LEY 13172
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA
PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1º: Autorízase al Poder Ejecutivo a endeudarse hasta la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL (U$$ 7.500.000) o su equivalente en otras monedas con más sus intereses, comisiones, gastos y accesorios, con destino a la financiación del “Programa de Mejoramiento de Barrios”.
ARTICULO 2º: De conformidad con lo establecido en el artículo anterior,
autorízase al Poder Ejecutivo o a los funcionarios que éste designe, a
suscribir un Contrato de Préstamo Subsidiario con la Secretaría de Desarrollo
Social de la Nación, de acuerdo con el Decreto Nacional Nº 1420/96. La
cancelación del citado préstamo podrá ser asumida por la Nación, en virtud de
lo dispuesto en la cláusula quinta del citado Contrato.
ARTICULO 3º: Los términos acordados se enmarcan en los correspondientes al Contrato de Préstamo Nº 940/OC-AR, suscripto entre la Nación Argentina y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) aprobado por el Decreto Nacional Nº 1420/96 y del Reglamento Operativo del Programa.
ARTICULO 4º: Autorízase al Poder Ejecutivo para incrementar hasta un máximo del cien por ciento (100%), el monto determinado en el artículo 1º, conforme las alternativas establecidas por el Reglamento Operativo del Programa.
ARTICULO 5º: El Poder Ejecutivo queda autorizado a afectar los fondos de la Coparticipación Federal de Impuestos (Ley 23.548) o del régimen legal que lo sustituya y cualquier otro ingreso permanente de impuestos transferidos por la Ley Nacional en garantía del préstamo a suscribir y hasta la cancelación del mismo.
ARTICULO 6º: Autorízase al Poder Ejecutivo a aplicar los mecanismos y procedimientos administrativos contables convenidos con el Organismo Internacional de Crédito, que posibiliten las acciones necesarias según la especificidad de la operativa, como así también a establecer las reglamentaciones y los ajustes normativos para garantizar la ejecución del Programa.
ARTICULO 7º: Comuníquese al Poder Ejecutivo.