LEY 3595

 

Pago de saldo por catastro de los caminos de Florida a San Martín, San Andrés y Villa Ballester.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.

 

ARTÍCULO 1.- Acuérdase al Poder Ejecutivo un crédito suplementario por la suma de treinta y tres mil ciento veinticinco pesos con noventa y cuatro centavos moneda nacional ($ 33.125,94m/n), con destino al pago de un saldo que se adeuda a los señores Babuglia y Segovia, por el levantamiento del catastro de las propiedades afectadas al pago de afirmados construídos por don Narciso Agüero, en el camino que une la Estación Florida con las de San Martín, San Andrés y Villa Ballester.

 

ARTÍCULO 2.- El gasto que demande la ejecución de la presente Ley, se tomará de Rentas Generales y se imputará a la misma.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese, etc.