LEY 3333
Contribución para el monumento al General San Martín, en Chascomús.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo a contribuir hasta con diez mil pesos moneda nacional ($ 10.000m/n), para la erección de una estatua al General San Martín en la ciudad de Chascomús.
ARTÍCULO 2.- El gasto que demande la ejecución de esta Ley, se hará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.