LEY 12139

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

 

ARTICULO 1.- Declárase en estado de emergencia la Ruta Provincial 41 en el tramo comprendido entre la ciudad de Baradero hasta su intersección con la Ruta Nacional 3.

 

ARTICULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias con la finalidad de concretar la ejecución de la reconstrucción de la Ruta Provincial 41 en el tramo comprendido entre la ciudad de Baradero hasta su intersección con la Ruta Nacional 3.

Dichas adecuaciones se realizarán con los sobrantes de partidas presupuestarias y/o con los fondos provenientes de la venta de ESEBA y/o con créditos acordados con organismos nacionales e internacionales, para lo cual queda facultado el Poder Ejecutivo a contraer endeudamientos para atender los gastos que se originen como consecuencia de la obra referida hasta la suma de pesos doce millones ($ 12.000.000).

 

ARTICULO 3.- Dispóngase el ingreso de las partidas aludidas en el artículo precedente a la Dirección Provincial de Vialidad y, al solo efecto de realizar la obra de referencia.

 

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.