DECRETO 1755/2024
LA PLATA, 3 de Septiembre de 2024
VISTO el expediente EX-2024-13880612-GDEBA-DPTRHMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de Juan María MURDOLO en el Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria X, con prestación de servicios en la Dirección Provincial de Políticas Sanitarias de Cuidado para la Erradicación de las Violencias y
CONSIDERANDO:
Que atento lo establecido por la Resolución N° 2905/23 del Ministerio de Salud y la Disposición N° 249/23 de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el referido Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, un (1) cargo de Abogado/, en grado de asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria X;
Que conforme Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a Juan María MURDOLO para cubrir el cargo de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias detallado en el párrafo que antecede;
Que, en consecuencia, se propicia la designación del citado agente, a partir del 14 de diciembre de 2023, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;
Que a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 14 de diciembre de 2023, la designación de carácter interino de Juan María MURDOLO, en el mismo cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Resolución Nº 4766/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;
Que el agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley Nº 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto Nº 12/24;
Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios y se impulsa conforme los términos de los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b), 25 y 50 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 14 de diciembre de 2023, la designación con carácter Interino de Juan María MURDOLO (DNI 33.479.903 – Clase 1988), como Abogado, en grado de asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria X, con prestación de servicios en la entonces Dirección Provincial Contra las Violencias en el Ámbito de la Salud Pública, formalizada por Resolución N° 4766/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.
ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir del 14 de diciembre de 2023, en un cargo de la Planta Permanente de la Ley N°10.471, a Juan María MURDOLO (DNI 33.479.903 – Clase 1988) para desempeñar el cargo de Abogado, en grado de asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor en el Ente Descentralizado Hospital Integrado de la Región Sanitaria X, con prestación de servicios en la Dirección Provincial de Políticas Sanitarias de Cuidado para la Erradicación de las Violencias, dependiente de la Subsecretaría de Salud Mental, Consumos Problemáticos y Violencias en el Ámbito de la Salud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 5º, 7º inciso 1), 21 inciso b) y 25 de la Ley Nº 10471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, exceptuando la medida de lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios.
ARTÍCULO 3°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 11112: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 6 – Subprograma: 1 – Actividad: 10 – Ubicación Geográfica: 999 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto Nº 12/24.
ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, Economía y Gobierno.
ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.