Decreto 619/2020

La Plata, 21 de julio de 2020

VISTO el expediente EX-2020-06400772-GDEBA-HZGADNLMSALGP y agregado en tramitación conjunta del Ministerio de Salud, por los cuales tramita la aceptación de la renuncia a los fines jubilatorios, a partir del 1° de abril de 2020, de Horacio Luis ALCORTA, a los cargos de Director Ejecutivo y Médico de Hospital “A” del Hospital Zonal General de Agudos "Narciso López" de Lanús, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, y la designación en su reemplazo, a partir del 15 de mayo de 2020, del Médico José Luis STROIA, y

CONSIDERANDO:

Que Horacio Luis ALCORTA presentó su renuncia a los fines jubilatorios, a partir del 1° de abril de 2020, a los cargos de Director Ejecutivo del Hospital Zonal General de Agudos "Narciso López" de Lanús, en el que había sido designado por Decreto N° 1139/16, y de Médico de Hospital “A” en el mismo establecimiento;

Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido el artículo 14 incisos b) y g) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;

Que la Dirección Provincial de Personal informó que el funcionario saliente no registra sumario administrativo pendiente de resolución;

Que el agente citado cumplimenta la totalidad de los requisitos exigidos para acceder al beneficio que prevé la Ley N° 13.355, reglamentada por Decreto N° 1859/05; Que la presente medida se dicta en virtud de lo normado por el Decreto N° 1770/11;

Que, asimismo, se gestiona la designación, a partir del 15 de mayo de 2020, como Director Ejecutivo en el régimen laboral de disposición permanente del Hospital Zonal General de Agudos "Narciso López" de Lanús, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, del Médico José Luis STROIA, de conformidad con lo determinado por el artículo 9º del Decreto Nº 135B/03, reglamentario de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria;

Que corresponde concretar la medida tramitada por estas actuaciones, exceptuándola de las condiciones determinadas en el primero y segundo párrafo de la norma legal mencionada precedentemente, por cuanto en el nosocomio de marras no se ha constituido Consejo de Administración, y por contar el causante con la idoneidad necesaria para desempeñar el cargo de Director Ejecutivo;

Que dicha medida se exceptúa de los alcances del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E, modificado por el artículo 3° del Decreto N° 99/2020;

Que se deja establecido que José Luis STROIA reserva el cargo que posee como Médico de Hospital “A” - Especialidad Tocoginecología con orientación en Planificación Familiar, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal General de Agudos "Narciso López" de Lanús, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Ejecutivo del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, la renuncia presentada para acogerse al beneficio jubilatorio, a partir del 1° de abril de 2020, de Horacio Luis ALCORTA (DNI N° 11.492.255 – Clase 1955) al cargo de Director Ejecutivo en el régimen laboral de disposición permanente, del Hospital Zonal General de Agudos "Narciso López" de Lanús, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designado por Decreto N° 1139/16, y al que posee como Médico de Hospital “A” – Especialidad: Urología, con un régimen de veinticuatro (24) horas semanales de labor, en el establecimiento precitado, conforme lo establecido en el artículo 14 incisos b) y g) de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, sustituido por el Decreto N° 431/13, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 2°. Certificar, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 24 y 41 del Decreto - Ley Nº 9650/80 (Texto Ordenado por Decreto Nº 600/94) y su Reglamentación aprobada por el Decreto Nº 476/81, que el agente cuya baja se dispone en el artículo anterior, registra una antigüedad de treinta y seis (36) años, dos (2) meses y veintiocho (28) día de servicios, computables a los fines jubilatorios en la Administración Pública Provincial y desempeñó como mejor cargo por un período mínimo de treinta y seis (36)meses, el de Director Ejecutivo.

ARTÍCULO 3°. Otorgar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, la retribución especial sin cargo de reintegro que prevé la Ley N° 13.355, reglamentada por Decreto N° 1859/05, al agente mencionado en el artículo 1º del presente, por reunir los requisitos que contempla dicha normativa.

ARTÍCULO 4º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, exceptuándose de los alcances del artículo 11 del Decreto Nº 272/17 E, modificado por el artículo 3° del Decreto N° 99/2020, a partir del 15 de mayo de 2020, como Director Ejecutivo del Hospital Zonal General de Agudos "Narciso López" de Lanús, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, en el régimen laboral de disposición permanente, al Médico José Luis STROIA (DNI N° 16.321.094 - Clase 1963), de conformidad con lo establecido por el artículo 9º del Decreto Nº 135B/03, reglamentario de la Ley Nº 11.072 de Descentralización Hospitalaria, con excepción de las condiciones determinadas en el primero y segundo párrafo de dicha norma legal.

ARTÍCULO 5º. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 15 de mayo de 2020, el cargo que posee el profesional mencionado en el artículo precedente como Médico de Hospital “A”- Especialidad: Tocoginecología con orientación en Planificación Familiar, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Hospital Zonal General de Agudos "Narciso López" de Lanús, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Director Ejecutivo del mismo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N ° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N ° 10.528.

ARTÍCULO 6°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 3° del presente, con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0014 – Subprograma: 009 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 434 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria “Bonificaciones” – Presupuesto General Ejercicio 2019 – Ley N° 15.078, prorrogado para el Ejercicio 2020 por Ley N° 15.165, y Decreto N° 1/2020.

ARTÍCULO 7º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 8º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador