Provincia de Buenos Aires
DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y EDUCACIÓN
DIRECCIÓN DE FORMACIÓN CONTINUA
Disposición N° 01/13
VISTO
CONSIDERANDO:
Que
Que
el artículo 8 de
Que
el artículo 9 de
Que resulta necesario, determinar el período a los fines de la recepción de la documentación, que deberán presentar las instituciones categorizadas en el Anexo 2 de la
Resolución Nº 1716/07 como “C” y “D” aspirantes al empadronamiento como oferente externo de capacitación;
Que la presente se dicta en uso de las facultades establecidas para esta Dirección por Resolución Nº 1716/07, artículo 6.
Por ello,
ARTÍCULO 1° Convocar a instituciones oferentes externas que aspiren a desarrollar
acciones de capacitación en el marco de
entre el 6 de mayo y el 7 de junio del corriente año.
ARTÍCULO 2º: Aprobar la planilla de inscripción / actualización de datos que como
Anexo Único que en dos (2) fojas, pasan a formar parte de la presente. Dejando constancia
que los datos consignados en ella tienen carácter de declaración jurada.
ARTÍCULO 3°: Determinar que las planillas de empadronamiento deben presentarse
por duplicado, acompañadas por la documentación que acredite los datos denunciados.
ARTÍCULO
4°: Disponer que dichas solicitudes serán resueltas por
Formación Continua, realizando las devoluciones pertinentes, debiendo completar el
aspirante el requerimiento efectuado por
única instancia dentro de los 10 días hábiles, cumplido el plazo sin dar respuesta en
forma adecuada a lo solicitado se entenderá como desistida la petición de reempadronamiento.
ARTÍCULO 5°: Registrar esta Disposición que será desglosada para su archivo en el
Departamento Administrativo de esta Dirección, que en su lugar agregará copia autenticada
de la misma. Notificar a
Cultura
y Educación; a
Educación
de Gestión Privada; a
Dirección Centro de Documentación e Investigación Educativa y a los Centros de
Investigación Educativa, publíquese en el Boletín Oficial. Cumplido, archívese.
María Alejandra Paz
Directora