DECRETO 3321/44

 

LA PLATA, 29 de SETIEMBRE de 1944.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Créase en la Provincia un nuevo Partido denominado “4 de Junio” y declárase ciudad, cabeza de ese distrito y asiento de sus autoridades, al actual pueblo de Lanús.

 

ARTÍCULO 2.- El Partido de Avellaneda, dentro de sus actuales límites, queda subdividido en dos: al Este el Partido de Avellaneda y al Oeste el Partido 4 de Junio.

El límite interno entre ambos partidos, lo constituye una línea que corra por el centro de las calles que se mencionan a continuación: Valparaiso, desde su iniciación en el Riachuelo rectificado, hasta la calle Chile; por ésta hasta la de Bernardino Rivadavia; por ésta hasta la de Brasil y su continuación Bustamante hasta Coronel Lacarra; por ésta ultima hasta el camino afirmado La Plata-Avellaneda (General Belgrano) y por éste hasta la calle Lynch, límite con el Partido de Quilmes.

 

ARTÍCULO 3.- El nuevo Partido queda incorporado a la Tercera Sección Electoral y al Departamento Judicial de la Capital.

 

ARTÍCULO 4.- El 1º de Enero de 1945, comenzará el ejercicio comunal, poniéndose en posesión de sus cargos a las autoridades respectivas. Hasta esa fecha, los servicios públicos y demás intereses locales continuarán atendidos por la Municipalidad de Avellaneda.

 

ARTÍCULO 5.- El Ministerio de Gobierno adoptará las medidas pertinentes relativas al ajuste económico-financiero, régimen patrimonial y de contratos, distribución de personal y equipos, cuestiones jurisdiccionales y demás aspectos relacionados con la descentralización dispuesta.

 

ARTÍCULO 6.- Comuníquese, dése al Registro y “Boletín Oficial” y archívese.