Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución Nº 12

 

La Plata, 27 de diciembre de 2015.

 

VISTO que por las presentes actuaciones se tramita el ofrecimiento público de recompensa, a quien brinde información tendiente a dar con el paradero y destino actual para la captura de los internos fugados MARTÍN EDUARDO LANATTA RODRÍGUEZ, CHRISTIAN DANIEL LANATTA RODRÍGUEZ y VÍCTOR GABRIEL SCHILLACI BONINI, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto N° 2.052/98 y su modificatorio 1.531/10, el Poder Ejecutivo ha establecido un sistema de recompensas para las personas que aporten datos, informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente a fin de contribuir con el esclarecimiento de hechos de homicidios dolosos u homicidios en ocasión de otro delito doloso, la individualización de sus autores, cómplices, encubridores o instigadores prófugos de la justicia como así también para hechos delictivos que por su gravedad y/o complejidad así lo justifiquen;

 

Que de conformidad a lo previsto por el Decreto N° 997/03 el Ministerio de Seguridad es el órgano de aplicación, encontrándose facultado para seleccionar los casos judiciales respecto de los cuales se ofrecerá recompensa;

 

Que por intermedio de la Dirección de Búsqueda e Identificación de Personas Desaparecidas, dependiente de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales, se han recabado los antecedentes del caso;

 

Que según el Agente Fiscal que interviene en la investigación, el día 27 de diciembre de 2015, se dieron a la fuga de la Unidad de Penitenciaria Nº 30 de la Provincia de Buenos Aires, sita General Alvear, los Sres. MARTÍN EDUARDO LANATTA RODRÍGUEZ, CHRISTIAN DANIEL LANATTA RODRÍGUEZ y VÍCTOR GABRIEL SCHILLACI BONINI;

 

Que pese a las medidas investigativas desplegadas, no se han obtenido resultados suficientes para la captura de los internos fugados, quienes se encontraban cumpliendo prisión en la Unidad Penitenciaria Nº 30 de General Alvear, en razón de haber sido ordenada su detención en la causa 11084 Triple Homicidio calificado por ensañamiento, Juzgado Oral Nº 2 de Dpto. Judicial Mercedes, conocida públicamente como TRIPLE CRIMEN, razón por la cual se considera viable el ofrecimiento de recompensa;

 

Que en su mérito, deviene menester ofrecer pública recompensa a quienes aporten información que permita la individualización y paradero de MARTÍN EDUARDO LANATTA RODRÍGUEZ, CHRISTIAN DANIEL LANATTA RODRÍGUEZ y VÍCTOR GABRIEL SCHILLACI BONINI, fijándose un monto de pesos dos millones ($ 2.000.000) de acuerdo a la naturaleza de la información que se brinde;

 

Que la Dirección General de Administración, por intermedio de la Dirección de Presupuesto, ha fijado la correspondiente imputación presupuestaria;

 

Que con el fin de garantizar la reserva de identidad de las personas que aporten la información aludida y facilitar su presentación, aquéllas podrán hacerlo ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia quienes se encuentran facultados para adoptar tal medida, la Unidad Funcional de Instrucción N° 20 Descentralizada Gral. Alvear del Departamento Judicial Azul o ante la Dirección de Registro de Personas Desaparecidas, haciendo saber que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento;

 

Que por último, y para lograr la debida difusión de la oferta pública de recompensa, se arbitrará lo necesario a efectos de que sea trasmitida por los medios de comunicación masivos nacionales, provinciales y locales para conocimiento de la población, a cuyo fin se remitirá el presente y su Anexo a la Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, los Decretos N° 2.052/98 y N° 997/03;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°.- OFRECER PÚBLICA RECOMPENSA, de la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000,00) a quienes aporten información fehaciente que contribuya a la individualización, paradero y detención de los prófugos MARTÍN EDUARDO LANATTA RODRÍGUEZ, CHRISTIAN DANIEL LANATTA RODRÍGUEZ y VÍCTOR GABRIEL SCHILLACI BONINI (IPP 01-04-001189-15), cuyos datos personales obran en el Anexo de la presente.

 

ARTÍCULO 2°.- El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información en los términos del Decreto N° 2.052/98, la Resolución Ministerial N° 2.390/07, lo establecido en el presente y conforme al mérito de la información aportada.

 

ARTÍCULO 3°.- Las personas que deseen aportar la información mencionada en los artículos precedentes, podrán hacerlo con reserva de identidad presentándose ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción N° 20 Descentralizada Gral. Alvear del Departamento Judicial de Azul, o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, debiendo asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas.

 

ARTÍCULO 4°.- Remitir copia de la presente con su Anexo a la Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos Aires, para que arbitre las medidas necesarias a efectos de posibilitar su difusión masiva nacional, provincial y local del lugar donde se produjo el hecho.

 

ARTÍCULO 5°.- Registrar. Publicar en el Boletín Informativo y Boletín Oficial. Comunicar a la Procuradora General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires y a la Unidad Funcional de Instrucción N° 20 Descentraliza Gral. Alvear, del Departamento Judicial Azul. Comunicar a la Dirección General de Administración y a la Dirección General de Comunicación Institucional. Cumplimente con ello la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa, dejando debida constancia en este expediente. Cumplido, pase a la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas y, posteriormente, archivar.

 

Cristian Adrián Ritondo

Ministro de Seguridad

 

ANEXO

 

PÚBLICA OFERTA DE RECOMPENSA

FUGA DE MARTÍN EDUARDO LANATTA RODRÍGUEZ, CHRISTIAN DANIEL LANATTA RODRÍGUEZ y VÍCTOR GABRIEL SCHILLACI BONINI

BUSCADOS

 

 

El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ofrece pública recompensa de la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000) de conformidad a lo previsto por el Decreto N° 2052/98 y su modificatorio a las personas que aporten información fehaciente que contribuya a individualizar, dar con el paradero y detener a los prófugos MARTÍN EDUARDO LANATTA RODRÍGUEZ, argentino, titular del DNI 23.787.091, CHRISTIAN DANIEL LANATTA RODRÍGUEZ, argentino, titular del DNI 22.756.274 y VÍCTOR GABRIEL SCHILLACI BONINI, Argentino, titular del DNI 28.240.475, quienes se encontraban cumpliendo prisión en razón de haber sido ordenada su detención en la causa 11084 Triple Homicidio calificado por ensañamiento, Juzgado Oral Nº 2 de Dpto. Judicial Mercedes, conocida públicamente como TRIPLE CRIMEN, y quienes se fugaron de la Unidad Penitenciaria Nro. 30 de la Provincia de Buenos Aires, sita en el partido de General Alvear, el día 27 de diciembre de 2015. Interviene la Unidad Funcional de Instrucción N° 20 Descentralizada de Gral. Alvear, del Departamento Judicial Azul (IPP N° 01-04-001189- 15). Las personas que quieran aportar la información requerida deberán presentarse ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción N° 20 Descentralizada de Gral. Alvear, del Departamento Judicial Azul (sito en calle Av. Hipólito Yrigoyen 870 de Gral. Alvear, CP7263, teléfono: 02344-481925), o ante la Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas (sita en calle 2 entre 51 y 53, La Plata, oficina 118, teléfonos 0221-429-3015 y 429-3211), debiendo asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas. El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información ante las autoridades señaladas, haciendo conocer que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento, en los términos del Decreto N° 2052/98, y su modificatorio, lo establecido en el presente y conforme el mérito de la información aportada.

 

SE ASEGURA ESTRICTA RESERVA DE IDENTIDAD

 

C.C. 217049