Provincia de Buenos Aires
INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL
I.O.M.A.
Resolución N° 1357/07
VISTO el expediente N° 2914–20176/07, iniciado por
CONSIDERANDO:
Que tratan las presentes actuaciones de la propuesta emanada de
Que para tal fin se postula el dictado de una nueva resolución que sustituya la
actualmente vigente, Resolución N° 415/01, a fin de
implementar un Programa de Internación Domiciliaria, resaltando que la
propuesta encuentra fundamento en la necesidad de actualizar aspectos prestacionales y valores de las prácticas, ya que los
mismos no se han modificado desde su implementación en el año 2001;
Que los objetivos del programa son la valorización de los componentes de la
prestación tales como los equipamientos especiales, el material descartable, y los traslados, además de buscar se
reglamenten aspectos relevantes de dicha modalidad prestacional
como son los requisitos para la presentación de la facturación por parte de los
prestadores, los topes prestacionales, y los
criterios de admisión, disminuyéndose de ese modo los tiempos de respuesta que
podrá brindar esta Obra Social;
Que asimismo se destaca que no sólo se han modificado las necesidades de los
afiliados que reciben este tipo de prestaciones, sino que los costos que
involucran las mismas han sido objeto de innumerables variaciones que pueden
afectar la continuidad de la prestación, que constituye actualmente una
alternativa útil para el cuidado de la salud en patologías complejas de forma
domiciliaria, mejorando notablemente la calidad de vida de los pacientes al
completar su rehabilitación en forma personalizada y en el medio familiar;
Que finalmente se propicia delegar la autorización de las prestaciones
incluidas en el programa, en el Director de Programas Específicos, de
conformidad con los lineamientos trazados por
Que en la intervención que le cupo a
Que a los fines expuestos se incorpora a fojas 53 un cuadro comparativo de
valores entre la resolución actual y la propuesta;
Que
Que
Que en consecuencia de lo actuado,
Que el Honorable Directorio, en su reunión de fecha 05/09/07, según consta en
Acta N° 36, RESOLVIO: Derogar
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 7 inciso g) del Decreto ley N° 6982 (T.O.
1987).
Por ello,
EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL
DE
ARTICULO 1°. Derogar
ARTICULO 2°. Aprobar el Programa de Internación Domiciliaria propuesto por
ARTICULO 3°. Aprobar el listado de patologías pasibles de internación
domiciliaria, valorización de aparatología, insumos especiales y traslados, que
como anexo 1 formará parte integrante de la presente.
ARTICULO 4°. Aprobar los requisitos a cumplir por los prestadores para adherir
al sistema de internación domiciliaria, que como anexo 2 formarán parte
integrante de la presente.
ARTICULO 5°. Aprobar la valorización del recurso humano profesional y de las
prácticas consignadas en el programa, así como sus topes prestacionales,
que como anexo 3 formarán parte integrante de la presente.
ARTICULO 6°. Aprobar la normativa y las planillas vinculadas al programa, que
como anexos 4 y 5 formarán parte integrante de la presente.
ARTICULO 7°. Delegar en el Director de Programas Específicos la facultad de
autorizar o denegar en forma fundada las prestaciones incluidas en el Programa
de Internación Domiciliaria.
ARTICULO 8°. Imputar el gasto que demandará la implementación del presente
Programa, por el período septiembre-diciembre de 2007, con la siguiente
imputación presupuestaria: ENT. 200, PRG. 1, SPRG. 1, AES
ARTICULO 9°. Registrar. Comunicar a
Alberto Javier Mazza
Presidente
I.O.M.A.
ANEXO 1
INTERNACION DOMICILIARIA
DEFINICION:
Se define servicio de internación domiciliaria al conjunto de acciones
organizadas para la atención de patologías complejas por un conjunto de
profesionales de la salud, técnicos y administrativos, bajo protocolos definidos
de prestación, y registros unificados de asistencia, administrados en el
domicilio del paciente.
Se diferencia de lo que es la consulta ambulatoria domiciliaria en que asiste a
procesos agudos, subagudos o crónicos bajo una
secuencia de acciones integradas, permanencia diaria del sistema en el
domicilio y recursos técnicos de diferente complejidad asociando acciones de un
conjunto de personas.
Por ello
La Internación Domiciliaria es aceptada como alternativa válida, eficiente y
confiable en aquellos casos que no requieran estrictamente una internación
sanatorial pero que tampoco en ellos es adecuada una atención ambulatoria.
Es una respuesta concreta a las necesidades de atención de la salud, una
alternativa de visión integral ligada al entorno, a los afectos.
En ella se combinan la eficiencia de un equipo de salud interdisciplinario con
recursos técnicos de actualidad resguardando la autonomía y la calidad de vida.
Por medio de
OBJETIVOS:
* Brindar asistencia
domiciliaria interactuando con los establecimientos asistenciales mediante
mecanismos de transferencia y contra transferencia. Favorecer la
reincorporación del paciente a su entorno socio-familiar.
* Evitar la institucionalización del paciente.
* Acompañar y asistir al paciente según su diagnostico y evolución.
* Facilitar la participación activa de la familia mediante su adecuada
capacitación.
* Disminuir el promedio de días de internación aumentando la disponibilidad de
camas para patologías complejas.
* Disminuir las posibilidades de infección intrahospitalaria
PATOLOGIAS PASIBLES DE ATENCION DOMICILIARIA:
* Pacientes con
insuficiencia respiratoria grave de causa neurológica central, espinal y/o
muscular que requieran asistencia respiratoria mecánica sin potencial de
recuperación de la función.
* Pacientes con secuelas graves de enfermedades congénitas que requieran
control y mantenimiento de funciones vitales, con y sin asistencia respiratoria
mecánica.
* Enfermedades de
* Enfermedades de los Músculos, que generen una discapacidad grave.
* Pacientes con heridas abiertas hasta lograr la recuperación total de los
tejidos.
* Pacientes con patologías en períodos subagudos o
crónicos que por su complejidad y riesgo de vida requieren de una Prestación
Domiciliaria de alta complejidad.
* Secuelas graves de parálisis cerebral.
* Enfermedades oncológicas en estadios terminales.
* H.I.V. en estadios terminales
* Procesos infecciosos que requieren terapéutica antibiótica por vía EV
prolongada (endocarditis infecciosa, meningitis, osteomielitis).
INSUMOS INCLUIDOS EN
* Agujas.
* Jeringas.
* Guantes descartables estériles, manoplas.
* Gasas, algodón y apósitos.
* Tela Adhesiva.
* Sonda nasogástrica.
* Sonda vesical (Tipo Foley).
* Sondas de aspiración.
* Alcohol.
* Pervinox, Clorhexidina, Iodopovidona.
* Materiales varios para curación de heridas.
* Guías de Sueros. Llave de tres vías
* Agua destilada.
* Solución fisiológica.
* Vendas.
* Duoderm-Tegaderm
* Abocath
* Bajalenguas.
APARATOLOGIA INCLUIDA:
* Nebulizadores de
cualquier tipo.
* Aspiradores de cualquier tipo.
* Electrocardiógrafo. Pie de sueros.
* Tensiómetros.
* Estetoscopios.
* Caja de paro.
* Termómetros.
* Ambú.
* Aparatología de uso personal, por parte de cada uno de los integrantes de
equipo terapéutico.
EXCLUSIONES:
* Pacientes con
secuelas permanentes de enfermedades crónicas que NO requieran por la
complejidad de su atención de personal de enfermería y atención médica
programada así como de la aparatología para el correcto control y seguimiento
de la enfermedad de base.
* Pacientes geriátricos con enfermedades sistémicas crónicas..
* Acompañante terapéutico (paciente que sólo se benefician de los cuidados
continuos por ausencias de los familiares en su domicilio).
* Medicamentos, productos nutricionales y el material ortopédico provisto por
este I.O.M.A según la modalidad y normativa vigente (Ej.: Medicamentos,
Accesorios, bolsas colectoras, pañales descartables,
Insumos para diabéticos, etc.; Silla de ruedas, camas ortopédicas con barandas,
colchón antiescaras, trapecios para cama ortopédica,
andadores, bipedestadores, elevador de inodoro, de uso
permanente).
* Alimentación enteral con bomba en pacientes que no
tengan patologías malabsortivas o con yeyunostomías.
* Prótesis y ortesis.
* Pacientes que concurran a Instituciones o Establecimientos en los que
realicen tratamiento ambulatorio de cualquier tipo.
* Queda excluida la aparatología e insumos que se describe a continuación,
valorizados en concepto de alquiler mensual o valor por unidad. (La
aparatología incluye su mantenimiento, insumos, soporte
técnico y repuestos).
* Se solicitará un seguro a cargo de la empresa para caso de roturas
accidentales.
DESCRIPCION |
VALOR |
RESPIRADOR (equipo, circuito, mascara, filtros bacterianos |
$ 3.000,00 |
Tubo oxigeno |
$ 38,00 |
Carga de tubos |
$ 85,00 |
Oxigeno líquido, reservorio, mochila |
$ 1.800,00 |
Equipo concentrador de O2 + tubo de back-up |
$ 495,00 |
Mochila de transporte, 2 cargas semanales |
$ 450,00 |
C-PAP nasal |
$ 350,00 |
B-PAP con frecuencia de back-up |
$ 1.200,00 |
B-PAP sin frecuencia de back-up |
$ 630,00 |
Oxímetro de pulso con sensor dedo con alarma |
$ 350,00 |
Oxímetro de pulso con sensor dedo sin alarma |
$ 240,00 |
Monitor de apneas |
$ 350,00 |
Nebulizador - aspirador de frascos 3/4 HP |
$ 70,00 |
Aspirador manual ResQVac |
$ 70,00 |
Colchon de aire con motor |
$ 80,00 |
Cama ortopédica |
$ 80,00 |
Bombas de nutrición enteral, incluye 15/30 sets mensuales |
$ 1.200,00 |
Valorización sujeta a modificaciones de
Materiales descartables especiales: |
|
* Cánulas de traqueostomía |
$ 107,00 |
* Filtros para traqueostomía |
$ 50,00 |
* Sondas Foley siliconadas |
$ 22,00 |
* Bolsas para alimentación enteral |
$ 35,00 |
TRASLADOS
* En ambulancia común para traslados urbanos $ 61,00.
* Ambulancia común más de
* Comun interurbano cuando supera los
* Ambulancia con médico hasta
* Con médico, más de 30km y hasta
* Larga distancia con medico (cuando supera los
* Ambulancia UTI hasta
* UTI hasta
* UTI larga distancia (supera los
(Valorización sujeta a modificaciones de la resolución 455/07)
ANEXO 2
PRESTADORES DE INTERNACION DOMICILIARIA
REQUERIMIENTOS PARA
Los prestadores de
atención domiciliaria pueden ser servicios dependientes de establecimientos de
salud privados de II Nivel o Servicios Privados creados a tal fin.
Deben brindar en el domicilio del paciente cuidados integrales de salud
mediante un conjunto de profesionales, quienes a partir del médico de cabecera
establecerán acciones terapéuticas y cuidados de enfermería que el enfermo
requiera.
Su objetivo fundamental debe ser el de detectar, valorar, dar soporte y
seguimiento a los problemas de salud del paciente en Internación Domiciliaria,
potenciando su autonomía y mejorando su calidad de vida y la de su familia.
Se considera indispensable para la acreditación como Prestador de Atención
Domiciliaria de IOMA, reunir los siguientes criterios:
El servicio de atención deberá ser provisto por empresas dedicadas a tal fin,
que cuenten con los recursos necesarios para dar respuestas a las necesidades
de los pacientes beneficiarios de este IOMA, quienes deberán brindar
consentimiento escrito para esta modalidad de atención, contar con condiciones
habitacionales adecuadas y conducta sanitaria familiar. La familia debe poseer
capacidad de contención y resolución frente a situaciones de desestabilización,
capacidad de interacción y cooperación con el quipo de salud.
Los servicios básicos que deberán acreditar son:
* Sistema de atención
sanitaria. Equipo de profesionales médicos acreditados en clínica médica,
cirugía, especialidades acordes a cada patología asistida, enfermeras,
técnicos, auxiliares y administrativos.
* Sistema de atención auxiliar. Equipo de laboratorio y radiología
domiciliarios.
* Sistemas de comunicaciones. Para garantizar la accesibilidad y la atención
permanente de todos los posibles problemas se deberá presentar un sistema de
comunicaciones del equipo de salud y del sistema operativo con la casa del
beneficiario.
* Sistema de registros. Dada la característica del modelo se exige un protocolo
mínimo de registros médicos, de enfermería, y otros para proceder a garantizar
en todo momento la calidad de la atención, la auditoría y la mejora de los
procedimientos. Ficha personal por cada paciente.
* Protocolos asistenciales. Los diferentes prestadores presentarán a la obra
social los protocolos de asistencia para cada caso, donde se comprometen al
desarrollo de determinadas acciones y al control de las mismas. Serán estos
elementos básicos imprescindibles para la autorización de la internación.
* Sistema de traslados. Todas las empresas deberán contar con un sistema
contratado o propio de traslado de pacientes que podrá ser verificado por este
IOMA y deberá contar con todas las características sanitarias de calidad en la
materia exigidas por autoridad competente. El traslado de pacientes bajo la
modalidad de Internación Domiciliaria será exclusiva responsabilidad de
* Centro de referencia. En todos los casos cada empresa deberá estar
referenciada con el modelo de atención de internación de II Nivel y contar con
clínicas acreditadas de derivación de pacientes.
1.- REQUERIMIENTOS LEGALES
Cumplimiento de las normas legales vigentes impartidas por autoridad competente, a saber:
* En Capital Federal,
inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de
* Inscripción y Habilitación por la autoridad sanitaria correspondiente a su
jurisdicción. ( Ministerio de Salud, Dirección de
Fiscalización Sanitaria).
* Personería jurídica.
* Estatuto Social.
* Registro en DGI y DGR.
* Normas impositivas correspondientes.
* Area geográfica de prestación de servicios.
2.- RECURSOS FISICOS
Se deberá contar con
un espacio físico adecuado para el funcionamiento de las tareas del personal
administrativo, acorde al número de los mismos, recepción de personas y
depósitos de materiales y aparatología utilizados por el Servicio.
Deberá contar con espacio suficiente para archivo de documentación y servicios
sanitarios disponibles para uso de personal y uso público.
3.- EQUIPAMIENTO
3.1 Equipamiento
Administrativo
3.1.1 Registro Estadístico
Debe contar con un sistema de información que permite el registro de toda
documentación indispensable para su funcionamiento.
*
* Registro de pacientes.
* Registro de patologías.
* Requerimientos de atención.
* Indicadores de utilización del servicio.
* Estadística de intercurrencias y/o complicaciones.
* Requerimientos de II Nivel de atención.
* Registro de profesionales actuantes.
3.1.2 Historia Clínica
Se deberá confeccionar Historia Clínica única, donde conste el ingreso del
paciente al sistema, con una detallada descripción y examen físico del mismo y
evoluciones de cada uno de los profesionales médicos y paramédicos
intervinientes dejando constancia de cada una de las actuaciones realizadas.
Deberán estar a disposición del IOMA en todo momento y presentarse como parte
de la documentación respaldatoria en la etapa de
facturación de las prestaciones.
3.2 Equipamiento en
comunicaciones
Deberán contar con equipos fijos y móviles de comunicaciones, fax y/o correo
electrónico, que permita la comunicación en tiempo y forma con los pacientes y
sus familiares y con esta Obra Social, debiendo comunicar los cambios
realizados al respecto.
3.3 Equipamiento
Médico
Deberán contar con instrumental médico específico, necesario para la
realización de las prestaciones ofrecidas.
Deberán contar con la posibilidad de ofrecer aparatología y equipos móviles
específicos para la asistencia transitoria o permanente de los pacientes en su
domicilio.
3.4 Equipamiento
Hospitalario
3.4.1 Equipamiento Hospitalario a domicilio
Deberá contar con
disponibilidad en tiempo y forma para la provisión de los siguientes elementos:
* Camas ortopédicas
* Colchones antiescaras
* Aspiradores-Nebulizadores
* Respiradores
* Concentradores de Oxígeno
* Tubos de Oxígeno
* Oxímetros de pulso
* Bombas de Alimentación
* Pies de sueros
* Andadores
* Y todo otro insumo requerido de acuerdo a la demanda particular de cada
paciente.
3.4.2 Materiales Descartables
* Sondas.
* Guantes.
* Guías de sueros.
* Gasas.
* Apósitos.
* Agujas y Jeringas.
* Soluciones fisiológicas.
* Etc.
4.-RECURSO HUMANO
4.1 Enfermería
Deberá contar con personal profesional calificado para la atención y prestación
de servicio de enfermería.
Su función es la evaluación del paciente, el cumplimiento del tratamiento médico
prescripto, los controles vitales, administración de la medicación prescripta,
curación de heridas, registros en
4.4.1 Coordinador de enfermería
Su función está directamente relacionada con la coordinación asistencial y la
asistencia de enfermería directa, cumpliendo con las Normas y Procedimientos de
calidad de la prestación brindada cuya responsabilidad directa estará a cargo
de la empresa.
Tendrá responsabilidad sobre los procedimientos administrativos y legales,
volcados en
Deb
4.2 Profesionales
Médicos
Deberán contar con profesionales certificados por matriculación de los colegios
privados de
4.2.1 Médicos Asistenciales
En Internación Domiciliaria la función del médico clínico, pediatra o
especialista es la admisión, evaluación, diagnóstico, tratamiento, control de
la evaluación del paciente, información, contención del paciente y sus
familiares y alta Médica.
Asumirá la responsabilidad médico legal inherente a la práctica médica y será
el responsable, junto con
El equipo médico de salud deberá estar constituido por:
* Clínicos
* Pediatras
* Cirujanos
* Infectólogos
* Nutricionistas
* Neumonólogo
* Traumatólogo
*Cardiólogo
*Otros profesionales de distintas especialidades según demanda.
SERVICIOS DE APOYO
* Fonoaudiología
* Terapia Ocupacional
* Psicología
* Emergencia Médica (A cargo del Afiliado)
* Laboratorio
* Radiología Domiciliaria
* Asistencia Social
* Otros
4.2.2 Médico
Coordinador
Tendrá la responsabilidad de conformar el equipo médico y paramédico
multidisciplinario para llevar a cabo las acciones asistenciales necesarias, de
manera coordinada, y asegurar que la prestación ofrecida cumpla con los
indicadores de calidad contenidos en el Programa de Calidad de
Tendrá a su cargo la organización, funcionamiento, coordinación y control de
los profesionales intervinientes.
Controlará la aplicación de Normas y Procedimientos establecidos por el
Servicio.
Reemplazará al Director Médico en su ausencia.
Tendrá comunicación fluida con los pacientes y sus familiares para así tener un
control de las prestaciones brindadas y el grado de satisfacción por los
servicios brindados.
4.2.3 Dirección Médica
Tendrá a su cargo la
responsabilidad asistencial, administrativa y legal del servicio. Será
responsable de:
* Implementar los mecanismos técnicos-administrativos necesarios para registrar
todos los datos de movimientos dentro del Servicio.
* Llevar un registro de actividades con fines estadísticos, y de control de la
gestión, tanto de la producción como de la calidad de la asistencial profesional.
* Elaborar Normas de Procedimientos y de organización y funcionamiento del
servicio.
* Conducir y administrar los recursos físicos, el equipo y recursos humanos a
su cargo.
* Supervisar las actividades y evaluar sus resultados.
* Determinar la dotación del personal de servicio en cuanto a cantidad y
calidad del mismo.
* Evaluar el desempeño del personal a su cargo.
* Brindar toda información contenida en este anexo, como así también los
indicadores de rendimientos y datos estadísticos a este IOMA, cuando éste lo
considere necesario, para evaluación, auditoría y fiscalización de las
prestaciones brindadas y la evaluación de los recursos disponibles.
5. INFRAESTRUCTURA Y RECURSOS TECNICOS
5-1 Sistema de
Eliminación de residuos patogénicos
Se deberá cumplir en un todo con
En los domicilios deberán tener un descartador de cortopunzantes y un recipiente de residuos patogénicos
(rojo).
El prestador deberá presentar los comprobantes de recepción de residuos
patogénicos por parte del centro de tratamiento que hubiere contratado o en su
defecto el contrato correspondiente.
5.2 Sistema de
esterilización
Se deberá garantizar el uso de materiales asépticos en todos los casos debiendo
contar si fuera necesario con un sistema de esterilización para el material que
así lo requiera (estufa seca con termostato y timer
autoclave), o en su defecto un contrato con una Empresa prestadora de dicho
servicio.
5.3 Sistema de
Traslados
Se deberá contar con ambulancias (propias o de alquiler) de alta y baja
complejidad para eventuales traslados. Será responsabilidad de
ANEXO 3
VALORIZACION DEL RECURSO HUMANO PROFESIONAL
Paciente alta complejidad |
VALOR |
|
|
MENSUAL |
|
Atención medica integral, incluye |
$ 1.000,00 |
|
interconsultas a demanda |
|
|
Paciente baja / mediana |
VALOR |
|
Complejidad |
CONSULTA |
|
Clínico, pediatra, |
|
|
Especialidades |
$ 36,00 |
|
Enfermería Profesional |
VALOR |
VALOR |
con insumos |
DIA |
MENSUAL |
Enfermería 1 hs. |
$ 20,00 |
$ 600,00 |
Enfermería 2 hs. |
$ 29,00 |
$ 870,00 |
Enfermería 4 hs. |
$ 48,00 |
$ 1.440,00 |
Enfermería 6 hs. |
$ 72,00 |
$ 2.160,00 |
Enfermería 8 hs. |
$ 80,00 |
$ 2.400,00 |
Enfermería 12 hs. |
$ 102,00 |
$ 3060.00 |
Enfermería 16 hs. |
$ 136,00 |
$ 4.080,00 |
Enfermería 24 hs. |
$ 204,00 |
$ 6.120,00 |
Los insumos incluidos en la prestación son los detallados en Anexo 1.
PRACTICAS |
VALOR MENSUAL |
Kinesiologia respiratoria |
|
(una visita diaria) |
$ 675,00 |
Kinesiologia respiratoria |
|
(dos visitas diarias) |
$ 1.350,00 |
|
|
CONSULTAS |
VALOR CONSULTA |
Rehabilitacion motora |
$ 25,00 |
Fonoaudiologia |
$ 25,00 |
Terapia ocupacional |
$ 25,00 |
Psicoterapia |
$ 25,00 |
TOPES PRESTACIONALES
* Kinesioterapia
neuromuscular: hasta 6 sesiones semanales por un
período de 6 meses de iniciado el cuadro. Desde los 6 meses hasta los 12 meses,
se autorizarán hasta 4 sesiones semanales. Pasado el primer año, el máximo
autorizado será de 3 sesiones por semana.
* Fonoaudiología: se autorizará un máximo de 3
sesiones por semana.
* Terapia Ocupacional: se autorizarán hasta 2 sesiones por semana.
* Psicoterapia individual: cuando el cuadro psicopatológico del paciente lo
justifique, debiéndose codificar la patología. Se autorizará una sesión por
semana durante 6 meses y posteriormente cada 15 días hasta cumplir un año de
tratamiento.
ANEXO 4
PROCEDIMIENTOS NORMATIVOS DE LAS
INTERNACIONES DOMICILIARIAS:
1.- Los pacientes
deberán acreditar su identificación como beneficiario del IOMA, con:
* Carnet de afiliado directo y familiar a cargo. ( Af. Obligatorio).
* Documento de Identidad del afiliado directo y familiar a cargo.
* Ultimo recibo de haberes (Af. Obligatorio) y/o
chequera de pago (Af. Voluntario).
2.- El profesional
responsable de la solicitud de
En forma conjunta con
3.- Previa evaluación de las condiciones de hábitat y grado de contención
familiar,
4.- Se podrá aceptar un informe realizado en el domicilio donde se prestará el
servicio, elaborado por Asistente Social del IOMA en forma conjunta con
personal de la empresa que se hará cargo del mismo.
5.- Posteriormente a la recepción de la solicitud de prestación y el informe
social,
6.- El prestador presentará ante IOMA el plan terapéutico acorde al
requerimiento de prestación vía fax con los datos que se consignan a
continuación:
* Datos completos del afiliado.
* Planilla de aceptación de la prestación del servicio según lo contenido en el
requerimiento.
* Aceptación escrita de los valores convenidos obrantes en la autorización de
este IOMA.
* Fecha de inicio de la prestación.
7.-
* Nombre de Empresa
Prestadora.
* Domicilio de Internación.
* Nombre y Número de Afiliado.
* Edad.
* Diagnóstico de ingreso.
* Código asignado.
* Fecha de ingreso al sistema.
El IOMA efectuará la
evaluación global del sistema de manera continuada, desarrollando actividades
de control y fiscalización de las internaciones domiciliarias en cuanto a la
calidad de las mismas como así también la concordancia de los procedimientos,
códigos asignados y estado al alta.
El IOMA podrá observar en todos los niveles de procedimientos técnicos las
actuaciones de los prestadores, tanto en el nivel de empresa prestadora como en
la actividad domiciliaria.
El IOMA se reserva el derecho de proceder a debitar los montos correspondientes
a las actuaciones en los casos que las mismas presenten fallas graves, no se
encuentren debidamente sustentadas o presenten incoherencias con los informes
de los médicos auditores.
El IOMA se reserva, a través de su Auditoría en Terreno, la convalidación o no
de lo autorizado, pudiendo solicitar:
* Fundamentar y
justificar la solicitud de la internación domiciliaria.
* Rechazar, con los correspondientes fundamentos, la solicitud.
Este aspecto será sostenido en todos los casos que se consideren:
* Injustificados.
* Vinculados a una incompleta resolución de la patología en el II Nivel prestacional.
NORMAS DE PRESENTACION
DE
Requisitos para la presentación de la documentación:
* Toda la
documentación deberá encontrarse foliada correlativamente.
* Factura tipo B ó C, según corresponda, a nombre de I.O.M.A., por triplicado
firmada y sellada por el prestador en original los tres (tres) formularios.
* El titular de la factura deberá ser la persona física o jurídica que sea
prestador del IOMA
El valor del monto total se facturará discriminado en tres facturas según sean
Afiliados Obligatorios, Afiliados Voluntarios Individuales, y Afiliados
Voluntarios Colectivos:
* Afiliados Obligatorios: su N° de Carnet de IOMA comienza con un número.
* Afiliados Voluntarios Individuales: su N° de Carnet comienza con la letra A a
* Afiliados Voluntarios Colectivos: su N° de Carnet comienza con la letra K a
Contenido de la factura:
* Membrete preimpreso identificatorio del emisor.
* Domicilio.
* Número de CUIT.
* Factura a nombre, domicilio y datos contables de I.O.M.A
* Concepto general de la prestación brindada
* Cantidad de afiliados que se está facturando
* Período facturado.
* Monto total en números y letras.
* Código del establecimiento.
* Cantidad de folios.
Resumen mensual de internaciones por triplicado, firmado y sellado en original
los tres resúmenes.
Contenido del resumen mensual de internaciones:
* Número de
internaciones
* Nomina de los afiliados facturados en ese mes
* Nº de beneficiario de IOMA
* Descripción de los módulos o prestación otorgados
* Importe parcial y total por afiliado.
Documentación individual:
* Planilla de
asistencia: El resumen mensual y la factura B o C a nombre de IOMA deberá
acompañarse de
* Acta de autorización original emitida por el IOMA: Se presentará para el
primer mes del período otorgado, y copias de la misma en los meses
subsiguientes.
* En caso de traslados o internaciones, se deberá dejar constancia del motivo
de los mismos, y adjuntar copia de la planilla confeccionada por los efectores
del traslado, donde constan datos del afiliado; motivo del mismo; medico,
paramédico, chofer intervinientes; cantidad de km
recorridos; firma y sello del personal e institución receptora del paciente.
Asimismo: copia de Historia Clínica o Resumen de la misma, Evolución diaria o Epicrisis, en aquellos casos que requirieron internación en
instituciones asistenciales.
HISTORIA CLINICA
La misma deberá contener todos los datos que justifiquen y describan lo actuado sobre el paciente por los profesionales médicos y paramédicos intervinientes, así como los registros de enfermería, actividades de kinesiología, etc. Por ello se deberá adjuntar:
* Historia clínica de
ingreso completa, con resumen de antecedentes de la enfermedad que motivó la
internación domiciliaria, examen físico actualizado y objetivo de
rehabilitación parcial o total.
* Evoluciones diarias por el profesional interviniente donde se describa el
estado del paciente y sus intercurrencias.
* Protocolos de exámenes complementarios realizados en el período facturado.
* Hojas de enfermería, donde consten las actividades desarrolladas, horarios,
suministro de medicamentos, su vía de administración, dosis, etc.
Plazo de presentación
* La facturación será
recepcionada en este IOMA del 01 al 10 de cada mes, y a mes vencido de la
prestación brindada.
* Cada factura contendrá solo un mes determinado de cobertura; los días de
prestación correspondientes a meses ajenos al que se está facturando se
incluirán en una factura aparte. El mes de cobertura citado se refiere a MES
CALENDARIO, no a mes prestacional.
El plazo máximo de vencimiento de presentación de facturación será a los
noventa días de efectuada la prestación.
Toda presentación que supere dicho lapso de tiempo, no podrá ser facturada, y
será devuelta al prstador.
Misceláneas.
Cuando se facturen
aparatología, descartables especiales, traslados u
otros insumos no detallados expresamente en la presente resolución, deberá
presentarse troquel, remito o comprobante en el que se registre su entrega y
utilización en forma fehaciente, motivo de prescripción y uso del mismo.
Toda facturación, práctica, remito, comprobantes, o documentación que se
adjunte deberá indefectiblemente acompañarse de la conformidad del afiliado o
familiar responsable (consignando sus datos personales y relación filiatoria con el afiliado).quien deberá detallar el
período facturado.
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