LEY 14811
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Tratado Interjurisdiccional, celebrado el día 18 de febrero de 2016 entre las Provincias de Buenos Aires, Córdoba, La Pampa y Santa Fe y el Gobierno Nacional, que como Anexo integra la presente Ley.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil dieciséis.
NOTA: El Anexo podrá ser consultado en nuestro sitio wen en su versión PDF.