Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución Nº 12
La
Plata, 27 de diciembre de 2015.
VISTO que por las presentes actuaciones se tramita el
ofrecimiento público de recompensa, a quien brinde información tendiente a dar
con el paradero y destino actual para la captura de los internos fugados MARTÍN
EDUARDO LANATTA RODRÍGUEZ, CHRISTIAN DANIEL LANATTA RODRÍGUEZ y VÍCTOR GABRIEL
SCHILLACI BONINI, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 2.052/98 y su modificatorio
1.531/10, el Poder Ejecutivo ha establecido un sistema
de recompensas para las personas que aporten datos, informes, testimonios,
documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente a fin de contribuir
con el esclarecimiento de hechos de homicidios dolosos u homicidios en ocasión de
otro delito doloso, la individualización de sus autores, cómplices,
encubridores o instigadores prófugos de la justicia como así también para
hechos delictivos que por su gravedad y/o complejidad así lo justifiquen;
Que de conformidad a lo previsto por el Decreto N° 997/03
el Ministerio de Seguridad es el órgano de aplicación, encontrándose facultado
para seleccionar los casos judiciales respecto de los cuales se ofrecerá
recompensa;
Que por intermedio de la Dirección de
Búsqueda e Identificación de Personas Desaparecidas, dependiente de la Subsecretaría
de Relaciones Institucionales, se han recabado los antecedentes del caso;
Que según el Agente Fiscal que interviene en la
investigación, el día 27 de diciembre de 2015, se dieron a la fuga de la Unidad de Penitenciaria Nº
30 de la Provincia
de Buenos Aires, sita General Alvear, los Sres. MARTÍN EDUARDO LANATTA
RODRÍGUEZ, CHRISTIAN DANIEL LANATTA RODRÍGUEZ y VÍCTOR GABRIEL SCHILLACI
BONINI;
Que pese a las medidas investigativas desplegadas, no se
han obtenido resultados suficientes para la captura de los internos fugados,
quienes se encontraban cumpliendo prisión en la Unidad Penitenciaria
Nº 30 de General Alvear, en razón de haber sido ordenada su detención en la
causa 11084 Triple Homicidio calificado por ensañamiento, Juzgado Oral Nº 2 de
Dpto. Judicial Mercedes, conocida públicamente como TRIPLE CRIMEN, razón por la
cual se considera viable el ofrecimiento de recompensa;
Que en su mérito, deviene menester ofrecer pública
recompensa a quienes aporten información que permita la individualización y
paradero de MARTÍN EDUARDO LANATTA RODRÍGUEZ, CHRISTIAN DANIEL LANATTA
RODRÍGUEZ y VÍCTOR GABRIEL SCHILLACI BONINI, fijándose un monto de pesos dos
millones ($ 2.000.000) de acuerdo a la naturaleza de la información que se
brinde;
Que la Dirección General de Administración, por
intermedio de la
Dirección de Presupuesto, ha fijado la correspondiente
imputación presupuestaria;
Que con el fin de garantizar la reserva de identidad de
las personas que aporten la información aludida y facilitar su presentación,
aquéllas podrán hacerlo ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos
Departamentos Judiciales de la
Provincia quienes se encuentran facultados para adoptar tal
medida, la Unidad
Funcional de Instrucción N° 20 Descentralizada Gral. Alvear
del Departamento Judicial Azul o ante la Dirección de Registro de Personas Desaparecidas,
haciendo saber que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento;
Que por último, y para lograr la debida difusión de la
oferta pública de recompensa, se arbitrará lo necesario a efectos de que sea
trasmitida por los medios de comunicación masivos nacionales, provinciales y
locales para conocimiento de la población, a cuyo fin se remitirá el presente y
su Anexo a la
Secretaría de Comunicación Pública de la Provincia de Buenos
Aires;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por la Ley Nº
13.757 y sus modificatorias, los Decretos N° 2.052/98 y N° 997/03;
Por ello,
EL MINISTRO DE
SEGURIDAD DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.-
OFRECER PÚBLICA RECOMPENSA, de la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000,00) a
quienes aporten información fehaciente que contribuya a la individualización,
paradero y detención de los prófugos MARTÍN EDUARDO LANATTA RODRÍGUEZ,
CHRISTIAN DANIEL LANATTA RODRÍGUEZ y VÍCTOR GABRIEL SCHILLACI BONINI (IPP
01-04-001189-15), cuyos datos personales obran en el Anexo de la presente.
ARTÍCULO 2°.-
El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a
suministrar la información en los términos del Decreto N° 2.052/98, la
Resolución Ministerial N° 2.390/07, lo establecido en el presente y conforme al
mérito de la información aportada.
ARTÍCULO 3°.-
Las personas que deseen aportar la información mencionada en los artículos
precedentes, podrán hacerlo con reserva de identidad presentándose ante los Fiscales
Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional
de Instrucción N° 20 Descentralizada Gral. Alvear del Departamento Judicial de
Azul, o ante la
Dirección Provincial de Registro de Personas Desaparecidas, debiendo
asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de
las personas.
ARTÍCULO 4°.-
Remitir copia de la presente con su Anexo a la Secretaría de Comunicación
Pública de la Provincia
de Buenos Aires, para que arbitre las medidas necesarias a efectos de
posibilitar su difusión masiva nacional, provincial y local del lugar donde se
produjo el hecho.
ARTÍCULO 5°.-
Registrar. Publicar en el Boletín Informativo y Boletín Oficial. Comunicar a la Procuradora General
de la Suprema Corte
de Justicia de la Provincia
de Buenos Aires y a la
Unidad Funcional de Instrucción N° 20 Descentraliza Gral.
Alvear, del Departamento Judicial Azul. Comunicar a la Dirección General
de Administración y a la Dirección General de Comunicación Institucional.
Cumplimente con ello la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa,
dejando debida constancia en este expediente. Cumplido, pase a la Dirección
Provincial de Registro de Personas Desaparecidas y, posteriormente, archivar.
Cristian
Adrián Ritondo
Ministro de Seguridad
ANEXO
PÚBLICA OFERTA DE RECOMPENSA
FUGA DE MARTÍN EDUARDO LANATTA RODRÍGUEZ, CHRISTIAN
DANIEL LANATTA RODRÍGUEZ y VÍCTOR GABRIEL SCHILLACI BONINI
BUSCADOS


El Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos
Aires ofrece pública recompensa de la suma de PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000)
de conformidad a lo previsto por el Decreto N° 2052/98 y su modificatorio a las
personas que aporten información fehaciente que contribuya a individualizar,
dar con el paradero y detener a los prófugos MARTÍN EDUARDO LANATTA RODRÍGUEZ,
argentino, titular del DNI 23.787.091, CHRISTIAN DANIEL LANATTA RODRÍGUEZ,
argentino, titular del DNI 22.756.274 y VÍCTOR GABRIEL SCHILLACI BONINI,
Argentino, titular del DNI 28.240.475, quienes se encontraban cumpliendo
prisión en razón de haber sido ordenada su detención en la causa 11084 Triple
Homicidio calificado por ensañamiento, Juzgado Oral Nº 2 de Dpto. Judicial Mercedes,
conocida públicamente como TRIPLE CRIMEN, y quienes se fugaron de la Unidad
Penitenciaria Nro. 30 de la
Provincia de Buenos Aires, sita en el partido de General Alvear,
el día 27 de diciembre de 2015. Interviene la Unidad Funcional
de Instrucción N° 20 Descentralizada de Gral. Alvear, del Departamento Judicial
Azul (IPP N° 01-04-001189- 15). Las personas que quieran aportar la información
requerida deberán presentarse ante los Fiscales Generales de Cámara de los
distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional
de Instrucción N° 20 Descentralizada de Gral. Alvear, del Departamento Judicial
Azul (sito en calle Av. Hipólito Yrigoyen 870 de Gral. Alvear, CP7263,
teléfono: 02344-481925), o ante la Dirección Provincial
de Registro de Personas Desaparecidas (sita en calle 2 entre 51 y 53, La Plata, oficina 118,
teléfonos 0221-429-3015 y 429-3211), debiendo asegurar la confidencialidad de
la información y la reserva de la identidad de las personas. El monto de la recompensa
será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información
ante las autoridades señaladas, haciendo conocer que se encuentran motivados
por el presente ofrecimiento, en los términos del Decreto N° 2052/98, y su
modificatorio, lo establecido en el presente y conforme el mérito de la
información aportada.
SE ASEGURA ESTRICTA RESERVA DE IDENTIDAD
C.C. 217049