FUNDAMENTOS DE LA LEY 14918

La memoria es el recuerdo de un instante que ubicado en el pasado, tiene una utilidad motriz en el presente; y cuando esa memoria es además política, está claro que ésta no es sólo un relato privado, sino una narración con fines públicos para construir la historia.

El 17 de marzo de 1992, a las 14.47 horas, un ataque terrorista hizo escombros el edificio de la antigua sede de la embajada de Israel, ubicada en la intersección de las calles Arroyo y Suipacha. El impacto provocó también graves daños en otros edificios linderos como la parroquia, el hogar de ancianos y la escuela. Pero los daños materiales no fueron todo. De hecho, no fueron nada en relación a la faz humana de este crimen. El número de víctimas fatales asciende a veintinueve, seis de ellas aún no identificadas y los heridos superan con creces las trescientas personas.

En tan sólo un instante, proyectos de vida y futuro quedaron truncos.

Este hecho sangriento, cobarde, injustificable se constituyó como el primer acto de terrorismo internacional en suelo argentino. Y si bien podemos rescatar que frente al horror, primó la solidaridad en las manos de bomberos, policías, ciudadanos de a pie que se incorporaron raudos a la búsqueda de sobrevivientes. La justicia, en cambio, como tantas otras veces en nuestra historia, llegó tarde a la cita.

Los perpetradores intelectuales señalados por la Corte Suprema de Justicia, en un fallo de 1999, son parte del grupo terrorista Hezbollah, brazo armado de la República Islámica de Irán. A pesar de los reiterados pedidos de captura internacional, hasta ahora, no ha habido comparecencias de los acusados ante el tribunal.

En vísperas de cumplirse veinticinco años desde la fecha del atentado, es decir, el tiempo en el que se calcula el paso de una generación, esta iniciativa surge como una responsabilidad ética y social, un imperativo contra el olvido y un compromiso de unidad frente al terrorismo internacional.

Es una responsabilidad que este órgano legislativo asume para con los familiares de las víctimas y los sobrevivientes, sin importar su nacionalidad, etnia o religión. La Constitución de nuestra Provincia no admite discriminación alguna.

Representa un imperativo contra el olvido porque persigue el ejercicio de la memoria en la comunidad educativa toda a fin de dar a conocer un capítulo trascendente de nuestra historia. La escuela es un lugar central para el desarrollo de la memoria y el no olvido.

Y, por último, entendemos que en un tiempo convulsionado como en el que vivimos a nivel internacional, en el que a diario leemos noticas relatando actos terroristas en distintos puntos del globo, este proyecto cobra una impronta clave en pos de la defensa de la vida, de los lazos comunitarios y de los derechos humanos.

Es necesario fijar esta fecha no sólo como un hecho histórico más, sino como una enseñanza para las generaciones futuras. Por todo lo expuesto, solicitamos la sanción de este proyecto.