MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS (MHYFGP)

Resolución 2/2020

LA PLATA, 2 de Enero de 2020

VISTO el Ex 2019-43036543-GDEBA-DPDYCPMEGP, por el cual se  propicia  la  transformación  en deuda pública de aquellas Letras emitidas en el marco del “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2019” cuyo reembolso excede el ejercicio financiero 2019, la Ley Nacional Nº 25917 y modificatorias, las Leyes Provinciales Nº 10189, Nº 13295, N° 15036, Nº 13767, Nº 15077 y Nº 15164, los Decretos Nº 3260/08 y Nº 3264/08, las Resoluciones Nº 11/19, N° 205/19, N° 226/19, N° 256/19, N° 271/19, N° 274/19, N° 281/19, N° 283/19 y N° 3/19  del  Tesorero General de  la Provincia, la  Resolución del Ministro de Hacienda y Finanzas N° 3/19, las Resoluciones del  Subsecretario  de  Finanzas  del Ministerio de Economía N° 76/19, N° 95/19,  N° 117/19,  N° 122/19,  N° 130/19 y la Resolución N°  97/19 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda de la Nación,  y 

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 76 de la Ley Nº 13767 prevé la emisión de Letras del Tesoro con  el  fin de  cubrir deficiencias estacionales de caja, por hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General, facultando a la Tesorería General de la Provincia para la emisión de estos  instrumentos;

Que, el artículo 2° de la Ley N° 15077 fijó en la suma de pesos ocho mil quinientos catorce millones ($8.514.000.000) o su equivalente en moneda extranjera, el monto máximo para autorizar a la Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro en los términos del artículo 76 de la Ley Nº   13767;

Que, asimismo, el citado artículo estableció que, de superar su reembolso el ejercicio financiero de emisión, deberá darse cumplimiento a los requisitos que establece el Título III de la Ley  mencionada;

Que, adicionalmente, el artículo incorporado a la Ley Complementaria Permanente  de  Presupuesto  N° 10189 por el artículo 61 de la Ley N° 14393 - con las modificaciones introducidas por la Ley N° 14552 - autoriza a la Tesorería General de la Provincia a emitir Letras del Tesoro en los términos del artículo 76 de la Ley N° 13767, al sólo efecto de cancelar las Letras emitidas en el marco del Programa de Emisión de Letras del Tesoro del ejercicio anterior, por hasta la suma autorizada en dicho  Programa;

Que, conforme a lo establecido por el artículo 76 inciso e) del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, el monto máximo de autorización para hacer uso del crédito a corto plazo que fije la Ley de Presupuesto para cada ejercicio fiscal, se afectará por el valor nominal en  circulación;

Que, asimismo, el artículo 76 de la Ley Nº 13767 establece que, en caso de exceder el reembolso de las Letras el ejercicio financiero de emisión, se transformarán en deuda pública, debiéndose, en este supuesto, dar cumplimiento a los requisitos que al respecto se prescriben en el Título correspondiente al Subsistema de Crédito Público;

Que, en función de las autorizaciones otorgadas por el artículo 2° de la mencionada Ley N° 15077 y del artículo incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 10189 por el artículo 61 de la Ley N° 14393 - con las modificaciones introducidas por la Ley N° 14552 -, mediante Resolución N° 11/19 del Tesorero General de la Provincia, se creó el “Programa de Emisión de Letras  del  Tesoro para  el Ejercicio 2019” por un monto máximo de hasta valor nominal pesos diecinueve mil ochocientos sesenta y dos millones (VN $19.862.000.000) o su equivalente en moneda extranjera, el cual establece los términos generales del mismo;

Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, el Ministerio de Economía establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro en cada  oportunidad;

Que, en ese contexto, mediante la Resolución N° 76/19 del Subsecretario de Finanzas del Ministerio de Economía, se establecieron los términos y condiciones de las Letras del Tesoro correspondientes al Séptimo Tramo del Programa citado y entre ellos, los de las Letras del Tesoro a doscientos diecisiete (217) días emitidas por el artículo 3° de la Resolución N° 205/19 de la Tesorería  General de  la Provincia, por  un monto de valor nominal pesos dos mil setecientos sesenta y  cinco  millones  cuatrocientos  tres mil setecientos (VN $2.765.403.700);

Que, a su vez, a través de la Resolución Nº 95/19 del Subsecretario de Finanzas  del  Ministerio  de Economía, se  dispusieron  los  términos y condiciones  de  las  Letras del  Tesoro a  ciento ochenta y    cuatro (184) días correspondientes al Octavo Tramo del Programa, emitidas por el artículo 3° de la Resolución N° 226/19 de la Tesorería General de la Provincia, por un monto de valor nominal pesos novecientos cinco millones ciento ochenta y ocho mil setecientos veintiuno (VN  $905.188.721);

Que, adicionalmente, a través de la Resolución Nº 117/19 del Subsecretario de Finanzas del Ministerio de Economía, se dispusieron los términos y condiciones de las Letras del Tesoro a ciento veintitrés (123) días correspondientes al Décimo Tramo del Programa, emitidas por el artículo 3° de la Resolución N° 256/19 de la Tesorería General de la Provincia, por un monto de valor nominal pesos quinientos tres millones seiscientos cincuenta y cinco mil ochocientos cincuenta y siete (VN  $503.655.857);

Que, por su parte, mediante Resolución N° 271/19 de la Tesorería General de la Provincia, se dispuso el rescate anticipado voluntario y parcial de las Letras del Tesoro mencionadas en el párrafo anterior por un monto de valor nominal pesos quinientos mil (VN $500.000), quedando vigente un valor nominal de pesos quinientos tres millones ciento cincuenta y cinco mil ochocientos cincuenta y siete (VN  $503.155.857);

Que, a su vez, a través de la Resolución Nº 122/19 del Subsecretario de Finanzas del Ministerio de Economía, se dispusieron los términos y condiciones de las Letras del Tesoro a noventa y dos (92) días y ciento veinte (120) días correspondientes al Undécimo Tramo del Programa, emitidas por los artículos 2° y 3° de la Resolución N° 274/19 de la Tesorería General de la Provincia, por un monto de valor nominal pesos doscientos veinticinco millones novecientos cincuenta y nueve mil doscientos (VN $225.959.200) y de valor nominal pesos doscientos ochenta y ocho millones ochocientos noventa y siete mil seiscientos  (VN

$288.897.600) respectivamente;

Que, mediante Resolución N° 281/19 de la Tesorería General de la Provincia, se dispuso el rescate anticipado voluntario y parcial de las Letras del Tesoro a ciento veinte (120) días mencionadas en el párrafo anterior por un monto de valor nominal pesos ciento cincuenta mil (VN $150.000),  quedando vigente un valor nominal de pesos doscientos ochenta y ocho millones setecientos cuarenta y siete mil seiscientos   (VN $288.747.600);

Que, adicionalmente, a través de la Resolución Nº 130/19 del Subsecretario de Finanzas del Ministerio de Economía, se dispusieron los términos y condiciones de las Letras del Tesoro a sesenta y tres(63) días correspondientes al Duodécimo Tramo del Programa, emitidas por el artículo 2°  de  la  Resolución  N° 283/19 de la Tesorería General de la Provincia, por un monto de valor nominal pesos cincuenta y cinco millones ochocientos noventa y dos mil veintiuno (VN  $55.892.021);

Que, a partir del dictado de la Ley N° 15164, el Ministerio de Economía se  denomina Ministerio  de Hacienda y Finanzas;

Que, por último, a través de la Resolución Nº 3/19 (RESO-2019-3-GDEBA-MHYFGP) del Ministro de Hacienda  y Finanzas, se  dispusieron los términos y condiciones  de  las Letras del Tesoro a cuarenta y    dos (42) días, setenta (70) días y ciento ochenta y dos (182) días correspondientes al Décimo Tercer Tramo del Programa, emitidas por los artículos 1°, 2° y 3° de la Resolución N° 3/19 (RESO-2019-3-GDEBA-TGP) de la Tesorería General de la Provincia, por un monto de valor nominal pesos tres mil doscientos diez millones quinientos veintinueve mil quinientos noventa y ocho (VN $3.210.529.598),  de  valor nominal pesos  novecientos  veinte  millones  setecientos  treinta  y  siete  mil  novecientos  cincuenta  y  ocho     (VN $920.737.958) y de valor nominal pesos un mil ochocientos once millones doscientos ochenta y seis mil setecientos noventa y dos (VN $1.811.286.792) respectivamente;

Que, atento a que el reembolso de dichas Letras excede el Ejercicio financiero 2019, se estima pertinente en esta instancia propiciar el registro contable de las mismas como deuda pública;

Que, en ese sentido, en cumplimiento del inciso 5) del artículo 61 del Anexo  Único  del  Decreto  Nº 3260/08, ha sido otorgada por  Resolución Nº  97/19  de  la Secretaría de Hacienda del Ministerio Hacienda de la Nación, la autorización de endeudamiento por hasta la suma de valor nominal pesos diecisiete mil trescientos cincuenta y nueve millones seiscientos setenta mil doscientos diecisiete (VN $17.359.670.217) para la emisión de Letras del Tesoro, en el marco del Régimen de Responsabilidad Fiscal establecido por la Ley Nacional Nº 25917 y sus modificatorias, y al que la Provincia adhiriera por las Leyes Nº 13295 y Nº 15036;

Que, han tomado la intervención de su competencia Tesorería General de la Provincia, Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de  Estado;

Que, la presente medida se dicta en uso de las atribuciones  conferidas  por  el  artículo 76 de la Ley Nº 13767, los Decretos Nº 3260/08 y Nº 3264/08, el artículo 2° de la Ley N° 15077 y el artículo incorporado a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto N° 10189 por el artículo 61 de la Ley N° 14393 - con las modificaciones introducidas por la Ley N° 14552 -;

Por ello,

EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS

RESUELVE

ARTÍCULO 1º. Disponer el registro contable como deuda pública de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a doscientos diecisiete (217) días con vencimiento el 31 de  enero  de 2020 emitidas por el artículo 3° de la Resolución de Tesorería General de la Provincia Nº 205/19 bajo el “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2019”, cuyo reembolso excede el Ejercicio Financiero 2019, por un importe de valor nominal pesos dos mil setecientos sesenta y cincomillones cuatrocientos tres mil setecientos (VN $2.765.403.700).

ARTÍCULO 2º. Disponer el registro contable como deuda pública de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a ciento ochenta y cuatro (184) días con vencimiento el 31 de enero de 2020 emitidas por el artículo 3° de la Resolución de Tesorería General de la Provincia Nº 226/19 bajo el “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2019”, cuyo reembolso excede el Ejercicio Financiero 2019, por un importe de valor nominal de pesos novecientos cinco millones  ciento ochenta y ocho mil setecientos veintiuno (VN $905.188.721).

ARTÍCULO 3º. Disponer el registro contable como deuda pública de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a ciento veintitrés (123) con vencimiento el 31 de enero de 2020 emitidas por el artículo 3° de la Resolución de Tesorería General de la Provincia Nº 256/19 bajo el “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2019”, cuyo reembolso excede el Ejercicio Financiero 2019, por un importe de valor nominal pesos quinientos tres millones ciento cincuenta y cinco mil ochocientos  cincuenta y siete (VN $503.155.857).

ARTÍCULO 4º. Disponer el registro contable como deuda pública de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a noventa y dos (92) días con vencimiento el 31 de enero de 2020 emitidas por el artículo 2° de la Resolución de Tesorería General de la Provincia Nº 274/19 bajo el “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2019”, cuyo reembolso excede el Ejercicio Financiero 2019, por un importe de valor nominal pesos doscientos veinticinco millones novecientos cincuenta y nueve mil doscientos (VN $225.959.200).

ARTÍCULO 5º. Disponer el registro contable como deuda pública de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a ciento veinte (120) días con vencimiento el 28 de febrero de 2020 emitidas por el artículo 3° de la Resolución de Tesorería General de la Provincia Nº 274/19 bajo  el  “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2019”, cuyo reembolso excede el Ejercicio Financiero 2019, por un importe de valor nominal pesos doscientos ochenta y ocho millones setecientos cuarenta y siete mil seiscientos (VN $288.747.600).

ARTÍCULO 6º. Disponer el registro contable como deuda pública de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a sesenta y tres (63) días con vencimiento el 31 de enero de 2020 emitidas por el artículo 2° de la Resolución de Tesorería General de la Provincia Nº 283/19 bajo el “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2019”, cuyo reembolso excede el Ejercicio Financiero 2019, por un importe de  valor nominal  pesos  cincuenta  y cinco millones  ochocientos  noventa y dos mil veintiuno (VN $55.892.021).

ARTÍCULO 7º. Disponer el registro contable como deuda pública de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a cuarenta y dos (42) días con vencimiento el 31 de enero de 2020 emitidas por el artículo 1° de la Resolución de Tesorería General de la Provincia Nº 3/19 (RESO-2019-3-GDEBA-TGP) bajo el “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2019”, cuyo reembolso excede el Ejercicio Financiero 2019, por un importe de valor nominal pesos tres mil doscientos diez millones quinientos veintinueve mil quinientos noventa y ocho (VN $3.210.529.598).

ARTÍCULO 8º. Disponer el registro contable como deuda pública de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a setenta (70) días con vencimiento el 28 de febrero de 2020 emitidas por el artículo 2° de la Resolución de Tesorería General  de la  Provincia Nº 3/19 (RESO-2019-3-GDEBA-TGP) bajo el “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2019”, cuyo reembolso excede el Ejercicio Financiero 2019, por un importe de valor nominal pesos novecientos veinte millones setecientos treinta y siete mil novecientos cincuenta y ocho (VN $920.737.958).

ARTÍCULO 9º. Disponer el registro contable como deuda pública de las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a ciento ochenta y dos (182) días con vencimiento el  19 de  junio de  2020 emitidas por el artículo 3° de la Resolución de Tesorería General de la Provincia Nº 3/19 (RESO-2019-3- GDEBA-TGP) bajo el “Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el Ejercicio 2019”, cuyo reembolso excede el Ejercicio Financiero 2019, por un importe de valor nominal pesos un mil ochocientos  once millones doscientos ochenta y seis mil setecientos noventa y dos (VN  $1.811.286.792).

ARTÍCULO 10. Los gastos inherentes a lo dispuesto en  los  artículos  precedentes serán  imputados con cargo al Presupuesto General - Sector Público Provincial no Financiero – Administración Provincial – Administración Central – Jurisdicción 98: Servicios de la Deuda Pública – Programa 1 – Actividad 1 – Finalidad 5 – Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 7 – Partida Principal 1 – Partida Parcial 2 – Partida Subparcial 099 -.

ARTÍCULO 11. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a Tesorería General de la Provincia y a Contaduría General de la Provincia, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido,   archivar.

Pablo Julio López

Ministro de Hacienda y Finanzas