Provincia de Buenos Aires
TESORERÍA GENERAL
Resolución N° 124/10
La Plata, 1° de septiembre de 2010
VISTO la Resolución Nº 359/10 del Ministerio de Economía, por la que se aprueban los
términos y condiciones para la emisión del Undécimo Tramo de Letras del Tesoro para elEjercicio 2010, las Leyes Nº 13767 y 14062, los Decretos Nº 3260/08 y 3264/08, las
Resoluciones Nº 15/10 y 22/10 de la Tesorería General de la Provincia, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 76 de la Ley Nº 13767 otorga a la Tesorería General de la Provincia la facultad de emitir Letras del Tesoro con la finalidad de cubrir deficiencias estacionales de caja por hasta el monto que fije anualmente la Ley de Presupuesto General;
Que el artículo 43 de la Ley Nº 14062 de Presupuesto del Ejercicio 2010 fijó en la suma de Pesos dos mil quinientos millones ($2.500.000.000) o su equivalente en moneda extranjera, el monto máximo de autorización para la emisión de Letras del Tesoro;
Que el artículo antes mencionado determina que para el caso que el plazo de reembolso de las Letras que se emitan excedan el ejercicio financiero, se transformarán en Deuda Pública, para ello corresponderá cumplir con los requisitos fijados en el Título III de la Ley N° 13767, ello en concordancia con lo previsto en el articulo 76 in fine de la Ley N° 13767;
Que el artículo 57 de la Ley N° 13767 define que el Crédito Público se regirá por la citada Ley, su reglamentación y las leyes que aprueben las operaciones específicas;
Que por Resolución N° 125 del 14/05/2010 de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas de la Nación se otorgó la autorización pertinente en el marco del Régimen de Responsabilidad Fiscal establecido por la Ley Nacional Nº 5917, y al que la Provincia de Buenos Aires adhiriera por la Ley N° 13295 y artículo 79 de la Ley N° 14062;
Que el inciso e) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, establece que el monto máximo de autorización citado se afectará por el valor nominal en circulación;
Que mediante la Resolución Nº 15/10 y su modificatoria Nº 22/10 de la Tesorería General de la Provincia se aprobó un Programa de Emisión de Letras del Tesoro para el
Ejercicio 2010, que cuenta con un cronograma y establece los términos generales del mismo, por un monto máximo de hasta valor nominal pesos dos mil quinientos millones (VN $2.500.000.000) o su equivalente en moneda extranjera;
Que por Resoluciones Nº 18/10, 28/10, 32/10, 37/10, 48/10, 64/10, 70/10, 83/10, 97/10
y 111/10 de la Tesorería General de la Provincia se emitieron los diez primeros tramos del Programa por un monto total de Valor Nominal pesos dos mil ciento cincuenta y nueve millones setecientos treinta y ocho mil (VN $2.159.738.000);
Que por Resoluciones Nº 29/10, 33/10, 38/10, 39/10, 43/10, 44/10, 52/10, 53/10, 66/10,
67/10, 74/10, 75/10, 76/10, 93/10, 94/10, 95/10, 98/10, y 99/10 de la Tesorería General de la Provincia se rescataron las Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires por un monto total de Valor Nominal pesos un mil cuatrocientos seis millones cuatrocientos
noventa y tres mil (VN $1.406.493.000);
Que consecuentemente el monto de Letras del Tesoro en circulación a la fecha de la presente alcanza la suma de Valor Nominal pesos setecientos cincuenta y tres millones doscientos cuarenta y cinco mil (VN $753.245.000);
Que el inciso a) del artículo 76 del Anexo Único del Decreto Nº 3260/08, instituye que el Ministerio de Economía establecerá en cada oportunidad las respectivas condiciones financieras de emisión;
Que por ello mediante la Resolución Nº 359/10 del Ministerio de Economía, se han establecido los términos y condiciones del Undécimo Tramo del Programa de Emisión de Letras del Tesoro por un monto de hasta Valor Nominal pesos ochenta millones (VN
$80.000.000);
Que en particular el artículo 1º de la Resolución Nº 359/10 del Ministerio de Economía
establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a cuarenta y dos (42) días con vencimiento el 14 de octubre de 2010, por un monto de hasta Valor Nominal pesos treinta millones (VN $30.000.000);
Que asimismo el artículo 2º de la Resolución citada precedentemente establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a setenta y siete (77) días con vencimiento el 18 de noviembre de 2010, por un monto de hasta Valor Nominal pesos treinta millones (VN $30.000.000);
Que finalmente el artículo 3º de la referida Resolución establece los términos y condiciones financieras de las Letras del Tesoro a emitir a ciento sesenta y ocho (168) días con vencimiento el 17 de febrero de 2011, por un monto de hasta Valor Nominal pesos veinte millones (VN $20.000.000);
Que en el día de la fecha se formalizó el proceso licitatorio de las Letras en cuestión;
Que el mencionado acto licitatorio se llevó a cabo en el Mercado Abierto Electrónico
Sociedad Anónima (MAE), a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL, conforme las normas dictadas por dicho Mercado, en materia de concertación, registración y liquidación de las operaciones con Letras;
Que los respectivos Certificados Globales de las citadas Letras del Tesoro serán depositados en el sistema de depósito colectivo administrado por la Caja de Valores Sociedad Anónima, en su calidad de entidad depositaria conforme lo establecido por la Ley Nº 20643;
Que el artículo 4º de la Resolución Nº 359/10 autoriza a la Subsecretaría de Hacienda,
a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, a establecer la variable de corte, elaborar el ordenamiento y el listado de preadjudicación de las ofertas recibidas desde el MAE;
Que conforme al artículo 6º de la Resolución antes mencionada, la Subsecretaría de
Hacienda, a través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público, se encuentra
facultada a ampliar el monto a ser colocado, así como a declarar total o parcialmente desierta la licitación pública según se determine;
Que conforme al artículo 7º de la Resolución referida, la Subsecretaría de Hacienda, a
través de la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público conformó la adjudicación e informó a esta Tesorería General de la Provincia el resultado de la licitación pública;
Que la Contaduría General de la Provincia ha tomado la intervención de su competencia
en el acto licitatorio;
Que las emisiones adjudicadas están contenidas dentro del límite establecido en la Ley
Nº 14062 de Presupuesto para el Ejercicio 2010;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones establecidas en las Leyes
Nº 13767 y 14062 y el Decreto Nº 3260/08.
Por ello,
EL TESORERO GENERAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a
cuarenta y dos (42) días con vencimiento el 14 de octubre de 2010 por un importe de
Valor Nominal pesos ciento noventa y siete millones ochocientos cuarenta mil (VN
$197.840.000) de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:
a) Denominación: “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en
pesos a cuarenta y dos (42) días con vencimiento el 14 de octubre de
2010”.
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de la Licitación: 1 de septiembre de 2010.
d) Fecha de Emisión: 2 de septiembre de 2010.
e) Fecha de Liquidación: 2 de septiembre de 2010.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos ciento
noventa y siete millones ochocientos cuarenta mil (VN $197.840.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal
pesos uno (VN $1).
h) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i) Plazo: cuarenta y dos (42) días.
j) Vencimiento: 14 de octubre de 2010.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera
un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal
de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del
Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un
Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley
Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1 ) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal
pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de valor nominal
pesos cien mil (VN $100.000).
2 ) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo
será de valor nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de
valor nominal pesos un mil (VN $1.000).
3 ) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será
de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de valor
nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de
valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q) Negociación: se solicitará la negociación en el MAE y en la Bolsa de
Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno
o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de
acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
r) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado
en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes
del MAE autorizados para participar en las colocaciones primarias de
estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos
inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La
comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se
pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 ) Agentes del MAE autorizados a tal efecto.
2 ) Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de
Bolsa del Mercado de Valores Sociedad Anónima, únicamente a través del Banco de Valores Sociedad Anónima. Los inversores, todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, deberán realizar sus propuestas de conformidad, a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito
Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
v) Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
w) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores
Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina
a´) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 2º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a
setenta y siete (77) días con vencimiento el 18 de noviembre de 2010 por un importe de
Valor Nominal pesos ciento noventa millones novecientos cincuenta y tres mil (VN
$190.953.000) de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:
a) Denominación: “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en
pesos a setenta y siete (77) días con vencimiento el 18 de noviembre de
2010”.
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de la Licitación: 1 de septiembre de 2010.
d) Fecha de Emisión: 2 de septiembre de 2010.
e) Fecha de Liquidación: 2 de septiembre de 2010.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor Nominal pesos ciento noventa millones novecientos cincuenta y tres mil (VN $190.953.000)
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal
pesos uno (VN $1).
h) Tipo de Instrumento: Letras a descuento.
i) Plazo: setenta y siete (77) días.
j) Vencimiento: 18 de noviembre de 2010.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera
un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía: recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1 ) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2 ) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000).
3 ) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q) Negociación: se solicitará la negociación en el MAE y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
r) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del MAE autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será del 0,020% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 ) Agentes del MAE autorizados a tal efecto.
2 ) Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de Bolsa del Mercado de Valores Sociedad Anónima, únicamente a través del Banco de Valores Sociedad Anónima.
Los inversores, todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, deberán realizar sus propuestas de conformidad, a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito
Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
w) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la
transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente
en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a´) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas
por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 3º. Emitir Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a
ciento sesenta y ocho (168) días con vencimiento el 17 de febrero de 2011 por un importe de Valor Nominal pesos dos millones (VN $2.000.000) de acuerdo a los siguientes términos y condiciones financieras:
a) Denominación: “Letras del Tesoro de la Provincia de Buenos Aires en pesos a ciento sesenta y ocho (168) días con vencimiento el 17 de febrero de 2011”.
b) Moneda de emisión y pago: Pesos.
c) Fecha de la Licitación: 1 de septiembre de 2010.
d) Fecha de Emisión: 2 de septiembre de 2010.
e) Fecha de Liquidación: 2 de septiembre de 2010.
f) Monto total a ser colocado: por un monto de Valor nominal pesos dos millones (VN $2.000.000).
g) Denominación mínima y unidad mínima de negociación: valor nominal pesos uno (VN $1).
h) Interés:
1 ) Tasa aplicable: se determinará como el promedio aritmético simple de la tasa de interés para depósitos a plazo fijo de más de pesos un millón ($1.000.000) de treinta (30) a treinta y cinco (35) días, –Badlar Bancos Privados– o aquella que en el futuro la
sustituya, calculado considerando las tasas promedio diarias publicadas por el Banco Central de la República Argentina desde los diez (10) días hábiles anteriores al inicio de cada período de interés y hasta los diez (10) días hábiles anteriores al vencimiento
de cada servicio de interés más un margen fijo resultante de la licitación expresado en porcentaje (%) nominal anual.
2 ) Cálculo de interés: se calcularán sobre el valor nominal; para el primer servicio de interés, desde la fecha de emisión hasta la fecha de vencimiento del primer cupón excluyendo a esta última; y a partir de los subsiguientes servicios, desde la fecha de vencimiento del cupón anterior hasta el día previo a la próxima fecha de pago.
3 ) Fecha de pago de interés: se pagarán dos (2) servicios de interés, el primero de ellos, el 17 de noviembre de 2010 y el segundo, el 17 de febrero de 2011. Cuando la fecha de pago no fuere un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
4 ) Convención de Intereses: días reales sobre días reales.
i) Plazo: ciento sesenta y ocho (168) días.
j) Vencimiento: 17 de febrero de 2011.
k) Amortización: íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera
un día hábil, el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
l) Garantía: Recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuerdo Nación-Provincias sobre Relación Financiera y Bases de un Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, ratificado por la Ley Nº 12888, o aquél que en el futuro lo sustituya.
m) Régimen de colocación: licitación pública.
n) Régimen de adjudicación: subasta tipo holandesa de precio único.
ñ) Tipo de Oferta: oferta parcial.
o) Importe de las ofertas:
1) Tramo Competitivo: el importe mínimo será de valor nominal pesos quinientos mil (VN $500.000) y múltiplo de valor nominal pesos cien mil (VN $100.000).
2) Tramo No Competitivo - Personas Jurídicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos diez mil (VN $10.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000).
3) Tramo No Competitivo - Personas Físicas: el importe mínimo será de valor nominal pesos un mil (VN $1.000) y múltiplo de valor nominal pesos un mil (VN $1.000). El importe máximo será de valor nominal pesos doscientos cincuenta mil (VN $250.000).
p) Forma de liquidación: a través de Argenclear Sociedad Anónima.
q) Negociación: se solicitará la negociación en el MAE y en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires a partir de la fecha de colocación, y/o en uno o varios Mercados y/o Bolsas de Valores autorizados en nuestro país, de acuerdo a lo normado por la Comisión Nacional de Valores.
r) Titularidad: estarán representadas por un Certificado Global a ser depositado
en la Caja de Valores Sociedad Anónima.
s) Comisiones por terceros: tendrán derecho a comisión todos los Agentes del MAE autorizados para participar en las colocaciones primarias de estas Letras del Tesoro que, en forma fehaciente, incorporen nuevos inversores primarios en las licitaciones de los mencionados títulos. La comisión será del 0,030% sobre el monto adjudicado a terceros y se pagará en la fecha de la liquidación de las operaciones.
t) Participantes: podrán participar de las licitaciones:
1 ) Agentes del MAE autorizados a tal efecto.
2 ) Agentes pertenecientes a la Red de Agentes y Sociedades de
Bolsa del Mercado de Valores, únicamente a través del Banco de Valores Sociedad Anónima.
Los inversores, todas aquellas personas físicas o jurídicas interesadas, deberán realizar sus propuestas de conformidad, a través de las entidades mencionadas en 1 y 2.
u) Agente de cálculo: será la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Provincia de Buenos Aires.
v) Agente Financiero: Banco de la Provincia de Buenos Aires.
w) Forma de pago de los servicios: los pagos se realizarán mediante la transferencia de los importes correspondientes a la Caja de Valores Sociedad Anónima para su acreditación en las respectivas cuentas de los tenedores de estas Letras con derecho al cobro.
x) Entidad Depositaria: Caja de Valores Sociedad Anónima.
y) Rescate anticipado: las Letras precitadas podrán ser rescatadas total o parcialmente en forma anticipada.
z) Legislación aplicable: Argentina.
a´) Tratamiento impositivo: gozarán de las exenciones impositivas dispuestas
por las leyes y reglamentaciones vigentes en la materia.
ARTÍCULO 4º. Los gastos, incluidas las comisiones, que se originen en la emisión y/o contrataciones relacionadas con la emisión de Letras del Tesoro, serán imputados con cargo al Presupuesto General Ejercicio 2010 – Ley Nº 14062 – Sector Público Provincial No Financiero – Administración Provincial – Administración Central – Jurisdicción 08 – Jurisdicción Auxiliar 02: Obligaciones del Tesoro y Créditos de Emergencia – PAN 007- GRU 005- Finalidad 1 Función 3 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 3 Partida Subprincipal 5 Partida Parcial 5, en lo que respecta a "Comisiones y gastos bancarios", y Finalidad 5 Función 1 Fuente de Financiamiento 1.1 Partida Principal 7 Partida Subprincipal 1 Partida Parcial 1 en lo atinente a los intereses que devengue.
ARTÍCULO 5º. Comunicar a la Contaduría General de la Provincia, publicar, dar al
Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Ruben Telechea
Subtesorero General
C.C. 10.769