DEPARTAMENTO DE SEGURIDAD
DECRETO 3.114
La Plata, 20 de diciembre de 2005.
VISTO: Que por expediente N° 21.100-359.938/05 los padres de los alumnos egresados del Liceo Policial “Vicente Schoo”, a través de su representante legal, solicitan la reubicación escalafonaria para sus hijos por vía de excepción en el grado de Teniente y,
CONSIDERANDO:
Que el nuevo estatuto de
Personal de las Policías de la Provincia, Ley 13.201 y su Decreto Reglamentario
3.326/04, modificado por Decreto 3.436/04, contempla la instrumentación de
programas y acciones de fortalecimiento para una auténtica política de recursos
humanos basada en una carrera profesional con formación e instrucción
permanente, evaluación por desempeño y resultados, sistema de ascenso y
promoción por cumplimiento de competencias, y con compensaciones retributivas
en consecuencia;
Que dicha Ley instituyó como grado inicial para el ingreso al Escalafón de las
Policías de Seguridad el de Oficial de Policía;
Que tal como consta en el informe emanado de la Dirección General de
Capacitación y Formación de fs. 6, el Liceo Policial “Vicente Schoo”, es una
Institución Educativa de Gestión Pública de Nivel Polimodal, dependiente de la
Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires (Res.
Min. Nº 4.625/98), que otorga un título de Bachiller en Ciencias Sociales
Modalidad Humanidades;
Que dicho Establecimiento educativo reúne las condiciones requeridas para ser
incluido en las disposiciones generales del artículo 4º de la Ley 13.201,
motivo por el cual sus egresados deben acogerse, en principio, a los términos
regulares de ingreso;
Que conceder a los egresados del Liceo Policial el grado peticionado,
implicaría encasillarlos por encima de la jerarquía inicial determinada
legalmente y consecuentemente se les asignaría un Grado de Supervisión,
conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley 13.201, circunstancias
que no sólo vulneraría los principios del nuevo escalafón, sino que los
ubicaría en un nivel de responsabilidad, que requiere el ejercicio de
competencias previamente adquiridas, con las consecuencias nocivas que ello
podría acarrear a los propios egresados;
Que no obstante ello, cabe atender el planteo formulado por vía excepcional, en
base al menos a la expectativa depositada por estos alumnos y sus padres al
incorporarse a un proceso formativo, de internación, con las características
que reviste el Liceo Policial “Vicente Schoo”;
Que tal como surge del informe de la Dirección General de Capacitación y
Formación a fs. 6, en la actualidad sólo se está implementando segundo y tercer
año del Polimodal;
Que en orden a ello los egresados que a la fecha se encuentran incorporados
cursando la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública y quienes se encuentran
cursando segundo y tercer año en el Liceo Policial, conforman el espectro de
beneficiarios de esta medida de excepción;
Que ha tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno;
Que el presente se dicta de conformidad a lo normado por el artículo 144
-proemio- e inciso 2° de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1°.- Determínase que los egresados del “Liceo Policial Vicente Schoo”, que ingresen como Oficial de Policía, transcurridos doce (12) meses desde la aprobación del proceso formativo y la obtención de la Tecnicatura Superior en Seguridad Pública, serán ascendidos en forma automática al grado inmediato superior. Posteriormente, cumplidos doce (12) meses en el Grado de Sargento serán ascendidos del mismo modo a la jerarquía de Subteniente. Ello, en tanto y en cuanto no sobrevengan impedimentos provenientes de su desempeño.
Artículo 2°.- Déjase establecido que para los futuros ascensos y promociones, los beneficiarios del presente Decreto, deberán acreditar las competencias establecidas para el grado de revista, conforme a la Ley 13.201 y su reglamentación.
Artículo 3°.- El presente
Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario en el Departamento de
Seguridad.
Artículo 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y
pase al Ministerio de Seguridad. Cumplido, archívese.
SOLA
L.C. Arslanián