DEPARTAMENTO DE JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

DECRETO 1.599

La Plata, 15 de septiembre de 2010.

VISTO el expediente N° 2100-1417/10, por el cual tramita el otorgamiento de un auspicio para los Premios de Adquisición dedicados a Dibujo y Grabado y Escultura establecidos en la Ley N° 12.853, y

CONSIDERANDO:

Que la referida Ley N° 12.853 establece la realización anual del “Salón Provincial de Artes Plásticas” y del “Salón Joven de Artes Plásticas”, abarcativos ambos de expresiones pictóricas, escultóricas, grabados y dibujos;

Que el Poder Ejecutivo de la Provincia de Buenos Aires, en forma conjunta con las Honorables Cámaras de Diputados y Senadores, vienen otorgando estos “Premios Adquisición” desde años anteriores;

Que la institución de dichos Premios contribuye al estímulo de la creación plástica y la difusión de sus creadores, así como el acrecentamiento de la valiosa colección artístico- plástico del Museo Provincial de Bellas Artes Emilio Pettoruti;

Que dada la relevancia que tiene la institución de dichos premios resulta apropiado auspiciar los mismos;

Que a fojas 13 la Dirección de Contabilidad de la Secretaría General de la Gobernación ha procedido a realizar la correspondiente imputación presupuestaria del gasto;

Que a fojas 17 ha tomado intervención de su competencia la Asesoría General de Gobierno y a fojas 19 la Contaduría General de la Provincia;

Que la gestión encuadra en lo establecido por el artículo 40 de la Ley N° 10.189 -T.O. Decreto N° 4.502/98, su Decreto Reglamentario N° 288/07 y por el artículo 144 – proemio – de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

ARTÍCULO 1º. Auspiciar los “Premios Adquisición” dedicados a Dibujo y Grabado a desarrollar en el Salón Provincial de Arte Joven, cuya inauguración esta prevista para el mes de agosto del corriente año y a la especialidad Escultura a desarrollar en el Salón de Artes Plásticas Bonaerense “Florencio Molina Campos”, cuya inauguración está prevista para el mes de noviembre de 2010

ARTÍCULO 2º. Instituir los Premios “Gobierno de la Provincia de Buenos Aires” consistentes en las suma de pesos diez mil ($ 10.000) y pesos quince mil ($ 15.000.), respectivamente para cada evento, y autorizar a la Subsecretaría de Gestión Tecnológica y Administrativa de la Secretaría General de la Gobernación a aportar dichas sumas.

ARTÍCULO 3º. La erogación que demande lo dispuesto en el artículo anterior será atendida con cargo al Presupuesto General del Ejercicio 2010, Ley 14.062, con imputación a la partida 3.9.1, Servicios de Ceremonial, Créditos Específicos.

ARTÍCULO 4º. El presente Decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5°. Registrar, Comunicar y publicar al Boletín Oficial, pasar a la Dirección General de Administración de la Secretaría General de la Gobernación. Cumplido, archivar.

 

Alberto Pérez                          Daniel Osvaldo Scioli

Ministro de Jefatura de            Gobernador

Gabinete de Ministros