DECRETO 185/02

 

La Plata, 29 de enero de 2002.

 

Visto el Expediente Nº 21.100-269303/99, donde el señor Juez Doctor Pedro Cornelio Federico Hooft, Juez de Transición Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, solicita al señor Ministro de Justicia que, al finalizar el período de transición del fuero penal o al momento de implementarse el Juzgado en lo Correccional Nº 4 del mismo Departamento Judicial, se lo designe para desempeñar este último cargo; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Doctor Pedro C. Federico Hooft fue designado como Juez en lo Criminal y Correccional (Transición) Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, por Decreto nº 3278 del 14 de setiembre de 1998 (artículo 6º);

 

Que en el artículo 7º del mencionado acto administrativo se estableció que el Dr. Hooft, al término de su cometido, pasaría a desempeñarse como Juez de Tribunal en lo Criminal del mismo Departamento Judicial;

 

Que a fs. 1, 2 del expediente supra citado, obra la solicitud que el Dr. Hooft hiciera a la Corte Suprema de Justicia, peticionando desempeñar, luego de concluidas las causas iniciadas con anterioridad a la puesta en marcha del nuevo Código Procesal Penal, el cargo de Juez en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Mar del Plata, desistiendo así de formar parte de un Tribunal en lo Criminal;

 

Que a fs. 4 la Suprema Corte de Justicia, entiende que no le corresponde opinar sobre el tema planteado, remitiendo la presentación del Dr. Hooft, al Ministerio de Justicia;

 

Que a fs. 7 de los citados actuados, con fecha 25 de febrero de 2000, se expide la Asesoría General de Gobierno, considerando que una vez concluida la competencia transitoria asignada al Doctor Pedro Federico Hooft como Juez en lo Criminal y Correccional de Transición Nº 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, podrá el Poder Ejecutivo evaluar el mérito, oportunidad y conveniencia de acceder o no a la petición formulada por el citado magistrado;

 

Que a fs. 8 del expediente de marras, el interesado reitera su petición con fecha 22 de diciembre de 2000, por ante el Sr. Ministro de Justicia;

 

Que el Artículo 10 de la Ley 12060, reza que: “Los Magistrados actualmente titulares de los Juzgados de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional, disueltos por el Art. 1º pasarán a desempeñarse en el Juzgado de Garantías, Juzgado en lo Correccional, Tribunal en lo Criminal o Juzgado de Ejecución del respectivo Departamento al cual originariamente pertenezcan, según lo determine el Poder Ejecutivo, al cual se faculta  al efecto.”;

 

Que el art. 4º de la Ley 12060 creó cuatro (4) Juzgados en lo Correccional para el Departamento Judicial Mar del Plata;

 

Que a la fecha, el cuarto Juzgado en lo Correccional no se encuentra cubierto ni en funcionamiento, asimismo el Poder Ejecutivo tampoco solicitó la cobertura de dicho cargo al Consejo de la Magistratura;

 

Que se estima oportuno acceder a lo solicitado por el interesado, dictando el acto administrativo pertinente;

 

Por ello,

 

EL GOBERNANDOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º.- Modificase el artículo 7º del Decreto 3278/98, sólo en lo referido al Departamento Judicial Mar del Plata, quedando redactado de la siguiente manera:

 

“Artículo 7º.- Establécese que los Magistrados a que alude el artículo anterior, al término de su cometido, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11º, tercer párrafo, de la Ley Nro. 12060, pasarán a desempeñarse en los órganos que se mencionan en el artículo 10º del mismo texto legal, según seguidamente se indica: …DEPARTAMENTO JUDICIAL MAR DEL PLATA: Dr. Hooft, Pedro Cornelio Federico, D.N.I. 8.705.985, Clase 1942, pasará a desempeñarse como Juez en lo Correccional Nº 4…”.-

 

ARTÍCULO 2º.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario interino en el Departamento de Justicia.

 

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, notifíquese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.