DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

 

DEROGADO POR DECRETO Nº 50/10

 

DECRETO 1370/03

 

LA PLATA, 12 de agosto de 2003


VISTO el expediente N° 2905-1414/03 mediante el cual el Ministerio de Salud propone para su aprobación la estructura organizativa de la Subsecretaría de Atención a las Adicciones de la Provincia de Buenos Aires y;


CONSIDERANDO;

Que la Ley de Ministerios Ley 12856 y su modificatoria Ley 12928 establece las competencias para el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y en particular aquellas que se corresponden con las cuestiones tratadas oportunamente por las ex Secretaría de Prevención y Asistencia de las Adicciones;


Que se haga necesario la definición de las unidades organizativas acorde a los lineamientos establecidos por el Poder Ejecutivo, en el marco de la modernización y a la normativa de aplicación.

Que en consecuencia se impone la aprobación de una estructura organizativa que le permita ejercer y cumplir los cometidos en materia de prevención y asistencia de las adicciones de manera eficaz;


Que habiendo tomado Intervención y expedido favorablemente la Secretaría para la Modernización del Estado, la Secretarla General de la Gobernación y la Subsecretaría de Finanzas del Ministerio de Economía corresponde que se dicte el pertinente acto administrativo;

Por ello;


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.- Suprímase en el ámbito del Ministerio de Salud, las unidades orgánicas dependientes de la ex Secretaría de Prevención y Asistencia de las Adicciones, con sus respectivos objetivos, metas, acciones y tareas, que fueran aprobadas por el Decreto 3198/1999.


ARTÍCULO 2°.- Créase y apruébase en el ámbito del Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, la estructura organizativa de la Subsecretaría de Atención a las Adicciones, de acuerdo al organigrama, objetivos, metas, acciones, responsabilidades de los programas, y tareas, de las unidades orgánicas, que como Anexos 1, 2. 3, 4, 5 y 6 forman parte del presente.


ARTÍCULO 3°.- Determínase para la estructura organizativa aprobada precedentemente los siguientes cargos: Subsecretario de Atención a las Adicciones; Director Provincial de Programación y Control de Gestión; Director Provincial de Atención a las Adicciones; Director de la Delegación de la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud; Director de Programación; Director de Control de Gestión; Director de Coordinación Regional; Director de Relaciones con Organismos Gubernamentales y No Gubernamentales; Responsable del Programa de Prevención y Control del Abuso de Alcohol con rango y remuneración equivalente al cargo de Jefe de Departamento; Responsable del Programa de Prevención Comunitaria con rango y remuneración equivalente al cargo de Jefe de Departamento; Responsable del Programa de Prevención en Áreas Educativas con rango y remuneración equivalente al cargo de Jefe de Departamento; Jefe del Departamento Técnico Administrativo; Jefe Departamento Recursos Humanos; Jefe del Departamento Servidos Auxiliares; Jefe del Departamento Cuentas Especiales y Recupero de Costos; Jefe del Departamento Contable; Jefe del Departamento Subvenciones; Jefe del Departamento Apoyo Administrativo de la Dirección Provincial de Programación y Control de Gestión; Jefe del Departamento Observatorio de las Adicciones; Jefe del Departamento Docencia e Investigación en Adicciones; Jefe del Apartamento Programación y Normalización; Jefe del Departamento Análisis y Procesamiento de Información; Jefe del Departamento Control de Gestión; Jefe del Departamento Soporte Logístico; Jefe del Departamento Apoyo Administrativo de la Dirección Provincial de Atención a las Adicciones; Jefe de Departamento Admisión y Derivaciones; Jefe del Departamento Apoyo Técnico a los Centros Provinciales de Atención a las Adicciones; Jefe del Departamento Fonodroga; Jefe del Departamento Legajos; Jefe del Departamento Relaciones con Organismos Públicos y Promoción de Programas Preventivos, Jefe del Departamento Coordinación intersectorial; Jefe del Departamento Tutelar de Pacientes Judiciales, todos ellos conforme a los cargos vigentes que rigen para la Administración Pública Provincial.


ARTÍCULO 4º.- La Subsecretaría de Atención a las Adicciones de la Provincia de Buenos Aires deberá arbitrar los medios necesarios para la elaboración de las plantas de personal Innominadas y nóminas, acorde a la estructura organizativa aprobada precedentemente, en un plazo de noventa (90) días y previa intervención de los organismos y dependencias competentes e involucradas.


ARTÍCULO 5°.- El Ministerio de Economía efectuará las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio de la Provincia de Buenos Aires.


ARTÍCULO 6°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, de Gobierno, y de Economía.


ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y pase a la Subsecretaría de Atención a las Adicciones. Cumplido archívese.

 

 

 

ANEXO II

 

OBJETIVOS DE LA SUBSECRETARÍA

MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARIA DE ATENCION A LAS ADICCIONES

 

1. Desarrollar y ejecutar a través de planes y programas las políticas fijadas en relación a la prevención y asistencia de las adicciones en la órbita provincial.

2. Elaborar y formular un marco legal y proponer las modificaciones normativas relativo a la prevención y a la asistencia de las adicciones, como así también a la recuperación, reeducación y rehabilitación en centros e instituciones públicos y privados en el ámbito provincial y la posterior reinserción en el contexto social de las personas objeto de tratamiento.

3. Desarrollar, difundir, coordinar y ejecutar planes, programas y proyectos que involucren a las organizaciones intermedias de la sociedad como parte activa de las políticas de prevención y asistencia de las adicciones.

4. Programar, proponer y coordinar criterios, pautas y acciones de prevención y asistencia a ser aplicados en los ámbitos educativos y laboral, en acuerdo con otros organismos provinciales y/o municipales y asociados de bien público, trabajo y la producción.

5. Elaborar y fomentar convenios con Universidades estatales y/o privadas para ejecutar acciones de capacitación- orientadas a profesionales, docentes, líderes sociales como así también generar cursos de especialización afines a la materia.           

6. Organizar e implementar un banco de datos referido a los servicios preventivo- asistenciales existentes en la jurisdicción provincial que posibilite el asesoramiento frente a los requerimientos de los distintos organismos y de la población en general.

7. Elaborar e implementar un programa epidemiológico, en coordinación con otras dependencias del Ministerio de Salud, con la finalidad de instrumentar campañas preventivas, planes asistenciales y de asesoramiento en materia de adicciones.

8. Planificar y proponer una responsable, adecuada y efectiva comunicación de las medidas preventivo- asistenciales, en todos los medios masivos, ya sean gráficos, vía pública, radiales, televisados, etc.

9. Organizar e implementar las acciones necesarias para el cumplimiento de las Leyes N° 11.768, 11.825, 11.748, 12.988 y toda otra normativa vigente que sea la autoridad de aplicación.

10. Coordinar y ejecutar las acciones administrativas contables delegadas  por la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud.

11. Planificar y coordinar con las áreas municipales, las estrategias que permitan implementar las políticas provinciales con la finalidad de movilizar a las organizaciones intermedias de la comunidad, teniendo a prevención y asistencia de las conductas adictivas.

12. Coordinar con organismos nacionales, provinciales y municipales los proyectos, planes y acciones que deriven de las políticas establecidas en los campos de la prevención y de la asistencia de las adicciones.

 

ANEXO 3

 

METAS DE LAS DIRECCIONES PROVINCIALES

MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN A LAS ADICCIONES

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN

 

1. Elaborar, coordinar y supervisar un plan integral provincial de prevención y asistencia de las adicciones.

2. Desarrollar proyectos de asistencia técnica y capacitación con la finalidad de formar al personal profesional, educativo y a la comunidad en general en materia de prevención y asistencia de las adicciones, coordinando acciones con Organismos involucrados y con injerencia en la temática.

3. Proponer, desarrollar e implementar programas referentes a otorgamientos de subsidios, subvenciones y becas destinados a instituciones públicas y/o privadas y a personas carentes de recursos para el tratamiento de adicciones.

4. Organizar y coordinar los sistemas de control de gestión de la Subsecretaría con los Centros provinciales de Atención a las Adicciones.

5. Programar e implementar un sistema integrado de información clínica y epidemiológica a efectos de construir un banco de datos que sirva de apoyo para el diseño de programas locales en materia de adicciones, en coordinación con dependencias involucradas del Ministerio de Salud.

6. Elaborar y desarrollar acciones de fiscalización médico social tendiente a verificar la correcta atención de los pacientes asistidos.

7. Desarrollar programas de prevención específica cuyas acciones se orientarán sobre enfoques de riesgo y promoverán la integración de fuerzas sociales.

8. Formular e implementar la programación regional de los servicios de prevención y asistencia de las adicciones, profundizando la descentralización de los mismos hacia los electores más próximos a los usuarios.

9. Implementar un sistema de control y fiscalización sobre los recursos estatales utilizados en los tratamientos de atención a las adicciones, con el fin de poder verificar la correcta utilización de los fondos conforme a los destinos para los que fueron otorgados.

 

DIRECCION PROVINCIAL DE ATENCION A LAS ADICCIONES

 

1. Instrumentar los sistemas necesarios para obtener una buena adecuada calidad de prestación en materia de prevención y asistencia de las adicciones.

2. Implementar y mantener actualizado un registro de personas que reciban asistencia, efectuando adecuados seguimientos y evaluaciones de las situaciones en el ámbito de la competencia propia de la Subsecretaría.

3. Aplicar planes y programas para brindar tratamiento y/o orientación a las personas enviadas por el Poder Judicial y Organizaciones intermedias o aquellas que se acerquen por presentación espontánea siempre que se trate de casos contemplados en la patología de la Subsecretaría.

4. Favorecer la inserción social de personas que se encuentren en una etapa avanzada de tratamiento.

5. Instrumentar los sistemas de promoción necesarios para el mejor intercambio de acciones con las instituciones en condiciones de brindar asistencia en la materia, proyectando líneas de coordinación y ejecución.

6. Implementar convenios con organizaciones públicas y/o privadas con la finalidad de organizar a la comunidad previendo las adicciones, teniendo a su detección temprana y efectuando seguimiento en comportamientos de riesgo.

7. Coordinar encuentros, conferencias y debate con los diferentes sectores sociales, con el objeto de obtener un mejoramiento de la calidad de vida y a su vez implementar acciones que prevengan y protejan de las adicciones a los integrantes de las distintas comunidades.

8. Instrumentar un sistema de evaluación diagnóstica a través de entrevistas individuales, socio familiares, a fin de obtener un diagnóstico individual, familiar y social de la persona afectada por el consumo de sustancia psicoactivas.

9. Articular acciones con instituciones que se dediquen a la prevención y asistencia del drogadependiente en el ámbito provincial.

10. Implementar un servicio permanente de atención telefónica a efectos de brindar asesoramiento e información especializada a todo tipo de consultante de la población en general.

 

ANEXO 4

 

ACCIONES DE LAS DIRECCIONES

MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN A LAS ADICCIONES

DIRECCIÓN DELEGACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD

 

1. Coordinar con las áreas competentes de la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud, la confección de todos los actos administrativos- contables necesarios para la gestión de la Subsecretaría.

2. Elaborar el anteproyecto del Presupuesto de la Subsecretaría y tramitar, por intermedio del Ministerio de Salud, las propuestas de modificaciones y reasignaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de los objetivos  de la Subsecretaría.

3. Organizar y supervisar las actividades que posibiliten la prestación de los servicios auxiliares necesarios para el funcionamiento de la Subsecretaría.

4. Coordinar todas las actividades relacionadas con la administración del personal, el tratamiento y resolución de los temas laborales de los agentes de la Subsecretarías, en contacto permanente con la Dirección de Personal del Ministerio de Salud.

5. Organizar, proponer y controlar todos los servicios administrativos y auxiliares necesarios a las áreas y dependencias de la Subsecretaría, diligenciando las actividades propias de mesa de entradas, salidas, archivo, bibliotecas técnicas y archivos de documentación, asignación de espacios y mantenimiento edilicio, coordinando acciones  y trámites  con las áreas competentes de la Dirección General de Administración del Ministerio de Salud.

6. Organizar y administrar el Registro de Bienes Patrimoniales existentes en la Subsecretaría según las normas y reglamentaciones vigentes, en coordinación con el Departamento Patrimonio del Ministerio de Salud.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN

 

1. Proponer pautas, criterios, metodologías a los efectos de diseñar una política integral para la prevención y control del abuso del alcohol en los municipios de la Provincia de Buenos Aires.

2. Elaborar y atender al desarrollo de los programas y proyectos necesarios para sistematizar los controles tendientes a lograr la reducción de la demanda de drogas.

3. Planificar, formular e implementar las medidas necesarias para prevenir el uso indebido del tabaco, alcohol y otras sustancias adictivas.

4. Diseñar y formular proyectos preventivos para las instituciones educativas de todos los niveles.

5. Programar, organizar y fiscalizar la metodología a aplicar con el objeto de obtener la modificación de las conductas adictivas que propenden a utilizar distintos tipos de sustancias que inciden  en los aspectos psicofísicos y lesionan y deterioran la salud.

6. Planificar los cursos de acción pertinentes a fin de proteger a la población en riesgo, desde el punto de vista sociocultural, teniendo a un estilo de vida, con modelos aptos y perfiles adecuados.

7. Definir pautas que regulen la concesión de ayuda a distintas instituciones para la asistencia de enfermos adictos.

8. Coordinar y ejecutar los estudios epidemiológicos sobre el uso indebido de sustancias activas, incluido de alcohol, con la finalidad de evaluar permanentemente dicha problemática.

 

DIRECCIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN

 

1. Organizar y coordinar los sistemas de control de gestión, fiscalizando su aplicación y cumplimiento y evaluando los informes producidos sobre las ejecuciones parciales y totales de los objetivos, programas aprobados y proyectos que deriven del contenido del organismo.

2. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente tanto en los aspectos formales como sustanciales.

3. Controlar el registro de información y sostenerlo como referente válido para apoyar y asesorar en materia de adicciones todas las áreas de la Subsecretaría.

4. Elaborar y planificar los sistemas de informática necesarios para las gestiones propias de la Subsecretaría.

5. Implementar y coordinar la supervisión y seguimiento de los logros obtenidos a través de las gestiones llevadas a cabo por la Subsecretaría.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ATENCIÓN A LAS ADICCIONES

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN REGIONAL

 

1. Coordinar e implementar acciones de atención a las adicciones a nivel distrital y regional.

2. Supervisar y asegurar el correcto funcionamiento de los centros provinciales de atención y el desarrollo de los programas de prevención y asistencia que allí se implementen, en función de las políticas fijadas por la Subsecretaría.

3. Implementar un sistema abierto a la comunidad, de recepción telefónica de las demandas de orientación vinculadas al uso indebido de drogas.

4. Coordinar con los Centros Provinciales de Atención a las Adicciones pautas, lineamientos y acciones, a fin de verificar un proceso de evaluación diagnóstica y derivación único para toda la red de atención de la Subsecretaría.

5. Planificar y conformar la red de servicios en el territorio provincial conforme a un modelo regional de distribución según niveles de atención de complejidad creciente, de acuerdo a las necesidades de la aplicación.

6. Proyectar y coordinar un sistema de descentralización de los procesos claves de la gestión, considerando a las regiones como el nivel óptimo para programar la provisión de servicios que ofrece la Subsecretaría a la comunidad.

 

DIRECCIÓN DE RELACIONES CON ORGANISMOS GUBERNAMENTALES Y NO GUBERNAMENTALES

 

1. Analizar, programas, proponer e implementar acciones necesarias para la difusión a la comunidad de los servicios preventivos existentes en la jurisdicción provincial a requerimiento de distintos organismos y de la población en general, en coordinación con las áreas pertinentes.

2. Implementar las acciones tendientes a brindar asesoramiento y divulgación a las instituciones con competencia en el tema de adicciones, acerca de las políticas provinciales de prevención y asistencia a las adicciones.

3. Investigar y analizar alternativas de complementación e intercambio entre instituciones afines con el objeto de potenciar las acciones de la Subsecretaría.

4. Implementar y coordinar el tratamiento especial y diferenciado que deberá aplicarse a todos los casos de pacientes derivados del Poder Judicial a la Subsecretaría.

5. Promover la conformación de estructuras integradoras y acciones conjuntas con las áreas de educación, desarrollo humano, cultura, juventud, minoridad, justicia y seguridad.

6. Implementar y desarrollar la articulación de actores generadores de sinergias para la cooperación y el armado de un tejido social que conlleve un nivel permanente de comunicación e interacción.

 

ANEXO 5

 

RESPONSABILIDAD DE LOS PROGRAMAS

MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN A LAS ADICCIONES

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN

RESPONSABLE DEL PROGRAMA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL ABUSO DE ALCOHOL

 

1. Implementar una política integral de prevención y control del abuso de alcohol en los Municipios de la Provincia de Buenos Aires.

2. Difundir las leyes sobre consumo de alcohol vigente en la Provincia de Buenos Aires y articulación de las políticas de prevención, del abuso del alcohol en los jóvenes en el ámbito provincial.

3. Crear espacios de participación en las comunas acerca de la prevención del alcoholismo, promoviendo la reflexión sobre los valores imperantes, multifactorialidad del consumo y el riesgo provocado por el alcohol.

4. Organizar y realizar cursos, seminarios, y otras instancias de educación y discusión, acerca de los daños y riesgos que la ingesta de alcohol provoca en los conductores de vehículos motorizados, focalizado en adolescentes, personas que solicitan su licencia de conductor, entre otros.

5. Propiciar la participación de actores vinculados a la comercialización de alcohol, en los programas de abuso de alcohol que se implementen en la comunidad.

6. Implementar conjuntamente con los municipios e instituciones de la comunidad, controles sistemáticos de alcoholemia tendientes a reducir el índice de conductores vehiculares que consumen alcohol al conducir, como así también en relación a la venta de alcohol en la comunidad a los menores  de edad.

 

RESPONSABLE DEL PROGRAMA DE PREVENCION COMUNITARIA

 

1. Organizar, administrar y desarrollar la red para la atención de la Comunidad.

2. Organizar y desarrollar estructuras globales voluntarias para que cada uno de sus integrantes, se convierta en sujeto de la propia recuperación.

3. Organizar y desarrollar grupos de autoayuda y ayuda  mutua para familiares y allegados a personas con problemas de adicción, propiciando un espacio donde compartir sus vivencias.

4. Formular e implementar cursos de capacitación destinado a instituciones comunitarias sobre la primera atención a personas en riesgo.

5. Desarrollar un plan de acción tendientes a lograr la abstinencia mediante un entrenamiento en el intercambio de roles ayudado y ayudante.

6. Capacitar referentes dentro de la red que permiten facilitar una atención inmediata.

 

RESPONSABLE DEL PROGRAMA DE PREVENCIÓN COMUNITARIA

 

1. Realizar a través de los Centros Preventivos escolares y a partir de un diagnóstico participativo, un trabajo institucional tendiente a instalar la intervención preventiva adecuada a la realidad local de todos los municipios de la Provincia de Buenos Aires.

2. Elaborar y aplicar, a través de los equipos directivos, orientados sociales, asistentes educacionales, docentes, alumnos y padres, un proyecto para poner en acción la pedagogía y la metodología de la prevención, para fortalecer los factores de protección que favorezcan la toma de decisiones autónomas frente a las situaciones de riesgo y vulnerabilidad.

3. Realizar en los Centros Preventivos Escolares talleres de reflexión para alumnos y padres, la organización de redes y la elaboración de material didáctico.

4. Organizar y desarrollar cursos, seminarios y demás espacios de participación en las instituciones escolares para sensibilizar, concientizar y capacitar al cuerpo docente en prevención integral de las adicciones, con la finalidad de elaborar proyectos de intervención sistemática que apunten a la formación de personas libres y autónomas.

5. Implementar programas de capacitación docente aprobados por la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.

6. Colaborar con las instituciones educativas en la elaboración de un proyecto preventivo incluido en el Presupuesto educativo Institucional.

7. Organizar una red integrada por las escuelas que estén aplicando proyectos preventivos tendiendo a involucrar a todos los actores de la comunidad.

 

ANEXO 6

 

TAREAS DE LOS DEPARTAMENTOS

MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE ATENCIÓN A LAS ADICCIONES

DEPARTAMENTO TECNICO ADMINISTRATIVO

 

1. Programar, supervisar e instrumentar las actividades necesarias al buen funcionamiento del despacho de actuaciones administrativas, giradas a la Subsecretaría prestando asesoramiento al respecto a las áreas de la Jurisdicción que lo requieran

2. Atender la recepción, distribución y gestión de los proyectos y actos administrativos como, asimismo, verificar la correcta aplicación de las normas y reglamentaciones vigentes en la elaboración de los mismos y efectuar su presentación para la firma de las autoridades.

3. Implementar las acciones necesarias a fin mantener y actualizar los registros de control de las gestión administrativa del sector. Verificar y controlar el cumplimiento de las pautas formales determinadas para la confección y trámite de las actuaciones elevadas a la Subsecretaría.

4. Organizar, supervisar y atender la recepción de toda  documentación girada como así también su tramitación. Programar, implementar y mantener un registro actualizado de las actuaciones entradas y su movimiento interno.

5. Enviar a caratular los antecedentes necesarios a efectos de iniciar el circuito correspondiente al dictado de los actos administrativos que se propicien en la Subsecretaría, llevando un registro numérico y temático de los mismos.

6. Atender el trámite de proyectos de actos administrativos originados en la Subsecretaría y sus respectivas dependencias, como así también, efectuar el seguimiento de los mismos hasta su conclusión.

7. Coordinar y supervisar el funcionamiento de bibliotecas técnicas, archivo de material bibliográfico y documentación, como así la asignación de espacios físicos y equipamientos, la organización de índices y mapas telefónicos, carteleras e indicadores.

 

DIRECCIÓN DELEGACIÓN DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE SALUD, DEPARTAMENTO RECURSOS HUMANOS.

 

1. Coordinar y dirigir las actividades vinculadas con la administración de recursos humanos asignados a la jurisdicción, de acuerdo a las normativas, reglamentarias y disposiciones determinadas para el sector y en un todo de acuerdo con las pautas emanadas de la repartición central rectora en los temas de personal.

2. Organizar y controlar las gestiones y trámites derivados de los temas laborales y el cumplimiento de los deberes y derechos del personal de la Subsecretaría.

3. Planificar e implementar los procedimientos necesarios a fin de efectuar un control del efectivo cumplimiento y observación del régimen horario y de las normas de asistencia y puntualidad.

4. Verificar y tomar intervención en el otorgamiento de permisos, comisiones y licencias, que se comunicarán a la Dirección de Personal del Ministerio de Salud.

5. Elaborar y organizar un sistema de registración de antecedentes del personal, mediante la elaboración de legajos individuales de los agentes de la Subsecretaría, coordinando pautas y criterios con la Dirección de Personal del Ministerio de Salud.

6. Realizar cuadros, gráficos y estadísticas de personal y remitirlos a diversas dependencias del Ministerio de Salud.

7. Verificar la documentación relacionada con los servicios del personal en actividad o de baja y gestionar el reconocimiento de servicios del personal de la Subsecretaría, a través del Ministerio de salud.

8. Tramitar las licencias por enfermedad, juntas médicas y accidentes de trabajo a ante el Organismo de Contralor Médico.

9. Realizar citaciones y notificaciones al personal en cuestiones de su incumbencia.

10. Organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial, técnica, informes, análisis, estudios, legislación y otras normativas en materia de personal, necesarias para el normal funcionamiento de la Subsecretaría.

 

DEPARTAMENTO SERVICIOS AUXILIARES

 

1. Organizar y programar la prestación de los servicios auxiliares de maestranza, mayordomía, conmutador, traslado de bienes muebles y otros propios y contratados necesarios para el norma funcionamiento de la Subsecretaría.

2. Supervisar la conservación en perfecto estado de la higiene de todos los sectores de la Subsecretaría.

3. Proponer los proyectos de reparaciones y modificaciones edilicias, atendiendo a las necesidades de los sectores con la intervención del área respectiva del Ministerio de Salud.

4. Recibir y controlar la entrega por parte de los proveedores de las mercaderías, materiales, bienes muebles, impresiones, etc. Para su posterior distribución y comunicación al Ministerio de Salud.

5. Administrar y supervisar el stock de papelería y útiles existentes, atendiendo a los pedidos de cada una de las áreas de la Subsecretaría.

6. Controlar y supervisar el servicio de fotocopiado.

7. Organizar y programar la prestación de los servicios de los choferes de la Subsecretaría supervisando el estado de los vehículos y tramitar ante el Ministerio de Salud las Órdenes de Pagos Intransferibles (O.P.I.).

 

DEPARTAMENTO CUENTAS ESPECIALES Y RECUPEROS DE COSTOS

 

1. Registrar y controlar las sanciones aplicadas en virtud de Leyes en las cuales la Subsecretaría es Autoridad de Aplicación o conforme a las cuales es acreedora de las sanciones pecuniarias establecidas.

2. Organizar y mantener actualizado un registro de infractores a las Leyes Provinciales N° 11.748, 11.768 y 11.825.

3. Verificar los fondos provenientes de las multas derivadas de las sanciones a que diera lugar la aplicación de las Leyes N° 11.430 y modificatorias, 11.748 y 11.825, elaborando resúmenes ilustrativos de la marcha de los ingresos.

4. Planificar y organizar la metodología tendiente a efectivizar el recupero de los fondos públicos invertidos en la prestación de los tratamientos de asistencia a las adicciones y los aplicados a servicios de auditoría de prestaciones asistenciales a las adicciones.

5. Coordinar la elaboración de los nomencladores mediante los cuales se dispondrá el arancelamiento de las prestaciones que se brinden en la red asistencial.

6. Implementar un banco de datos referido a los asistidos que gocen de la cobertura brindada por una obra social, un servicio de medicina prepaga u otro ente de cobertura a efectos de sistematizar el recupero de gastos invertidos en el tratamiento de asistencia a las adicciones.

 

DEPARTAMENTO CONTABLE

 

1. Intervenir en todas las actuaciones de índole administrativa-contable, y verificar el cumplimiento de la normativa vigente, aplicable en cada caso.

2. Disponer y efectuar la distribución de Unidades Retributivas por Productividad y Eficacia (U.R.P.E.), para su posterior elevación al Ministerio de Salud y tramitar al pedido de viáticos y movilidad.

3. Efectuar el control de rendición de cuentas de subvenciones.

4. Ordenar, clasificar, controlar y preparar la documentación según su concepto para su rendición ante el Ministerio de Salud.

5. Efectuar las registraciones de variaciones de los bienes patrimoniales, llevando a cabo inspecciones periódicas en las distintas áreas.

6. Recibir, ordenar, clasificar, controlar y preparar la, documentación según su concepto para su rendición ante los organismos superiores.

 

DEPARTAMENTO SUBVENCIONES

 

1. Centralizar la recepción de la documentación enviada por las instituciones que soliciten otorgamiento de subvenciones para realizar tareas y actividades en la temática de adicciones dentro de la Provincia de Buenos Aires.

2. Realizar un análisis y evaluación técnica-jurídica de las respectivas solicitudes de subvenciones y su documentación respaldatoria para confeccionar el proyecto de acto administrativo en caso de recibir informes favorables, debidamente fundados, por parte de las distintas de la Subsecretaría y elevar el proyecto al Ministerio de Salud.

3. Mantener actualizado en legajos la documentación de las organizaciones  no gubernamentales y/o municipios que perciban apoyo económico de la Subsecretaría como así controlar la vigencia de la personaría jurídica de cada una de ellas, consultado con la Dirección Provincial de Personas Jurídicas, la Inspección General de Justicia y los Municipios.

4. Notificar a las organizaciones no gubernamentales y/o municipios beneficiarios de los otorgamientos de subvenciones en tiempo y forma para comunicar  a los mismos las condiciones bajo las que se otorgue el beneficio y las obligaciones que quedarán a su cargo.

5. Tramitar y hacer el seguimiento de los expedientes por los cuales se efectuarán la entrega de los fondos de las subvenciones que se otorguen por acto administrativo, con la intervención de las áreas competentes del Ministerio de Salud.

6. Cargar datos en los sistemas de instituciones y subvenciones para la confección de los listados para mantener informadas a las áreas pertinentes.

 

DIRECCION PROVINCIAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN

DEPARTAMENTO APOYO ADMINISTRATIVO

 

1. Atender y registrar el trámite y movimiento interno de las actuaciones giradas o iniciadas por la Dirección Provincial y recibir y controlar la correspondencia remitida por el Departamento Administrativo Contable.

2. Organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial, técnica, informes, estudios y normativa necesaria para el normal funcionamiento del área.

3. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto en los aspectos formales como sustanciales para el trámite de las actuaciones que se gestionan en la Dirección Provincial.

4. Programar, controlar y actualizar el registro patrimonial de la Dirección Provincial realizando los relevamientos necesarios, movimiento de altas y bajas semestrales y toda otra actividad a fin regulada por la normativa vigente y remitir los informes al Departamento Administrativo Contable.

5. Sustanciar los actos administrativos necesarios al control de gestión, cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN

DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN

DEPARTAMENTO OBSERVATORIO DE LAS ADICCIONES

 

1. Recopilar mensualmente y evaluar los datos obtenidos por el Departamento Análisis y Procesamiento de Información para determinar, tipo de población en riesgo, tipo y frecuencia de consumo, incidencia, prevalencia, patrones socios culturales, asistencia y consultas, y para el armado de Red Comunitaria y Educativa local en adicciones.

2. Implementar un sistema integrado de información clínica y epidemiológica tomando como base los datos provenientes del Departamento Análisis y Procesamiento de Información.

3. Abordar permanentemente la problemática del uso indebido de sustancias adictivas poniendo a disposición de las instituciones provinciales que gestionan y/o trabajan en el campo y al público en general, los resultados de su accionar.

4. Analizar la información relevada, estudiando las nuevas tendencias, que se van produciendo en el consumo de drogas, para el mejoramiento de la calidad de la prestación tanto preventiva como asistencial.

5. Constituir un banco de datos capaz de apoyar significativamente el desempeño de programas la evaluación de los mismos y la gestión de recursos para la medición de su eficiencia y eficacia.

6. Integrar los capítulos sobre población general comunitario e institucional con el objetivo de completar el hiato existente entre la oferta actual de  información y las necesidades de la práctica asistencial y preventiva en el campo de las adicciones.

 

DEPARTAMENTO DOCENCIA E INVESTIGACIÓN EN ADICCIONES

 

1. Planificar programas y planes de asistencia técnica a organismos provinciales y municipales y agrupaciones públicas y/o privadas que así lo requieran en materia de prevención y asistencia de las adicciones.

2. Elaborar y proponer planes de capacitación con la finalidad de capacitar al personal profesional y educativo en coordinación con el Organismo de Capacitación Provincial en lo relativo a la prevención y asistencia de las adicciones.

3. Programar y coordinar con instituciones universitarias las acciones tendientes a la asistencia y la capacitación de operadores socio terapéuticos, profesionales y no profesionales.

4. Elaborar los planes y programas para el grupo de reflexión.

5. Organizar e implementar con las distintas dependencias de la Subsecretaría las acciones de capacitación que estas emprendan, coordinando pautas y criterios con otros Organismos.

6. Instrumentar sistemas de evaluación de los resultados de la capacitación en los distintos campos de acción.

7. Programar y formular guías de aprendizaje, formación y capacitación para los distintos actores sociales, con la finalidad de aumentar la conciencia preventiva comunitaria.

8. Elaborar y ejecutar los programas de capacitación en prevención y asistencia de las adicciones, llevadas a cabo con la Subsecretaría en coordinación con  otros Organismos.

9. Detectar las necesidades de capacitación y de habilidades y destrezas de los agentes efectores de la Subsecretaría.

 

DEPARTAMENTO PROGRAMACIÓN Y NORMATIZACIÓN

 

1. Elaborar un marco normativo de las asistenciales y preventivas desarrolladas por la Subsecretaría.

2. Proyectar mecanismos de evaluación y monitoreo de los programas vigentes.

3. Elaborar y programar un sistema  de becas para el tratamiento de las adicciones de personas residentes en el ámbito provincial, de acuerdo a los lineamientos establecidos por la superioridad.

4. Propiciar un régimen normativo que otorgue marco a los convenios de becas con las instituciones asistenciales.

5. Proponer proyectos de apoyo a organizaciones y/o personas para la prestación de servicios especializados en la temática aditiva.

6. Asesorar y proponer acciones preventivas a los organismos de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial que así lo requieran, en materia de Adicciones.

 

DIRECCIÓN DE CONTROL DE GESTIÓN

DEPARTAMENTO ANALISIS Y PROCESAAMIENTO DE INFORMACIÓN

 

1. Compilar información proveniente de la Red Provincial de Atención a las Adicciones, reunir antecedentes referidos a los temas de incumbencia, sistematizado los mismos, realizando estudios y comparaciones que serán elevados al Departamento Observatorio de las Adicciones.

2. Desarrollar un sistema de información interna, implementando herramientas que permitan acompañar la gestión, ayudando con la planificación, coordinación y  el seguimiento de los programas, a través de relevamiento efectuados en los diversos Centros provinciales de Atención a las Adicciones.

3. Implementar un sistema de información, que vinculado las actividades, den apoyatura a la concreción de programas de atención a las Adicciones, ayudando a evaluar y controlar la ejecución de los mismos.

4. Realizar interfaces que faciliten estudios sobre el sistema global de atención, en sus distintas etapas.

5. Elevar al Departamento Observatorio de las Adicciones resúmenes periódicos de estudios resultantes de la recopilación de información a efectos de implementar un sistema integrado en materia clínica y epidemiológica.

 

DEPARTAMENTO CONTROL DE GESTION

 

1. Supervisar y realizar el seguimiento de los proyectos llevados a cabo por la Subsecretaría.

2. Diseñar y ejecutar herramientas a fin de evaluar, medir y monitorear la eficiencia y eficacia de los programas implementados.

3. Evaluar el impacto de los programas, identificando los cambios, la magnitud que tuvieron, a qué segmento de la población objetivo afectaron y en qué medida, a fin de analizar la reprogramación de las actividades proyectadas.

4. Ejecutar las auditorías pertinentes a todas aquellas instituciones asistenciales que perciben beneficios para realizar tratamiento ordenados por la Subsecretaría, interviniendo en las gestiones de otorgamiento de subvenciones, en coordinación con la Delegación de la Dirección general de Administración del Ministerio de Salud ante la Subsecretaría.

5. Elaborar la formulación pormenorizada de condiciones y requisitos a ser observados por las instituciones públicas y/o privadas dedicadas al tratamiento de personas con problemas de adicción.

 

DEPARTAMENTO SOPORTE LOGÍSTICO

 

1. Planificar  e implementar el funcionamiento y actualización de sistemas propios de informática necesarios para las gestiones de la Subsecretaría.

2. Asesorar sobre las aplicaciones prácticas de los sistemas computarizados y atender las necesidades de programación, ejecución de operaciones y capacitación operativa requeridas por las distintas áreas de la Subsecretaría.

3. Coordinar y ejecutar los controles de las redes de P.C. y teleproceso y la administración de base de datos.

4. Atender las necesidades de mantenimiento, reequipamiento y servicio y elaborar informes técnicos sobre temas de su incumbencia.

5. Mantener un registro actualizado del equipamiento existente y los mapas de redes, terminales y P.C.

6. Crear páginas Web de la Subsecretaría y el mantenimiento de las mismas.

7. Proyectar gráficamente todos aquellos trabajos que deriven de cada oficina en particular.

8. Diseñar creativamente proyectos de publicidad, hipertextos para fortalecer aún más la identidad de esta Subsecretaría.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ATENCIÓN A LAS ADICCIONES

DEPARTAMENTO APOYO ADMINISTRATIVO

 

1. Atender y registrar el trámite y movimiento interno de las actuaciones giradas o iniciadas por la Dirección provincial y recibir y controlar la correspondencia remitida por el Departamento Administrativo Contable.

2. Organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial, técnica, informes, estudios y normativa necesaria para el normal funcionamiento del área.

3. Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto en los aspectos formales como substanciales para el trámite de las actuaciones que se gestionan en la Dirección Provincial.

4. Programar, controlar y actualizar el registro patrimonial de la Dirección Provincial realizando los relevamientos necesarios, movimiento de altas y bajas semestrales y toda otra actividad regulada por la normativa vigente y remitir los informes al Departamento Administrativo Contable.

5. Sustanciar los actos administrativos necesarios al control de gestión, cumplimiento de plazos y observaciones sobre la debida aplicación de las normas.

 

DIRECCIÓN DE COORDINACIÓN REGIONAL

DEPARTAMENTO ADMISIÓN Y DERIVACIONES

 

1. Recibir la demanda de atención terapéutica y/o educativa en Adicciones.

2. Considerar el diagnóstico presuntivo realizado al paciente para determinar su admisión institucional y la modalidad terapéutica y/o educativa a desarrollar.

3. Proceder a la derivación de los pacientes a los Centros de Atención que corresponda.

4. Realizar los estudios estadísticos en materia de resultados obtenidos a través del apoyo asistencial de forma articulada con los Departamentos de la Subsecretaría con incumbencia en el tema.

5. Activar la recopilación de informes para contestar oficios, cédulas, exhorto y demás requerimientos del Poder Judicial, sobre pacientes atendidos por orden del mismo, con intervención de las áreas que corresponda.

 

DEPARTAMENTO APOYO TECNICO A LOS CENTROS PROVINCIALES DE

ATENCIÓN A LAS ADICCIONES

 

1. Establecer y ejecutar un mecanismo de integración vertical entre el nivel central y los Centros Provinciales de Atención a las Adicciones.

2. Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo técnico a las unidades prestacionales.

3. Evaluar y supervisar los dispositivos de atención de drogadependientes implementados en cada distrito y su relación con la demanda.

4. Mantener la actualización permanente de los datos correspondientes a los recursos preventivo-asistenciales que conforman la Red Pública Provincial.

5. Recepcionar, gestionar y resolver las demandas técnico administrativas con las regionales y sus referentes.

6. Facilitar la planificación y ejecución de acciones locales generando el compromiso del municipio y el sector privado en proyectos preventivos, asistenciales y comentarios.

7. Fortalecer los vínculos internos de los equipos locales.

8. Planificar y coordinar espacios de discusión con los coordinadores regionales para detectar dificultades y optimizar las prestaciones a través de  dispositivos grupales de integración.

 

DEPARTAMENTO FONODROGA

 

1. Organizar la tarea del operador para posibilitar la creación  de un espacio  de contención y escucha telefónica para el propio consumidor y/o allegados.

2. Controlar que los operadores puedan orientar a los demandantes sobre las posibles estrategias que conduzcan al tratamiento de rehabilitación requerido.

3. Analizar los criterios de evaluación de los datos relevantes que surgen de cada llamado para poder abordar a un diagnóstico situacional.

4. Verificar la derivación al recurso asistencial preciso teniendo en cuenta el lugar de residencia del afectado.

5. Cumplimentar el registro de los datos obtener en planillas estandarizadas que permitan el posterior procesamiento de la información.

6. Implementar un registro de información apropiado que funcione como base de datos para el Servicio Telefónico de Orientación y favorezca su prestación.

7. Mantener la actualización permanente de los datos correspondientes a los recursos preventivos asistenciales que conforman la Red Pública Provincial.

8. Procesar la información obtenida a través del Servicio Telefónico de Orientación y confeccionar informes estadísticos, elevándolos a las áreas que corresponda.

9. Coordinar reuniones de trabajo del equipo de operadores telefónicos  para detectar dificultades y optimizar las prestaciones.

 

DEPARTAMENTO LEGAJOS

 

1. Llevar registros personalizados de los enfermos adictos asistidos en sus aspectos clínico, social y familiar.

2. Implementar y mantener actualizado un bando de datos referidos a las Instituciones que se dediquen a la prevención y asistencia del drogadependiente en el ámbito provincial.

3. Asesorar a las Instituciones para su posterior inscripción en el Registro de acuerdo a la normativa legal vigente en la materia.

4. Controlar y verificar la documentación de cada Institución a efectos de informar al área correspondiente que puede procederse a la derivación de pacientes adictos.

5. Controlar y verificar la documentación de cada asistido a través de los informes evolutivos remitidos por los distintos niveles de complejidad de internación.

 

DIRECCIÓN DE RELACIONES CON ORGANISMOS GUBERNAMENTALES Y NO GUBERNAMENTALES

DEPARTAMENTO RELACIONES CON ORGANISMOS PÚBLICOS Y PROMOCIÓN DE PROGRAMAS PREVENTIVOS

 

1. Planificar e instrumentar campañas masivas de prevención, a través de un Plan Comunicacional.

2. Investigar y desarrollar contenidos y soportes para la implementación de campañas preventivas, en coordinación con el departamento Observatorio de las Adicciones.

3. Desarrollar mecanismos de evaluación y monitoreo sobre el impacto de las campañas.

4. Actualizar un archivo de campañas de prevención municipales, provinciales, nacionales e internacionales.

5. Generar recursos humanos y económicos externos para la financiación y ejecución de las campañas de prevención de la Subsecretaría.

6. Actualizar la información de los programas y campañas implementadas por la Subsecretaría a las Instituciones relacionadas con la temática específica.

7. Coordinar el ceremonial y protocolo del Sr. Subsecretario.

 

DEPARTAMENTO COORDINACIÓN INTERSECTORIAL

 

1. Generar vínculos y cooperación con Instituciones afines, analizando alternativas de complementación.

2. Coordinar criterios, pautas y acciones entre diversos sectores a efectos de lograr un programa de prevención de adicciones a desarrollar en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

3. Organizar e implementar jornadas y talleres de trabajo en que participen los sectores vinculados al tema de prevención en adicciones a efectos de intercambiar experiencias y conocimientos.

4. Analizar, programar y proponer medios, procesos y actividades que aseguren la permanente articulación entre los diversos sectores relacionados con la temática de la prevención en adicciones.

5. Conformar Mesas de Gestión Local en cada distrito  de la Provincia de Buenos Aires, integrando autoridades Municipales e Instituciones sociales de nivel local vinculadas a la problemática adictiva, cuya función será articular los recursos provinciales y locales.

 

DEPARTAMENTO TUTELAR DE PACIENTES JUDICIALES

 

1. Evaluar el nivel de gestión letrada en los Centros Provinciales de Atención a las Adicciones inherentes a los pacientes judicializados.

2. Coordinar acciones conjuntamente con los responsables de los programas asistenciales en el seguimiento y tutela de los pacientes con problemas de consumo y causas penales y civiles pendiente.

3. Aportar recursos para capacitar técnicamente a los profesionales del área, con el fin de judicializar el menor número posible de personas afectadas por el consumo de sustancias.

4. Organizar e implementar el seguimiento periódico de la información derivada de los Centros provinciales de Atención a las adicciones con miras a que se cumpla estrictamente con la Ley N° 23.737.

5. Supervisar los informes diagnósticos que surgen del requerimiento judicial, en relación a los pacientes vinculados con causas.