento Control y Gestión Administrativa; la Dirección de Administración de Recursos Humanos y bajo su órbita la Subdirección de Administración de Recursos Humanos con los Departamentos Administrativo, Departamento de Control de Designaciones, Departamento de Asistencia Legal, Departamento Veteranos de Malvinas y Departamento de Secretarios Técnicos y Asistencia Contable, la Subdirección de Estadística y Planeamiento con los Departamento Estadística y Programación y Departamento Interior; la Dirección de

Contralor Docente y Administrativo y dependiendo de la misma el Departamento Registro de Licencias e Inasistencias y el Departamento Control de Designaciones Docentes, la Subdirección de Régimen Docente con los Departamentos Contralor Docente I, II, III, IV y V, la Subdirección de Régimen Administrativo con el Departamento Administrativo y Departamento de Contralor Administrativo, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF- 2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente

Resolución.”

 

ARTÍCULO 7°: Rectificar el artículo 26 de la RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 26. Crear en el ámbito de la Subsecretaría de Educación la Dirección de Educación Inicial (cargo docente), la Subdirección de Educación Inicial (cargo docente) con el Departamento Administrativo y Departamento Técnico; la Dirección de Educación Primaria (cargo docente), la Subdirección de Educación Primaria (cargo docente), con el Departamento Administrativo, el Departamento Establecimientos y el Departamento Inspecciones y Perfeccionamiento; la Dirección de Educación Secundaria (cargo docente) y dependiendo de la misma el Departamento Administrativo, el Departamento de Comunicación y Enlace Institucional, la Subdirección de Educación Secundaria (cargo docente) con el Departamento Servicios, el Departamento Técnico Institucional y el Departamento Técnico; la Dirección de Educación de Gestión Privada (cargo docente) y bajo su órbita la Subdirección Técnico Pedagógica (cargo docente), la Subdirección de Gestión Administrativa con los Departamentos Administrativo, Departamento Inspecciones y Establecimientos, y Departamento de Jubilaciones y Licencias, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397- GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forman parte integrante de la presente Resolución.”

 

ARTÍCULO 8°: Rectificar el artículo 29 de la Resolución RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 29: Modificar la dependencia funcional de la Dirección Provincial de Educación Técnico Profesional dependiente de la Subsecretaría de Educación, pasando a depender, con todas sus unidades organizativas, las que mantienen sus misiones y funciones, del Consejo Provincial de Educación y Trabajo, de acuerdo al organigrama y acciones que como anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, parte integrante de la presente Resolución.”

 

ARTÍCULO 9°: Rectificar el artículo 30 de la RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 30. Suprimir de la estructura organizativa del Consejo Provincial de Educación y Trabajo la Dirección Provincial de Articulación y Promoción de la Educación Técnico Profesional, quedando sus dependencias funcionales, con sus mismas misiones y funciones, bajo la órbita del Consejo Provincial de Educación y Trabajo, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBADPLYTDGCYE, con 54 páginas, forma parte integrante de la presente resolución”.

 

ARTÍCULO 10: Rectificar el artículo 32 de la RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 32. Crear en el ámbito de la Auditoría General y dependiendo de la misma un Departamento Administrativo, la Dirección Auditoría, y dependiente de esta la Subdirección de Auditoría y Control y Gestión con el Departamento de Auditores y el Departamento de Seguimiento de Indicadores Críticos y Proyectos Especiales; la Dirección Técnico Operativa y el Departamento de Auditoría Interna e Infraestructura de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexo IF-2017-06049811-GDEBA-DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF- 2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas, forma parte integrante de la presente resolución.”

 

ARTÍCULO 11: Rectificar el artículo 33 de la RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 33. Determinar para la estructura organizativa que por la presente se aprueba, los siguientes cargos: un (1) Director Provincial de Infraestructura Escolar, un (1) Director Provincial de Gestión de Recursos Humanos, un (1) Director Provincial de Formación Docente, un (1) Director de Comunicación, un (1) Director de Obras, un (1) director de Proyectos, un (1) Director de Planificación y Seguimiento de Gestión, un (1) Director Administrativo de Infraestructura Escolar, un (1) Director de Equipamiento y mantenimiento, un (1) Director de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo, un (1) Director de Negociaciones Colectivas, un (1) Director de Jubilaciones y Certificaciones, un (1) Director de Personal, un (1) Director de Administración de Recursos Humanos, un (1) Director de Contralor Docente y Administrativo, un (1) cargo de Director Técnico Operativo, un (1) cargo de Director de Auditoría, un (1) cargo de Subdirector de Ceremonial, un (1) Subdirector de Comunicación y Prensa, un (1) subdirector Administrativo, un (1) Subdirector de Transporte Terrestre, un (1) Subdirector de Transporte Fluvial, un (1) Subdirector de Producción, un (1) Subdirector de Obras Norte, un (1) Subdirector de Obras Centro, un (1) Subdirector de Obras Sur, un (1) Subdirector de Control de Obras, un (1) Subdirector de Estudios de Factibilidad, un (1) Subdirector de Arquitectura Escolar, un (1) Subdirector de Programación, un (1) Subdirector Administrativo de Infraestructura Escolar, un (1) Subdirector de Recursos y Logística, un (1) Subdirector de Obras de Mantenimiento, un (1) Subdirector de Despacho, un (1) Subdirector de Calidad Laboral y Medio Ambiente del Trabajo, un (1) Subdirector de Seguimiento de acuerdos paritarios y de atención de Reclamos Salariales, un (1) Subdirector de Gestión Técnica y Administrativa, un (1) Subdirector de Administración de Recursos Humanos, un (1) Subdirector de Estadística y Planeamiento, un (1) Subdirector de Régimen Docente, un (1) Subdirector de Régimen Administrativo, un (1) cargo de Subdirector de Auditoría y Control de Gestión, y un (1) cargo de Subdirector de gestión administrativa, quince (15) Jefes de Departamento Administrativo, un (1) Jefe de Departamento Fotografía, un (1) Jefe de Departamento Audiovisual, un (1) Jefe de Departamento Ceremonial, un (1) Jefe de Departamento Prensa, un (1) Jefe de Departamento Administrativo de Contenidos de Comunicación, un (1) Jefe de Departamento de Servicios Terrestres, un (1) Jefe de Departamento Talleres, un (1) Jefe de Departamento Automotores, un (1) Jefe de Departamento Logística y Distribución, un (1) Jefe de Departamento Talleres Fluviales, un (1) Jefe de Departamento Servicios Fluviales, un (1) Jefe de Departamento Recubrimiento Estructural, un (1) Jefe de Departamento de Logística, un (1) Jefe de Departamento de Proceso Estructural, un (1) Jefe de Departamento de Diseño y Tecnología, un (1) Jefe de Departamento Desarrollo Tecnológico, un (1) Jefe de Departamento Organización Territorial, un (1) Jefe de Departamento Técnico Ejecutivo, un (1) Jefe de Departamento de Emprendimientos Productivos, un (1) Jefe de Departamento Región 6, un (1) Jefe de Departamento Región 7, un (1) Jefe de Departamento Región 9, un (1) Jefe de Departamento Región 11, un (1) Jefe de Departamento Región 12, un (1) Jefe de Departamento Región 13, un (1) Jefe de Departamento Región 14, un (1) Jefe de Departamento Región 15, un (1) Jefe de Departamento Región 16, un (1) Jefe de Departamento Región 3, un (1) Jefe de Departamento Región 8, un (1) Jefe de Departamento Región 10, un (1) Jefe de Departamento Región 21, un (1) Jefe de Departamento Región 22, un (1) Jefe de Departamento Región 23, un (1) Jefe de Departamento Región 24, un (1) Jefe de Departamento Región 25, un (1) Jefe de Departamento Región 1, un (1) Jefe de Departamento Región 2, un (1) Jefe de Departamento Región 4, un (1) Jefe de Departamento Región 5, un (1) Jefe de Departamento Región 17, un (1) Jefe de Departamento Región 18, un (1) Jefe de Departamento Región 19, un (1) Jefe de Departamento Región 20, un (1) Jefe de Departamento de Evaluación, un (1) Jefe de Departamento de Certificación y Determinación, un (1) Jefe de Departamento Técnico Norte, un (1) Jefe de Departamento Técnico Centro, un (1) Jefe de Departamento Técnico Sur, un (1) Jefe de Departamento Cómputos y Presupuestos, un (1) Jefe de Departamento de Agrimensura, un (1) Jefe de Departamento de Instalaciones Especiales y Tecnología, un (1) Jefe de Departamento de Hábitat Escolar, un (1) Jefe de Departamento de Normas de Arquitectura, un (1) Jefe de Departamento de Capacitación, un (1) Jefe de Departamento de Información y Control de Gestión, un (1) Jefe de Departamento Programación, un (1) Jefe de Departamento de Registro Patrimonial, un (1) Jefe de Departamento de Recursos Humanos y Patrimonio, un (1) Jefe de Departamento de Asuntos Legales, un (1) Jefe de Departamento de Contabilidad y Presupuesto, un (1) Jefe de Departamento de Liquidaciones y Rendición de Obras, un (1) Jefe de Departamento de Sistemas y Soporte Informático, un (1) Jefe de Departamento de Contrataciones de Obras Públicas, un (1) Jefe de Departamento Control de Producción, un (1) Jefe de Departamento Proceso Final, un (1) Jefe d Departamento Almacenes, un (1) Jefe de Departamento Obras, un (1) Jefe de Departamento de Producción Seriada, un (1) Jefe de Departamento de Mantenimiento Preventivo, un (1) Jefe de Departamento Estadística y Procesamiento de Datos, un (1) Jefe de Departamento de Condiciones del Ámbito del Trabajo y Capacitación, un (1) Jefe de Departamento de Higiene y Seguridad, un (1) Jefe de Departamento Técnico de Control y Gestión, un (1) Jefe de Departamento de Gestión Técnica, un (1) Jefe de Departamento de Certificaciones, un (1) Jefe de Departamento Puntaje Docente, un (1) Jefe de Departamento Despacho, un (1) Jefe de Departamento Seguimiento de Contrataciones, un (1) Jefe de Departamento Evaluación Presupuestaria de Recursos Humanos, un (1) Jefe de Departamento Regímenes Estatutarios, un (1) Jefe de Departamento Movimiento de Personal, un (1) Jefe de Departamento Legajos, un (1) Jefe de Departamento Antigüedad Docente, un (1) Jefe de Departamento Delegación Capital Federal, un (1) Jefe de Departamento Registro de Títulos y Legalizaciones, un (1) Jefe de Departamento Verificación de Licencias, un (1) Jefe de Departamento de Monitoreo, un (1) Jefe de Departamento Control y Gestión Administrativa, un (1) Jefe de Departamento de Control de Designaciones, un (1) Jefe de Departamento de Asistencia Legal, un (1) Jefe de Departamento Veteranos de Malvinas, un (1) Jefe de Departamento de Secretarios Técnicos y Asistencia Contable, un (1) Jefe de Departamento Estadística y Programación, un (1) Jefe de Departamento Interior, un (1) Jefe de Departamento Control de licencias, un (1) Jefe de Departamento Control de Designaciones Docentes, un (1) Jefe de Departamento de Registro de Licencias e Inasistencias, un (1) Jefe de Departamento de Contralor Docente I; un (1) Jefe de Departamento de Contralor Docente II; un (1) Jefe de Departamento de Contralor Docente III; un (1) Jefe de Departamento de Contralor Docente IV; un (1) Jefe de Departamento de Contralor Docente V, un (1) Jefe de Departamento Contralor Administrativo, un (1) Jefe de Departamento Establecimientos, un (1) Jefe de Departamento Inspecciones y Perfeccionamiento, un (1) Jefe de Departamento Comunicación y Enlace Institucional, un (1) Jefe de Departamento Servicios, un (1) Jefe de Departamento Técnico Institucional, un (1) Jefe de Departamento Inspecciones y Establecimientos, un (1) Jefe de Departamento Jubilaciones y Licencias, un (1) Jefe de Departamento Registro y Supervisión, un (1) Jefe de Departamento Técnico Administrativo, un (1) Jefe de Departamento de Auditores, un (1) Jefe de Departamento de Seguimiento de Indicadores Críticos y Proyectos Especiales, un (1) Jefe de Departamento de Auditoría Interna e Infraestructura, (4) Jefes de Departamento Técnico, conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial, Ley N° 10430.”

 

ARTÍCULO 12: Rectificar en todos los artículos donde se los nombra, los números de los Anexos que forman parte de la Resolución RESFC-2017-2412-E-GDEBA-DGCYE, siendo los correctos los siguientes: IF-2018-00175659-GDEBA- DPLYTDGCYE, el que fue importado con un total de 134 páginas e IF-2018-00175336-GDEBA-DPLYT-DGCYE, el que fue importado con un total de 26 páginas, dejando sin efecto los Anexos IF-2017-06049811-GDEBA- DPLYTDGCYE con 188 páginas y anexo IF-2017-06053397-GDEBA-DPLYTDGCYE, con 54 páginas.

 

ARTÍCULO 13: La presente Resolución será refrendada por la Subsecretaria de Políticas Docentes y Gestión Territorial, el Subsecretario de Educación y el Subsecretario Administrativo de este Organismos.

 

ARTÍCULO 14: Registrar esta Resolución en la Dirección de Coordinación Administrativa, comunicar al Consejo General de Cultura y Educación, a las Subsecretarías de Educación, Administrativa, Políticas Docentes y Gestión Territorial, a la Auditoría General, a las Direcciones Provinciales, al Ministerio de Economía; publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

María Florencia Castro                                                      Sergio Siciliano

Subsecretaria                                                                         Subsecretario

Subsecretaría de Políticas                                                     Docentes Subsecretaría de

y Gestión Territorial                                                              Educación

Dirección General de Cultura y Educación                          Dirección General de Cultura y

                                                                                              Educación

 

Ignacio Manuel Sanguinetti                                               Gabriel Sánchez Zinny

Subsecretario                                                                         Director General

Subsecretaría Administrativa                                                Dirección General de Cultura y

Dirección General de Cultura y Educación                          Educación

 

Nota: Para acceder a los informes citados en la Resolución deberán dirigirse a la Dirección General de Cultura y Educación.

C.C. 1.048