DEPARTAMENTO DE
GOBIERNO
DECRETO 72
La Plata,
25 de febrero de 2015.
VISTO el expediente Nº 4130-42872/11 por el que la Municipalidad de San
Miguel modifica la
Zonificación según Usos vigente en el partido por Ordenanza
Nº 448/79 y sus modificatorias “Código de Zonificación Preventiva de General
Sarmiento” en aplicación en el ámbito del Partido de San Miguel desde su
división originada en la Ley Nº
11.551/94, y
CONSIDERANDO:
Que por la propuesta elevada se gestiona la convalidación
provincial de la Ordenanza
Nº 14/12, Anexos I y II, su Decreto de Promulgación Nº
1.084/12, por la que se deroga la Zonificación vigente y se aprueba el nuevo Código
de Zonificación para el Partido de San Miguel, y sus modificatorias Ordenanza
Nº 03/13, su Decreto de Promulgación Nº 709/13, y la Ordenanza Nº 15/13 y
su Decreto de Promulgación Nº 1.500/13;
Que a fojas 263, la Subsecretaría Social
de Tierras, Urbanismo y Vivienda, toma conocimiento de lo actuado y entiende
que corresponde convalidar la
Ordenanza en cuestión;
Que se expidió la Dirección de Ordenamiento Regional a fojas
266/266 vuelta, indicando que del estudio de los actuados no surgen
observaciones de carácter técnico que formular, considerando que la propuesta
se encuentra avalada por el Municipio responsable primario del ordenamiento
territorial por lo que se entiende factible efectuar el dictado del Decreto de
convalidación, criterio compartido por la Dirección Provincial
de Ordenamiento Urbano y Territorial a fojas 270;
Que a fojas 273/273 vuelta ha tomado intervención la Asesoría General
de Gobierno;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones
conferidas por el Artículo 83 del Decreto-Ley Nº 8.912/77 (T.O.
por Decreto Nº 3.389/87 y modificatorios);
Por ello,
EL GOBERNADOR
DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: Convalidar la Ordenanza Nº 14/12,
sus Anexos I y II, su Decreto de Promulgación Nº 1.084/12, y sus modificatorias
Ordenanza Nº 03/13, su Decreto de Promulgación Nº 709/13 y Ordenanza Nº 15/13,
su Decreto de Promulgación Nº 1.500/13, mediante la cual la Municipalidad de San
Miguel modifica la
Zonificación según usos vigente en el partido, que como Anexo
Único compuesto de treinta (30) fojas útiles forman
parte del presente, bajo la
exclusiva responsabilidad de los organismos técnicos intervinientes.
ARTÍCULO 2°: Excluir de la aprobación dispuesta en el
artículo 1° del presente Decreto, el artículo 3° de la Ordenanza N° 14/12 y Anexo II al disponer el mismo la conservación de
la vigencia plenas de las Ordenanzas a que se refiere dicho Anexo; y el punto 2
del Anexo I, “De la
Comisión Mixta Permanente”, por referir a la creación de una Comisión
encargada de actualizar la presente norma, excediendo ambas cuestiones a la competencia
provincial y por ende de estricta competencia municipal.
ARTÍCULO 3°: Establecer que en materia de infraestructura,
servicios y equipamiento comunitario deberá darse cumplimiento a lo regulado
por los artículos 56, 62 y 63 del Decreto Ley Nº 8.912/77 (T.O.
por Decreto Nº 3.389/87 y modificatorios) en el momento de aprobarse el plano
de subdivisión y/o materialización del uso.
ARTÍCULO 4º: El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra
Secretaria en el Departamento de Gobierno.
ARTÍCULO 5º: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín
Oficial y al SINBA pasar al Ministerio de Gobierno. Cumplido, archivar.
Cristina Álvarez Rodríguez Daniel Osvaldo Scioli
Ministra de Gobierno Gobernador
Nota: El Anexo
Único podrá ser consultado en nuestro sitio web en su
versión PDF.