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Fundamentos de la Ley 11158
Las denominadas enfermedades malignas, como es de conocimiento general, tienen en el cáncer a su principal y más grave exponente, concepto que se afirma a pesar de los avances logrados en nuestro siglo en la incidencia, desconocimiento etiológico y medidas adoptadas para la prevención y durabilidad del mail. Esta circunstancia coloca a las ciencias médicas y biológicas en estado de estudio permanente y a los profesionales de la salud en actitud alternativa hacia procedimientos oncológicos prioritarios de prevención y terapia específica para evitar la patología y paliar sus consecuencias prevalentes. Los últimos datos estadísticos dan cuenta que el cáncer es responsable del 20,5 % de la mortalidad total en nuestra Provincia, lo que significa que de cada cinco personas aproximadamente una fallece por cáncer. La sociedad toda espera con preocupación el descubrimiento de una metodología que acierte a través de las investigaciones con el hallazgo de la causa de este temible flagelo, de proyecciones alarmantes para la humanidad, Desde ya que los estudios realizados en los grandes centros oncológicos van gradualmente cercando los aspectos más oscuros de esta patología a la vez que creando mayores y más optimistas expectativas. Mientras tanto adquieren relevancia los aspectos vinculados a la prevención de la enfermedad. La detección precoz es fundamental para los criterios de evitabilidad y curaciones completas. Aquí juega un rol esencial la educación sanitaria de la población. Mucho es lo que se ha insistido sobre la consulta oportuna ante la presencia de sintomatología dudosa localizada en cualquier parte del organismo humano, en la realización de los estudios citológicos pertinentes (papanicolau) , estudios biópsicos, endoscópicos, análisis clínicos, diagnóstico por imágenes y todo otro estudio que la investigación moderna incorpore al arsenal diagnóstico. Esta propuesta avanza sobre una idea de programación que contemple los aspectos más sobresalientes en la lucha contra el cáncer como los que en el proyecto de ley se incorporan, es decir: considerar al tema de interés provincial, hacer que su denuncia sea obligatoria, recrear el Registro Provincial del Cáncer, creación de una comisión coordinadora que elabore el programa específico, regionalizar el tema y establecer un régimen especial de subsidios para el enfermo de insuficientes recursos económicos. El programa apunta, como se comprende, a normalizar las actividades de la oncología en nuestra Provincia, de forma tal que organizadamente el Ministerio de Salud se incorpore al complejo tema de investigación, prevención diagnóstico, tratamiento, recuperación y rehabilitación en los casos de una patología que como dejamos entrever a lo largo de este escrito, no tiene aún dilucidada el quid de la cuestión, su etiología. Señores legisladores, la importancia del tema nos exime de mayores argumentos, por lo que solicitamos el voto que testimonie la aprobación de este proyecto de ley.
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