DECRETO 131/2021

 

LA PLATA, 17 de Marzo de 2021

VISTO el expediente EX-2018-27440049-GDEBA-DTAYLMGC del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, por el cual tramita la designación de nueve (9) personas en la Planta Permanente de la Ley Nº 12268, y

CONSIDERANDO:

Que el entonces Ministerio de Gestión Cultural llamó a concurso para cubrir vacantes producidas en la Planta Permanente del Ballet Estable de la Coordinación de los Organismos Artísticos del Sur, correspondientes al Agrupamiento I, Artístico, de la Ley Nº 12268;

Que, oportunamente, fue tramitado el concurso público y abierto de oposición de méritos y antecedentes, conforme el artículo 20 inciso a) de la Ley Nº 12268, y en autos obran las respectivas actas, planillas de evaluación de las y los postulantes y orden de mérito que da cuenta de los resultados del mismo;

Que las vacantes se encuentran contempladas en el Presupuesto General Ejercicio 2021- Ley Nº 15225;

Que, en consecuencia, se propician las designaciones de Anahí ARAUJO, Justina DAILOFF, Mercedes CALDERÓN, María Josefina VIDELA SAR, Yamila Magalí ACOSTA, Daniela Fernanda VSELKO, Julieta Micaela DI SCALA, Cristian Federico

AMPRINO y Gustavo Nahuel ORTÍZ, en el Agrupamiento I, Artístico, Categoría 15, Clase VI, Bailarín/a de Fila, a partir de la fecha de notificación del presente acto;

Que el Ministro de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica ha prestado el aval correspondiente;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Contaduría General de la Provincia ha dictaminado favorablemente;

Que la gestión encuadra en los artículos 6º inciso 1 apartado b), 20 inciso a) y 23 de la Ley Nº 12268;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio - de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N° 15.225, Sector Público Provincial no Financiero, Administración Provincial, Administración Central, Jurisdicción 1.1.1.11.00.000, Finalidad 3, Función 4, Subfunción 2 Cultura, Fuente de Financiamiento 1.1., Ubicación Geográfica 999, la transferencia de nueve (9) cargos según el siguiente detalle:

DÉBITO: UE 503 - PRG 008 SUB 001 ACT 001

Inciso 1 Partida Principal 1 Régimen Estatutario 7 Grupo Ocupacional 10

CRÉDITO: UE: 503 - PRG 008 SUB 002 ACT 003

Inciso 1 Partida Principal 1 Régimen Estatutario 7 Grupo Ocupacional 10

ARTÍCULO 2º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.11.00.000. MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA, Coordinación de los Organismos Artísticos del Sur, a partir de la fecha de notificación del presente acto, en la Planta Permanente de la Ley Nº 12268, a las personas que se detallan a continuación, en el Agrupamiento I, Artístico, Categoría 15, Clase VI, Bailarín/a de Fila, con un régimen de veinticuatro (24) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido en los artículos 6°, inciso 1, apartado b), 20 inciso a) y 23 de la Ley Nº 12268.

- Anahí ARAUJO (DNI N° 34.215.080 - Clase 1988)

- Justina DAILOFF (DNI N° 36.491.421 - Clase 1992)

- Mercedes CALDERÓN (DNI N° 37.826.179 - Clase 1994)

- María Josefina VIDELA SAR (DNI N° 38.601.062 - Clase 1994)

- Yamila Magalí ACOSTA (DNI N° 39.157.243 - Clase 1995)

- Daniela Fernanda VSELKO (DNI N° 40.937.659 - Clase 1998)

- Julieta Micaela DI SCALA (DNI N° 41.430.437 - Clase 1998)

- Cristian Federico AMPRINO (DNI N° 36.151.010 - Clase 1991)

- Gustavo Nahuel ORTÍZ (DNI N° 40.552.777 - Clase 1997)

ARTÍCULO 3º. Dejar establecido que las designaciones dispuestas en el artículo precedente tendrán carácter provisional por el término de seis (6) meses y posteriormente adquirirán estabilidad, en los términos del artículo 6º de la Ley Nº 10430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 4161/96 y sus modificatorios, de conformidad con el artículo 23 de la Ley Nº 12268.

ARTÍCULO 4º. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2º será atendido con cargo a la siguiente imputación presupuestaria: Jurisdicción 1.1.1.11.00.000., Finalidad 3, Función 4, Subfunción 2 Cultura, Ubicación Geográfica 999, UE 503, PRG 008 SUB 002 ACT 003, Inciso 1, Partida Principal 1, Régimen Estatutario 7, Grupo Ocupacional 10, Presupuesto General Ejercicio 2021 - Ley N° 15225.

ARTÍCULO 5º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, de Hacienda y Finanzas y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 6º. Registrar, notificar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Augusto Eduardo Costa                                                                            Pablo Julio López

Ministro de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica                        Ministro de Hacienda y Finanzas

Carlos Alberto Bianco                                                                                AXEL KICILLOF

Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros                                            Gobernador