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Fundamentos de la Ley 11598
HONORABLE LEGISLATURA: Mediante la Ley № 11.054, de fecha 27 de febrero de 1991, la honorable legislatura de la Provincia autorizó al Poder Ejecutivo a efectuar una inversión máxima de ciento trece millones de dólares estadounidenses con destino a la realización de obras hospitalarias y equipamientos médicos, bajo la modalidad “llave en mano”, conforme a programas que al efecto apruebe el Ministerio de salud. Dentro de dicha inversión total, el monto máximo a financiar con créditos externos es de ochenta millones de dólares estadounidenses. La inversión autorizada está destinada a la realización de obras en los partidos de Tres de Febrero, Almirante Brown, General Sarmiento y Merlo, como así también a la adquisición de equipamiento médico hospitalario, sobre la base de una distribución que refleje las necesidades básicas insatisfechas. Mediante decreto 1756 de fecha 21 de junio de 1991, el Poder Ejecutivo determina la forma que será ejercida la autorización conferida mediante la ley precitada y la manera en que serán atendidas las erogaciones consecuentes. Respecto de la inversión que nos ocupa –esto es la “Construcción, equipamiento y puesta en marcha de cuatro hospitales de 160 camas cada uno en los partidos mencionados del Conurbano Bonaerense”– se recuerda que dicho decreto asignó la suma de U$S 33.000.000 con destino a la realización de los trabajos locales y ejecución de las obras civiles complementarias para la construcción de los hospitales “Llave en mano”, con cargo a las partidas presupuestarias respectivas; y U$S 51.350.000 con destino al equipamiento médico, instalaciones e ítems diversos de los hospitales “Llave en mano”, con fondos provenientes de créditos otorgados en virtud del Tratado General de Cooperación y Amistad entre el Reino Unido de España y la República Argentina. Mediante decreto 4418 de fecha 6 de diciembre de 1991, el Poder Ejecutivo aprueba lo actuado por la Comisión Asesora Ejecutiva del Ministerio de salud y adjudica a la firma HUARTE S.A. la ejecución de estas obras, por la suma total de U$S 84.350.000 y con un plazo total de ejecución de 18 meses. La adjudicación de las obras consignada en dicho decreto, entraría en vigencia cuando se encuentren formalizadas las convenciones financieras específicas previstas en el Tratado de Cooperación y Amistad entre España y Argentina. Con fecha 6 de diciembre de 1991 se suscribió el correspondiente Contrato de Obra con la condición suspensiva de que el mismo entraría en vigor en la fecha en que se cumplieran todas y cada una de las condiciones siguientes: los convenios de créditos para la financiación de este proyecto hayan entrado en vigencia y estén operativos, y se hubiere cumplido con el pago de los anticipos previstos en este contrato.
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