LEY 14336

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase Bien de Interés Histórico Artístico incorporado al Patrimonio Cultural de la Provincia de Buenos Aires, en los términos de la Ley 10.419 y sus modificatorias, a la Capilla Nuestra Señora del Carmen, ubicada en la calle Nuestra Señora del Carmen, esquina Madre Isabel Fernández, de la localidad de Villa Raffo, partido de Tres de Febrero, inmueble identificado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección I, Manzana 13, Parcela 44 a y cuyo dominio se encuentra inscripto en la Matrícula Nº 27.474, a nombre del Instituto de Misioneras de San Francisco Javier.

 

ARTÍCULO 2.- Incorpórase a la presente declaración el mobiliario original cuyo catálogo se anexa formando parte de la presente, en los términos de la Ley 10.419 y sus modificatorias.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los veintitrés días del mes de noviembre del año dos mil once.

 

Horacio Ramiro González                            Federico Carlos Scarabino

Presidente H. C. Diputados                             Vicepresidente 1º H. Senado

en ejercicio de la Presidencia

 

Manuel Eduardo Isasi                                  Máximo Augusto Rodríguez

Secretario Legislativo                                      Secretario Legislativo H. Senado

H. C. Diputados