FUNDAMENTOS DE LA LEY 13993
HONORABLE LEGISLATURA:
Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propicia la creación de siete (7) juzgados de Garantías del Joven, diecinueve (19) agentes fiscales para actuar ante el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil, y diecinueve (19) defensores oficiales para actuar ante el Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil, para ser radicados en tres (13) departamentos judiciales de la provincia de Buenos Aires.
Este proyecto complementa la Ley № 13.634 -del Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil-, sancionada oportunamente por la Honorable Legislatura provincial, teniendo en cuenta que uno de los pilares del nuevo sistema de promoción y protección de los derechos del niño es el de dotar al Estado provincial de una nueva mirada y en consecuencia de una nueva forma de intervenir y de dar respuesta a la diversa problemática social que incide en las familias de nuestro territorio.
Se impulsa por una parte, la creación de juzgados de Garantías del Joven, en aquellos departamentos judiciales donde la Ley № 13.634 -no contempló los mencionados órganos-, en virtud de lo estipulado por el artículo 21 de dicha ley, ya que asumían la competencia del Fuero del Niño, los actuales juzgados de Garantías; con lo que se estaría dotando a cada uno de los departamentos judiciales de por lo menos un (1) juzgado de Garantías del Joven.
Además, se propicia la creación de una mayor cantidad de agentes fiscales y defensores oficiales, para actuar ante el Fuero de la Responsabilidad Penal Juvenil, en virtud de análisis de indicadores y datos estadísticos, entre los cuales se destacan los índices de litigiosidad por departamento judicial, distribución de las investigaciones por áreas geográficas y el impacto de la descentralización en las mismas, entre otros.
A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.
Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.