Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución N° 18
VISTO que por expediente N° 21.100-163.787/14 y su agregado N° 21.100- 166.821/14
se tramita el ofrecimiento público de recompensa solicitado por
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 2.052/98 y su modificatorio, el Poder Ejecutivo ha establecido un sistema de recompensas para las personas que aporten datos, informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente a fin de contribuir al esclarecimiento de hechos de homicidios dolosos u homicidios en ocasión de otro delito doloso o a la individualización de sus autores, cómplices, encubridores o instigadores prófugos de la justicia como así también para hechos delictivos que por su gravedad y/o complejidad así lo justifiquen;
Que de conformidad a lo previsto por el Decreto N° 997/03 el Ministerio de Seguridad es el órgano de aplicación, encontrándose facultado para seleccionar los casos judiciales respecto de los cuales se ofrecerá recompensa;
Que por intermedio de
Que según surge de lo informado por el Agente Fiscal que interviene en la investigación (fojas 1/1 vuelta del expediente Nº 21.100-166.821/14), con fecha 8 de noviembre de 2013 se emitió la orden de captura de FERNANDO GUSTAVO ADRIÁN BOUSQUET por suponérselo autor penalmente responsable del delito de homicidio simple y tenencia ilegal de arma de fuego en concurso real entre sí, no habiendo sido posible aún lograr la detención del imputado a pesar de las múltiples tareas de inteligencia realizadas, razón por la cual se considera viable el ofrecimiento de recompensa solicitado;
Que en su mérito, deviene menester ofrecer pública recompensa a quienes aporten información que permita lograr la detención de FERNANDO GUSTAVO ADRIÁN BOUSQUET fijándose un monto entre la suma de pesos treinta mil ($ 30.000) y pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000) de acuerdo a la naturaleza de la información que se brinde y al resultado que se logre en su aprehensión;
Que
Que con el fin de garantizar la reserva de identidad de las personas que
aporten la información aludida y facilitar su presentación, aquéllas podrán
hacerlo ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos
Judiciales de
Que por último, y para lograr la debida difusión de la oferta pública de
recompensa, se arbitrará lo necesario a efectos de que sea trasmitida por los
medios de comunicación masivos nacionales, para conocimiento de la población, a
cuyo fin se remitirá copia de la presente y su Anexo a
Que se ha dado cumplimiento a lo previsto en
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por
Por ello,
EL MINISTRO DE SEGURIDAD
DE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. OFRECER PÚBLICA RECOMPENSA, entre la suma de pesos treinta mil ($ 30.000) y pesos ciento cincuenta mil ($ 150.000), para quienes aporten información fehaciente que contribuya a establecer el paradero y lograr la detención de FERNANDO GUSTAVO ADRIÁN BOUSQUET ordenada por suponérselo autor penalmente responsable del delito de homicidio en perjuicio de Maximiliano Javier CARDOZO (IPP N° 10-00- 020048-13), cuyos datos personales y circunstancias obran en el Anexo de la presente.
ARTÍCULO 2°. El monto de la
recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la
información en los términos del Decreto N° 2.052/98,
ARTÍCULO 3°. Las personas que deseen
aportar la información mencionada en los artículos precedentes, podrán hacerlo
con reserva de identidad, presentándose ante los Fiscales Generales de Cámara
de los distintos Departamentos Judiciales de
ARTÍCULO 4°. Remitir copia de la
presente con su Anexo a
ARTÍCULO 5°. Registrar. Publicar en
el Boletín Informativo y Boletín Oficial. Comunicar a
Alejandro S. Granados
Ministro de Seguridad
PÚBLICA OFERTA DE RECOMPENSA
BUSCADO
El Ministerio de Seguridad de
La orden de captura ha sido dispuesta por suponérselo autor penalmente responsable del delito de homicidio en perjuicio de Maximiliano Javier CARDOZO, hecho acaecido entre los días 5 de junio y 3 de julio de 2013.
Interviene
Las personas que quieran aportar la información requerida deberán
presentarse únicamente ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos
Departamentos Judiciales de
El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten
a suministrar la información ante las autoridades ya indicadas, haciendo
conocer que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento, en los
términos del Decreto N° 2.052/98,
SE ASEGURA ESTRICTA RESERVA DE IDENTIDAD.
C.C. 743