LEY 14336
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Declárase Bien de Interés Histórico Artístico incorporado al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley 10.419 y sus modificatorias, a la Capilla Nuestra Señora del Carmen, ubicada en la calle Nuestra Señora del Carmen, esquina Madre Isabel Fernández, de la localidad de Villa Raffo, partido de Tres de Febrero, inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección I, Manzana 13, Parcela 44 a y cuyo dominio se encuentra inscripto en la Matrícula Nº 27.474, a nombre del Instituto de Misioneras de San Francisco Javier.
ARTÍCULO 2.- Incorpórase a la presente declaración el mobiliario original cuyo catálogo se anexa formando parte de la presente, en los términos de la Ley 10.419 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil once.
Presidente H. C. Diputados Vicepresidente 1º H. Senado
en ejercicio de la Presidencia
Secretario Legislativo Secretario Legislativo H. Senado
H. C. Diputados