DECRETO 1699/99

 

LA PLATA, 22 de JUNIO de 1999.

 

VISTO el presente expediente 4121-4.404/93 y sus agregados sin acumular 4121-3.966/96, 2423-101/95 (con sus agregados 4121-1.559/94 como fojas 16 y 2406-9.270/94 como fojas 17), 4121-1.491/97 y 2207-2.138/98, por el que la Municipalidad de Zárate aprueba el Código de Planeamiento; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Organismos técnicos competentes se han expedido favorablemente bajo su exclusiva responsabilidad a fojas 417/419 y 429/430;

 

Que la referida modificación se encuadra en los términos del artículo 83 del Decreto-Ley 8912/77 (T.O. 1987);

 

Que atento lo dictaminado por la Asesoría General Gobierno (fs. 434/435 vta.), procede el dictado del acto aprobatorio;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA

 

ARTÍCULO 1°: Apruébase, con la limitación establecida en el Artículo 3° de la Ley N° 12.088, la propuesta presentada por la Municipalidad de Zárate por la que se aprueba el Código de Planeamiento mediante la Ordenanza N° 3125/97, obrante a fojas 331/411 vta. del presente y que forma parte integrante de este Decreto.

 

ARTÍCULO 2°: Déjase establecido que la aprobación dispuesta por el artículo primero del presente excluye: Capítulo I Generalidades (fs. 335/339), Capítulo II Normas Generales (fs. 340/347) a excepción de los puntos 2.14.1. incisos a), b), c), d) y e); 2.14.2., 2.14.3. y 2.15; Capítulo V Normas para la Protección y Rehabilitación del Patrimonio (fs.376/383) y Capítulo VI Normas de Procedimiento (fs.383 vta./387) del Código de Planeamiento, por no ser materia de convalidación provincial en el marco del Artículo 83 del Decreto-Ley 8912/77 (T.O. 1987).

 

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.

 

ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al “Boletín Oficial” y remítase al MINISTERIO DE GOBIERNO a sus efectos.

 

 

ORDENANZA 3125

 

VISTO:

La necesidad de proceder a la revisión del Código de Planeamiento del Partido de Zárate, de acuerdo a lo solicitado por la Secretaría de Tierras y Urbanismo, a fs. 28/31 del Expediente N° 4121-4404/93, por el cual se está gestionando su convalidación técnica y legal; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Código de Planeamiento fue elaborado en 1993 como resultado del proceso de planeamiento iniciado en 1989 con el objetivo de formular el Plan de Orde­namiento Urbano de Zárate.

 

Que en función de lo informado por la Secretaría de Tierras y Urba­nismo es necesario realizar un nuevo estudio y propuesta del Código en relación a las afecta­ciones planimétricas y prescripciones normativas referidas a la Zona Residencial Extraurbana (RE).

 

Que el Plan de Ordenamiento Urbano, aprobado en sus distintas eta­pas por Ordenanzas N° 2695/91, 2787/92 y 2898/93, se ha ido actualizando en función del dinamismo y nuevas pautas de desarrollo que ha experimentado el Partido de Zárate, conservando los lineamientos estructurales inicialmente planteados.

 

Que en atención a lo expresado precedentemente y dado el tiempo transcurrido desde su formulación inicial, se estimó conveniente realizar una revisión total, formal y técnica, a través de las distintas áreas municipales pertinentes e informando sobre ello a asociaciones profesionales.

 

Que la revisión efectuada dará el marco normativo indispensable para atender el ordenamiento y crecimiento armónico del Partido de Zárate (sector continen­tal), permitiendo al Municipio contar con una herramienta legal actualizada destinada a encauzar, la localización de las actividades urbanas y periurbanas en este particular momento de su evolución.

 

ORDENANZA N° 3125

 

ARTÍCULO 1°. Apruébase por la presente el CÓDIGO DE PLANEAMIENTO del PARTIDO DE ZARATE cuyo texto adjunto forma parte de esta Ordenanza.

 

ARTÍCULO 2°.- Derogánse todas las Ordenanzas que se opongan a la presente.

 

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese y archívese.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en la versión PDF publicado en nuestro sitio web.

 

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante del Partido de Zárate, a los CUATRO días del mes de DICIEMBRE de mil novecientos noventa y siete.