FUNDAMENTOS DE LA LEY 14560

Actualmente en la provincia de Buenos Aires, la situación de los electrodependientes por cuestiones de salud, sólo queda regulada por disposiciones del ENRE y de las empresas prestadoras del servicio eléctrico.

Las personas que se encuentran categorizadas como electrodependientes son aquellas que, por causas ajenas a su voluntad y luego de una prescripción médica, necesitan de un constante, ininterrumpido y estable servicio de energía eléctrica para poder alimentar a los equipos eléctricos prescriptos por un médico para no poner en riesgo la vida, la seguridad o la salud de las personas que así lo requieran.

Actualmente esta situación es contemplada por resoluciones ministeriales, quedando sometida a la adhesión de las empresas prestatarias del servicio eléctrico.

El objetivo de esta ley, es asegurarles a estas personas la prestación de un servicio estable y continuo de energía eléctrica. La estabilidad se obtiene evitando el aumento de valores o coeficientes, suprimiendo aquellas tarifas que no impliquen el exclusivo uso de energía eléctrica y evitando la aplicación de intereses en caso de mora. La continuidad del servicio puede asegurarse con el efectivo cumplimiento del artículo 7. Cuando hacemos referencia a las causas forzadas de interrupción del servicio, es imposible no pensar en las inclemencias climáticas que vienen afectando a la provincia de Buenos Aires y en general al país. De esta manera y proveyendo a los usuarios electrodependientes de un grupo electrógeno capaz de abastecer su consumo promedio, se puede evitar la interrupción del servicio eléctrico y así no poner en riesgo la vida de ninguna persona.

Por todo lo expuesto, solicito a los señores legisladores la aprobación del presente proyecto de ley.