RESOLUCIÓN NORMATIVA Nº 31/18

 

LA PLATA, 23 de agosto de 2018.-

 

VISTO que por el expediente Nº 22700-15269/17 se propicia fijar el valor del abono del servicio de casillero único para profesionales y gestores administrativos, correspondiente al ejercicio fiscal 2018; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, con el objeto de otorgar mayor seguridad en el manejo de la documentación y facilitar el accionar de los profesionales y gestores administrativos, mediante Decreto Nº 13885/68 se autorizó al Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires a implementar el sistema de casillero único;

 

Que el Decreto Nº 1627/09 otorgó a la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires la facultad indicada en el párrafo que antecede, en lo atinente a la implementación y administración del sistema de entrega de la documentación que los usuarios tramiten ante esta Autoridad de Aplicación;

 

Que, asimismo, mediante el artículo 2º del Decreto Nº 1627/09 se autoriza a este organismo recaudador a reglamentar la prestación de dicho servicio y fijar el valor de su abono con intervención de la Contaduría General de la Provincia;

 

Que mediante el dictado de la Resolución Normativa Nº 36/10 y su modificatoria, Resolución Normativa Nº 13/16, esta Agencia de Recaudación fijó los procedimientos para la implementación del sistema;

 

Que, en esta oportunidad, corresponde establecer el valor del abono anual correspondiente al ejercicio fiscal 2018;

 

Que, a efectos de cuantificar adecuadamente el mismo, se ha tomado como referencia el valor que fi ja la Ley N° 14983–Impositiva para el ejercicio fiscal 2018- para la Tasa especial por la locación de casillero efectuada por la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que han tomado la intervención que les compete la Contaduría General de la Provincia de Buenos Aires, la Asesoría General de Gobierno, así como la Subdirección Ejecutiva de Recaudación y Catastro, la Subdirección de Asuntos Jurídicos, y sus Dependencias competentes;

 

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13766 y por el artículo 2° del Decreto N° 1627/09;

 

Por ello,

 

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN

DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

RESUELVE:

}

ARTÍCULO 1º. Establecer en el monto de pesos dos mil seiscientos ($ 2.600), el abono anual a satisfacer por el servicio de casillero único por el período 2018, de conformidad con lo establecido mediante Resolución Normativa Nº 36/10 y su modificatoria.

 

ARTÍCULO 2º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

 

Gastón Fossati, Director

 

C.C. 9.531