Fundamentos de la
Ley 13931
Esta Presidencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 203, inciso v) del Reglamento Interno de esta Honorable Cámara, remite para su consideración el anteproyecto de Ley de Presupuesto correspondiente al Ejercicio Financiero Año 2009, el cual ha sido elaborado teniendo presente la pauta que fija el artículo 1 de la Ley Nro. 12.450 y sus modificatorias. Entre sus provisiones y acompañando la decisión tomada por el Poder Ejecutivo en oportunidad de promover el Presupuesto Provincial para el Ejercicio Financiero Año 2009, no se ha contemplado pauta alguna en materia política salarial. En cuanto a los gastos corrientes, resultan equivalentes a los gastos operativos del presente año. Respecto de las inversiones debo reconocer que si bien, en el presupuesto del Ejercicio 2008 se previó la habilitación de crédito para el financiamiento de la construcción de un edificio anexo en el predio sito en Avenida 53 de esta ciudad, trabajándose en la conformación del pertinente proyecto arquitectónico con su respectiva documentación, se llega al mes de diciembre en el cual se produce el correspondiente llamado a licitación, lo que determina la apertura de las ofertas durante el Ejercicio 2009, y por esta razón, es que se reitera el crédito necesario para atender al financiamiento de la obra. Finalmente y con relación a ese crédito, habilitado con tal finalidad en el presupuesto del corriente Ejercicio Año 2008, hago conocer que ha de quedar como economía al cierre del mismo.
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