DECRETO 1479/08 DEJA SIN EFECTO EL PRESENTE
DECRETO 2958/01
VISTO
el expediente N° 2410-1-013/1988, alcance 1.029,
mediante el cual se propicia la readecuación temporaria de las tarifas de peaje
del Sistema de Interconexión Vial de
CONSIDERANDO:
Que la actual situación socio-económica del país, demanda la inmediata implementación de acciones tendientes a lograr la rebaja de los costos de producción, incentivar la industria del turismo y generar nuevos puestos de trabajo.
Que
las rebajas en las tarifas de peaje dispuestas por el Poder Ejecutivo Nacional
para las rutas concesionadas en jurisdicción de
Que
razones superiores, de orden público e interés general aconsejan redefinir el
sistema tarifario actual, teniendo en consideración la no afectación del
equilibrio de la ecuación económico financiera de la concesión.
Que
tal medida se adopta en el marco del estado de emergencia administrativa,
económica y financiera del Estado Provincial.
Que
consecuentemente corresponde dictar el pertinente acto administrativo.
Por
ello,
EL GOBERNADOR
DE
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Readecúanse las tarifas de peaje del Sistema de
Interconexión Vial de
ARTÍCULO 2°: El Ministerio
de Obras y Servicios Públicos, a través de
ARTÍCULO 3°: El presente
Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de
Obras y Servicios Públicos.
Artículo 4°: Regístrese,
comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y
pase al Ministerio de Obras y Servicios Públicos. Cumplido, archívese.
PERÍODO 1º DE ENERO - 31 DE MARZO DE 2002
CATEGORÍA |
ESTACION DE PEAJE |
||
|
|
Gral. Madariaga ($) |
Mar Chiquita ($) |
1 |
4 |
1.7 |
2 |
2 |
6 |
2.6 |
3 |
3 |
8 |
3.4 |
4 |