LEY 12.514

El Senado y Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires sancionan con fuerza de

LEY

Art. 1º - Suspéndese por el término de ciento ochenta (180) días hábiles administrativos, todos los procesos y acciones judiciales, sea por vía ejecutiva, sumaria u ordinaria, cuyo objeto sea el cobro de sumas de dinero, con causa en la falta de pago de la obra de gas natural, agua corriente y de cloacas en el Barrio Termas de Huinco; por la obra de gas natural, de agua corriente y de cloacas en el Barrio Juramento y por la otra de cloacas en el Barrio San Carlos que realiza la firma "Eddisa Sociedad Anónima" en el partido de General Pueyrredón.

Art. 2º - La suspensión tendrá efecto sobre los procesos en los que el actor sea la firma mencionada y/o su cesionario y/o sucesor a cualquier título u apoderado, sean a iniciarse o iniciados en el estado en que se encuentren, comprendiéndose también los que estén en etapa de ejecución de sentencias y los incidentes que relacionados con los procesos del artículo 1º pudieren haberse iniciado por cualquier causa, inclusive el cobro de honorarios y costas judiciales.

Art. 3º - La referida suspensión tendrá por objetivo el logro de acuerdos entre las partes interesadas, sustentados en criterios de razonabilidad, a fin de posibilitar una resolución definitiva al conflicto originado.

Art. 4º - La presente Ley es de orden público y deberá ser aplicada de oficio por los jueces actuantes. Asimismo, se establece que entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial"

Art. 5º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los siete días del mes de septiembre de dos mil.

FELIPE C. SOLA

Presidente H. Senado

Eduardo Horacio Griguoli

Secretario Legislativo H. Senado

FRANCISCO J. FERRO

Presidente H. C. Diputados

Juan Carlos López

Secretario Legislativo H. C. Diputados

DECRETO 3.481

La Plata, 23 de octubre de 2000

Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al Registro y "Boletín Oficial" y archívese.

RUCKAUF

R. A. Othacehé

REGISTRADA bajo el número DOCE MIL QUINIENTOS CATORCE (12.514).

Gines Ruiz

Secretario Legal y

Técnico de la Gobernación