LEY 5513

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Acuérdase a la Sra. Julia Clodomira López de Ortiz, viuda del doctor Justo Florencio Ortiz, la cantidad de veinte mil pesos moneda nacional ($ 20.000 m/n), por una sola vez y en calidad de subsidio.

 

ARTÍCULO 2.- Este gasto que se declara de urgencia se abonará de Rentas Generales, con imputación a la misma.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.