Decreto 671/2020

La Plata, 2 de agosto de 2020

VISTO el expediente EX-2020-08744775-GDEBA-HZGASRMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se gestiona la aceptación de la renuncia de Elsa Margarita CHIAPPA, a partir del 1° de mayo de 2020, como Directora Asociada del Hospital Interzonal General de Agudos "San Roque" de Manuel B. Gonnet, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, y la designación en su reemplazo, a partir del 2 de mayo de 2020, de la Médica Luciana Noelia BRIVIDORO, y

CONSIDERANDO:

Que Elsa Margarita CHIAPPA presentó, a partir del 1° de mayo de 2020, su renuncia como Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal General de Agudos "San Roque" de Manuel B. Gonnet, quien había sido designada por Decreto N° 956/17 E;

Que la presente situación se encuentra contemplada en lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528;

Que la Dirección de Sumarios Administrativos informó que la agente saliente no registra sumario administrativo pendiente de resolución;

Que es procedente limitar la reserva del cargo de revista dispuesta por Decreto N° 956/17 E, dejando establecido que Elsa Margarita CHIAPPA, se reintegra a sus funciones como Médica de Hospital “A” – Especialidad: Clínica Médica, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el establecimiento citado en el exordio del presente;

Que, asimismo, se gestiona la designación, a partir del 2 de mayo de 2020, de la Médica Luciana Noelia BRIVIDORO como Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal General de Agudos "San Roque" de Manuel B. Gonnet, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud;

Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1º de la Ley Nº 10.528;

Que la designación propiciada se efectúa a partir de fecha cierta, en virtud de la excepción prevista en el último párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E, modificado por el artículo 3° del Decreto N° 99/2020;

Que en virtud del trámite propiciado, Luciana Noelia BRIVIDORO reserva el cargo que posee como Médica de Hospital “C” - Especialidad: Neurocirugía, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el nosocomio de marras, mientras se desempeñe como Directora Asociada del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Aceptar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 1° de mayo de 2020, la renuncia presentada por Elsa Margarita CHIAPPA (DNI N° 14.770.212 - Clase 1961), como Directora Asociada del Hospital Interzonal General de Agudos "San Roque" de Manuel B. Gonnet, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, quien había sido designada por Decreto N° 956/17 E; de acuerdo a lo establecido por el artículo 14 inciso b) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96), reglamentada por Decreto Nº 4161/96, en concordancia con el artículo 45 inciso b) de la Ley Nº 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley Nº 10.528.

ARTÍCULO 2°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 1° de mayo de 2020, la reserva del cargo de revista dispuesta por Decreto N° 956/17 E, dejando establecido que la profesional citada en el artículo precedente, retomará sus funciones como Médica de Hospital “A” – Especialidad: Clínica Médica, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal General de Agudos "San Roque" de Manuel B. Gonnet, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud.

ARTÍCULO 3º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 2 de mayo de 2020, a la Médica Luciana Noelia BRIVIDORO (DNI N° 25.999.511 – Clase 1977), como Directora Asociada, con un régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, con bloqueo de título con inhabilitación total para ejercer la profesión fuera del ámbito de la Carrera Profesional Hospitalaria, en el Hospital Interzonal General de Agudos "San Roque" de Manuel B. Gonnet, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 4°. Reservar en la Jurisdicción 1.1.1.12 – Ministerio de Salud, a partir del 2 de mayo de 2020, el cargo que posee la profesional citada en el artículo precedente como Médica de Hospital “C” - Especialidad: Neurocirugía, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia, en el Hospital Interzonal General de Agudos "San Roque" de Manuel B. Gonnet, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud, mientras se desempeñe como Directora Asociada del mismo, de conformidad con lo determinado por el artículo 23 de la Ley N° 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10.471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10.528.

ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.

Daniel Gustavo Gollán, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; Axel Kicillof, Gobernador