DEJADO SIN EFECTO POR DECRETO 7519/87

 

DECRETO 1350/81

 

LA PLATA, 15 de OCTUBRE de 1981.

 

VISTO la solicitud interpuesta por el Comando del V Cuerpo de Ejército “Teniente General Julio A. Roca”, por la que se gestiona la donación de una fracción de tierra fiscal denominada “Establecimiento La Toma” sita en jurisdicción del Partido de Coronel Pringles, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la aludida fracción, identificada catas­tralmente como Circunscripción nº XI Parcelas 871 a. y 871 b. ambas del Partido de Coronel Pringles con una superficie aproximada de 109 ha. 13 a. 26 ca. pertenece a la Provincia por donación efectuada por De­creto-Ley Nacional nº 23031/56 y aceptada por Decreto-Ley Provincial nº 7837/57;

 

Que con respecto a la Parcela 871 b, no consta el dominio inscripto a favor de la Provincia dando cumplimiento a los actos administrativos mencionados en el apartado anterior;

 

Que el Ejército Argentino solicita la donación del inmueble a efectos de proceder a la instalación de equipos radio­eléctricos, así como también su utilización como campo de instrucción para ejercicios finales y de tiro de combate;

 

Que en consecuencia resulta procedente de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 39 inciso a) de la Ley nº 9533/80 donar al Estado Nacional -Comando V Cuerpo de Ejército- la referida fracción y previa inscripción del bien a favor del Estado Provincial;

 

Que la Administración General de Obras Sanita­rias de la Provincia no hace objeción a la donación de marras bajo ­condición de continuar la medición de caudales del Río y tendidos de cañerías u otras obras si las necesidades del servicio del menciona­do organismo lo requieren;

 

Que han producido despacho favorable la Dirección Provincial de Catastro Territorial y Contaduría General de la Provincia;

 

Que de conformidad con lo dictaminado por la Asesoría General de Gobierno y la vista conferida al señor Fiscal de Estado corresponde dictar el pertinente acto administrativo;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: Inscríbase a favor de la Provincia de Buenos Aires la fracción de tierra fiscal sita en jurisdicción del Par­tido de Coronel Pringles identificada catastralmente como Circunscrip­ción nº XI Parcela 871 b, con la situación, dimensiones y linderos que se consignen en el plano de mensura.

 

ARTÍCULO 2°: Dónase y transfiérese al Estado Nacional Argentino -Comando del V Cuerpo de Ejército- de acuerdo con lo dis­puesto en el artículo 39, inciso a) de la Ley nº 9533/80, la frac­ción de tierra fiscal identificada catastralmente, como Circunscrip­ción nº XI, Parcelas 871 a y 871 b, con una superficie aproximada de CIENTO NUEVE HECTÁREAS (109 hectáreas), con destino a la instala­ción de equipos radioeléctricos, así como también su utilización como campo de instrucción para ejercicios finales y de tiro de combate.

 

ARTÍCULO 3°: Establécese a favor de la Provincia el derecho de uso de una fracción determinada en plano adjunto, formando par­te integrante del presente con afectación a la Administración General de Obras Sanitarias con destino a medición de caudales del Río, tendidos de cañerías u otras obras si las necesidades del servicio ­de dicho organismo lo requieren.


 


ARTÍCULO 4°: Autorízase a la Dirección Provincial de Catastro Terri­torial para formalizar la posesión del inmueble al Esta­do Nacional -Comando del V Cuerpo de Ejército-.


 


ARTÍCULO 5°: Extiéndase por la Escribanía General de Gobierno la pertinente escritura traslativa de dominio de la aludida fracción, al Estado Nacional Argentino, con la limitación dispuesta por el artículo 3º del presente.

 

ARTÍCULO 6°: El movimiento patrimonial que se produzca será denunciado en la próxima actualización con intervención del Re­gistro Patrimonial correspondiente.

 

ARTÍCULO 7°: El presente Decreto será refrendado por los señores Mi­nistros Secretarios en los Departamentos de Gobierno, ­Economía y Obras Públicas.


 


ARTÍCULO 8°: Regístrese, notifíquese al señor Fiscal de Estado, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.