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Fundamentos de la Ley 11521
Agustín Roca, tal como sus habitantes lo llaman prácticamente desde siempre y como el uso y la costumbre lo han hecho conocer, es el nombre popular del Centro Agrícola Marcos Paz. Entendemos que corresponde darle un marco legal a tal denominación, razones históricas, usos y costumbres, justifican la petición y constituirla homenaje merecido a quien fuera uno de los fundadores y hacedores de este pueblo que identificado en el sigue construyendo para el crecimiento del lugar. Cabe destacar que la estación del ferrocarril lleva el nombre de Agustín Roca, los pobladores a través de los años han designado, con él a toda la localidad, y lo han hecho tan suyo que en ocasión de ser colocado por la Dirección de Vialidad carteles indicadores en la Ruta Nacional 188 con la inscripción de Marcos Paz, se movilizaron al efecto de que los mismo fueran retirados o reemplazados por otros con la inscripción de Agustín Roca. Se hace necesario aclarar que existe en la provincia de Buenos Aires otra localidad denominada Marcos Paz, creada por Ley 1.244, sancionada el 22 de octubre de 1878 y promulgada el 25 del mismo mes y año; situación esta que produce grandes confusiones, que deben solucionarse, siendo la manera correcta de lograrlo el reconocimiento del nombre de Agustín Roca a esta localidad cercana a la ciudad de Junín. Por lo expuesto considero que debe darse este cambio de nombre para dar satisfacciones a quienes impulsan este proyecto, que son aquellos que día a día se esfuerzan por lograr el crecimiento de esta comunidad.
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