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Fundamentos de la Ley 11533
HONORABLE LEGISLATURA: Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de ley, por medio del cual se ratifica el Decreto número 3341/1992 dictado por este Poder Ejecutivo el 16 de noviembre de 1992. Es dable poner de manifiesto que con fecha 2 de noviembre de 1992 la provincia de Buenos Aires suscribió con el Estado Nacional Argentino y la Empresa Gas del Estado Sociedad del Estado, dentro del marco impuesto por la Ley 24.076, sus decretos reglamentarios y la carta compromiso firmada por las partes en el mes de junio del mismo año, un convenio –cuya copia se aneja- por el que se acordó la cesión al citado ente estatal, de la propiedad y posesión de la totalidad de los activos físicos que integran sistemas de transporte y distribución de gas natural dentro de su territorio, como asimismo determinadas obras en ejecución con igual destino. Se destaca que, como contraprestación, la Provincia recibirá el treinta y seis por ciento (36%) del precio que el Estado Nacional obtenga por la venta del setenta por ciento (70%) del paquete accionario de la sociedad licenciataria “Distribuidora de Gas Pampeana S.A.”. La impostergable necesidad de contar con la aprobación del referido convenio con anterioridad al día 18 de noviembre de 1992, en virtud de lo dispuesto en su Cláusula Quinta, llevó a este Poder Ejecutivo a dictar el adjunto acto administrativo con fundamento en estrictas razones de necesidad y urgencia, con fundamento en estrictas razones de necesidad y urgencia, con la convicción de no haber avanzado sobre el límite constitucional de competencias más allá de lo que exige la propia emergencia. Por las consideraciones expuestas es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto que se acompaña. Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.
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