Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución N° 11

 

La Plata, 19 de enero de 2011.

 

VISTO el Expediente Nº 2300-766/2010, por el cual se propicia aprobar los términos y condiciones financieras del título de deuda pública provincial cuya emisión fuera encomendada al Ministro de Economía por Decreto Nº 2.962/10, la Ley Nº 14.199, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el artículo 37 de la Ley de Presupuesto para el Ejercicio 2011 Nº 14.199 autoriza al Poder Ejecutivo a endeudarse por hasta la suma de pesos ocho mil ciento veinticinco millones ($ 8.125.000.000) o su equivalente en otras monedas, con el objeto de financiar la ejecución de proyectos y/o programas sociales y/o de inversión pública actualmente en desarrollo o que se prevea iniciar durante el Ejercicio 2011, afrontar la cancelación de los servicios de deuda previstos en la citada Ley, como así también atender el déficit financiero y regularizar atrasos de Tesorería;

Que, en el marco de dicha autorización de endeudamiento el artículo 1º del Decreto Nº 2.962/10 encomienda al Ministro de Economía la emisión de títulos de deuda pública provincial en el mercado internacional de capitales a ser denominados en moneda extranjera, la aprobación de sus términos financieros, operatoria y documentos relacionados;

Que, asimismo, mediante el citado Decreto se aprueba la selección de Deutsche Securities Sociedad de Bolsa Sociedad Anónima y Merrill Lynch Argentina Sociedad Anónima para que actúen en forma conjunta como Bancos Suscriptores del primer título de deuda pública provincial a emitir en el marco de dicha autorización, y, entre otras cuestiones, se prevé la participación del Banco de la Provincia de Buenos Aires en calidad de colocador local no exclusivo;

Que, teniendo en cuenta los requerimientos propios de la emisión que se propicia, conforme lo dispuesto por el citado Decreto Nº 2.962/10, se suscribieron las Cartas Mandatos con los estudios jurídicos Cabanellas, Etchebarne, Kelly & Dell’ Oro Maini y Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton LLP, para que actúen como asesores legales locales e internacionales de la Provincia respectivamente y con Standard & Poor’s, Moody’s Investors Service y Moody’s Latin America Calificadora de Riesgos Sociedad Anónima para que efectúen la calificación a escala nacional y global del título a ser emitido por la presente;

Que, asimismo, el citado Decreto aprobó un modelo de Contrato de Suscripción, el que será firmado en forma sustancialmente similar por las partes intervinientes en cada oportunidad;

Que, por otro lado, mediante el Decreto Nº 2.962/10 se aprobó un modelo de Contrato con The Bank of New York Mellon para que actúe como fiduciario de los títulos públicos emitidos por la Provincia en el mercado internacional de capitales el cual deberá completarse conforme los términos y condiciones del título a emitir en cada oportunidad;

Que, en el marco de la encomienda dispuesta por el Decreto Nº 2.962/10, considerando que actualmente el mercado internacional de capitales se encuentra en una situación favorable para concretar una emisión de deuda con condiciones financieras convenientes para la Provincia y compartiendo en su totalidad lo expuesto por la Dirección Provincial de Deuda y Crédito Público a fojas 659/662 corresponde aprobar la emisión de un título de deuda pública provincial a ser denominado en moneda extranjera así como también sus términos financieros;

Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 37 de la Ley Nº 14.199 y el artículo 1º del Decreto Nº 2.962/10;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE ECONOMÍA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º - Disponer, en ejercicio de la encomienda otorgada por el artículo 1º del Decreto Nº 2.962/10 y de la autorización de endeudamiento otorgada por el artículo 37 de la Ley Nº 14.199, la emisión de un título de deuda pública provincial a ser denominado en moneda extranjera en el mercado internacional de capitales, en base a los siguientes términos y condiciones financieros:

* Denominación: “Títulos de deuda pública de Provincia de Buenos Aires al 10,875% con vencimiento en 2021”.

* Monto de emisión: dólares estadounidenses setecientos cincuenta millones (U$S 750.000.000).

* Moneda de denominación: dólares estadounidenses.

* Precio de Emisión: noventa y siete coma novecientos dieciséis por ciento (97,916 %).

* Fecha de emisión: 26 de enero de 2011

* Tasa de interés anual: diez coma ochocientos setenta y cinco por ciento (10,875%).

* Intereses: se devengarán a partir de la fecha de emisión y hasta el vencimiento, y se pagarán semestralmente cada 26 de enero y 26 de julio. El primer servicio de intereses se abonará el día 26 de julio de 2011.

* Amortización de capital: se abonará en tres (3) cuotas representativas del 33,33% el 26 de enero de 2019, 33,33% el 26 de enero de 2020 y 33,34% el 26 de enero de 2021.

* Vencimiento: 26 de enero de 2021.

* Denominación Mínima: dólares estadounidenses cien mil (U$S 100.000) y múltiplos enteros de dólares estadounidenses mil (U$S 1.000) por sobre tal monto.

* Comisiones: los Bancos Suscriptores percibirán en concepto de honorarios y retribución de gastos el monto correspondiente al cero coma diez por ciento (0,10%) del monto nominal colocado por dichos Bancos.

* Cotización: los bonos cotizarán en la Bolsa de Comercio de Luxemburgo, en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y en el Mercado Abierto Electrónico.

* Destino de los fondos: el financiamiento parcial de las partidas presupuestarias destinadas a afrontar propósitos generales.

 

ARTÍCULO 2º - Aprobar, en el marco del modelo de la Carta Mandato con The Bank of New York Mellon, que fuera aprobado por el Decreto Nº 2.962/10, el modelo de Carta Mandato a suscribir con la citada entidad para que actúe como Fiduciario de los bonos cuya emisión dispone el artículo 1º de lla presente Resolución, en idioma inglés y su traducción al castellano, que forman parte integrante del presente como Anexos 1 y 2 respectivamente.

 

ARTÍCULO 3º - Autorizar al Subsecretario de Hacienda y/o Director Provincial de Deuda y Crédito Público a suscribir la Carta Mandato con The Bank of New York Mellon cuyo modelo en idioma inglés y su traducción al castellano, se aprueban por el artículo precedente.

 

ARTÍCULO 4º - Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar a Contaduría General de a Provincia, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido archivar.

 

Alejandro G. Arlía

Ministro de Economía

 

Los Anexos de la presente podrán ser consultados en el Ministerio de Economía.

C.C. 689