G O B I E R N O DE LA P R O V I N C I A DE B U E N O S A I R E S

Decreto 1066-2020

 

LA PLATA, BUENOS AIRES

Miércoles 25 de Noviembre de 2020

VISTO el expediente EX-2020-10898897-GDEBA-DGIIOMA del Instituto de Obra Médico Asistencial, por el cual se gestiona un permiso especial sin goce de haberes a favor de la agente Julieta GONZÁLEZ SIRONI, y

CONSIDERANDO:

Que Julieta GONZÁLEZ SIRONI revista en un cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.430, en el Agrupamiento Personal Profesional, Categoría 12, Código 5-0279-X-3, Especialista en Planificación Educativa “D”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en la Dirección de Recursos Humanos;

Que la citada agente solicita un permiso especial sin goce de haberes, a partir del 17 de abril de 2020 y por  el término de un (1) año, con motivo de la realización de la Especialización Docente de Nivel Superior “Educación Inclusiva”, a cargo de la Escuela de Maestros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que el Presidente del Instituto de Obra Médico Asistencial presta su conformidad con la gestión incoada;

Que ha tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con el artículo 62 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 – proemio – de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

 

ARTÍCULO 1º. Conceder en la Jurisdicción 1.1.4.12, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200, INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir del 17 de abril de 2020, y por el término de un (1) año, un permiso especial sin goce de haberes, a favor de Julieta GONZÁLEZ SIRONI (DNI N° 24.891.864 - Clase 1976),   quien   revista   en   el   Agrupamiento   Personal   Profesional,   Categoría   12,  Código   50- 279-X-3, Especialista en Planificación Educativa "D", con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en la Dirección de Recursos Humanos, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96.

ARTÍCULO 2º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

 

Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.