Provincia de Buenos Aires

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

Resolución N° 69/16

La Plata, 16 de noviembre de 2016.

 

VISTO el expediente N° 22400-35688/16 por medio del cual tramita la aprobación de las Bases y Condiciones del Premio Provincial al Joven Empresario – Edición 2016, conforme lo establecido en la Ley N° 14.029 y su Decreto Reglamentario N° 304/14; y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Ley N° 14.029 se creó el Premio Provincial al Joven Empresario, destinado a financiar un proyecto innovador, que será seleccionado en un concurso público de proyectos;

 

Que conforme lo establecido en el artículo 14 del Decreto N° 304/14, reglamentario de la Ley N° 14.029, el Ministerio de Producción, establecerá mediante Resolución Ministerial las condiciones operativas y modalidades para cada llamado a concurso, como así también la conformación de un Comité Organizador, Evaluador y Seleccionador de los Proyectos presentados;

 

Que a fojas 2/14 obra copia de las Bases y Condiciones que regirá el llamado a concurso del Premio Provincial al Joven Empresario del Año – Edición 2016;

 

Que la 2° Edición del Premio, busca promover e incentivar la presentación de experiencias y/o proyectos innovadores en procesos, bienes y servicios de Jóvenes Empresarios y Emprendedores bonaerenses que busquen llevar adelante emprendimientos, crear valor, mejorar la capacidad competitiva, la innovación, la generación de riqueza y el fomento del empleo en la Provincia;

 

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 de la Ley N° 14.029 y el artículo 14 del Anexo Único del Decreto N° 304/14;

 

Por ello,

 

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1°. Aprobar las Bases y Condiciones del llamado a concurso del Premio Provincial al Joven Empresario del Año – Edición 2016, que como Anexo Único forma parte integrante de la presente resolución.

 

ARTÍCULO 2°. Designar como miembros del Comité Evaluador de los Proyectos a los Señores Federico Zin, Subsecretario de la Pequeña, Mediana y Microempresa León Salim, Director Provincial de la Promoción de la Competitividad, Innovación y los Servicios. Gustavo Ganchegui, Director Provincial de Promoción de Planes Territoriales y Proyectos Productivos para PYMES.

 

ARTÍCULO 3°: Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Joaquín de la Torre

Ministro de Producción

 

PROGRAMA PROVINCIAL DE APOYO A JOVENES EMPRESARIOS

Bases y condiciones

 

La Provincia de Buenos Aires sancionó en 2009 la Ley 14.029 (Programa Provincial de

Apoyo a Jóvenes Empresarios) adhiriendo a la Ley Nacional 25.872 de creación del Programa Nacional de Apoyo a Jóvenes Empresarios.

Son objetivos de esta Ley:

a) Promover la creación, desarrollo e instalación de nuevas empresas en territorio  bonaerense con el fin de aumentar el tejido productivo en la región.

b) Promover la inserción de los jóvenes al mundo empresarial.

c) Otorgar herramientas técnicas, fiscales y financieras con el objeto de crear y fortalecer proyectos elaborados por jóvenes empresarios.

d) Fomentar la internacionalización de las empresas beneficiarias de esta Ley en los mercados internacionales.

e) Generar un espacio para la puesta en marcha de proyectos con alto valor agregado e innovación tecnológica.

f) Articular las acciones de esta Ley con entidades empresarias, universidades, organizaciones no gubernamentales, y empresas.

En su art. 11 la ley establece la creación del Premio Provincial al Joven Empresario del año, destinado a financiar un proyecto innovador, que será seleccionado en un concurso público de proyectos realizado una vez por año.

 

1. Objetivo del premio y convocatoria

 

Este Premio tiene como objetivo premiar la labor y el esfuerzo de aquellos jóvenes emprendedores y empresarios que, con su dedicación y creatividad, buscan crear y/o consolidar sus emprendimientos, generando valor, sabiendo aprovechar oportunidades, teniendo ideas innovadoras y contribuyendo día a día a crear riqueza y generar empleo.

La convocatoria establece que el ganador del concurso “Premio Provincial al Joven Empresario del año” en su segunda edición 2016 recibirá la suma de pesos 120 mil ($120.000), de acuerdo al cálculo de actualización establecido en el artículo 13 del Decreto Reglamentario 304/14. Al efecto se ha computado el triple de la variación anual acumulada del indicador EMAE publicado por el INDEC en el período 2010-2013.

 

2. Participantes del concurso

 

· Las personas físicas deberán tener su domicilio real en la Provincia de Buenos Aires y ser ciudadanos/as argentinos/as, comprendidos entre los dieciocho (18) y treinta y cinco

(35) años de edad.

· En el caso de las personas jurídicas, deberán tener domicilio legal en la Provincia de Buenos Aires, y la propiedad de capital en un porcentaje no menor al cincuenta y uno por ciento (51%), deberá estar en cabeza de ciudadanos/as argentinos/as comprendidos entre los dieciocho (18) y treinta y cinco (35) años de edad.

 

3. Requisitos

 

· Los proyectos que deseen presentarse, deberán desarrollar y/o estar desarrollándose en los siguientes sectores de la economía en la Provincia de Buenos Aires: Actividades productivas, Actividades industriales, Actividades científicas, Actividades de investigación, Actividades de prestación de servicios industriales, u otras actividades de interés que a consideración de la Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa satisfagan el espíritu del Programa Provincial de Apoyo a Jóvenes Empresarios.

 

Exclusión: No podrán presentar proyectos aquellas personas que tengan participación directa en la organización del concurso o en la evaluación de los proyectos, ni sus familiares directos.

 

4. Instituciones Patrocinantes

 

Se ha establecido que las candidaturas al Premio Provincial al Joven Empresario del año deberán ser presentadas por una Institución Patrocinante. Con el objetivo de dar participación a organizaciones territoriales que lleven adelante acciones de acompañamiento y fomento a emprendedores y empresarios locales en su desarrollo y crecimiento, así como en la búsqueda de competitividad.

Funciones: Cada Institución Patrocinante tendrá la responsabilidad de seleccionar y proponer candidatos de su zona de influencia en cuanto a las acciones que realiza vinculadas al Premio. Además entre sus funciones estará el control de la documentación.

La presentación de candidatos por parte de una Institución Patrocinante significa que otorga su aval, entendiendo por esto el reconocimiento del emprendedor / empresario, sus antecedentes y compromiso, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos en el punto 3 de las Bases y Condiciones.

Instituciones Patrocinantes: serán todas aquellas organizaciones con asiento en la Provincia de Buenos Aires relacionadas al mundo emprendedor y empresarial joven, tales como:

· Cámaras Empresarias

· Organizaciones No Gubernamentales

· Universidades

· Incubadoras

· Agencias de desarrollo

· Municipios

Se entiende por organizaciones relacionadas al mundo emprendedor y empresarial joven a todas aquellas instituciones que desarrollen algún tipo de actividades destinadas a acompañar y apoyar a empresarios y emprendedores.

NOTA: Cada Institución Patrocinante tendrá derecho a presentar todos aquellos candidatos que considere oportunos y competentes para el Premio Provincial al Joven Empresario del año, los cuales deberán cumplimentar los requisitos previamente establecidos en el punto 3 de las Bases y Condiciones.

 

5. Presentación de Candidatos al Premio

 

La propuesta de candidatos deberá ser presentada por la INSTITUCIÓN PATROCINANTE mediante nota formal dirigida a la Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa, en sobre cerrado con la Leyenda PREMIO PROVINCIAL AL JOVEN EMPRESARIO DEL AÑO, y remitida a la misma, ubicada en calle 50 N° 786 de la ciudad de La Plata. La nota deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

 

· Nota solicitando adherir al Programa Jóvenes Empresarios y a participar del Premio Provincial al Joven Empresario del año.

 

· Nota Aval que figura en el Anexo 2

 

· Formulario de presentación que figura en el Anexo 1

 

El incumplimiento de los requisitos mencionados anteriormente podrá ser considerado por el COMITÉ EVALUADOR, como causal de exclusión en la participación del Concurso.

 

6.  De las presentaciones

 

Las presentaciones se realizarán completando la documentación descripta en el punto 5.

Oportunamente, toda la información incluyendo el formulario del Anexo 1 y 2 estará disponible en la página web institucional del Ministerio de Producción (www.mp.gba.gov.ar).

Forma de presentación: Los formularios 1 y 2 deberán presentarse junto al resto de la documentación en sobre cerrado con la leyenda PREMIO PROVINCIAL AL JOVEN EMPRESARIO DEL AÑO y deberán ser entregados por correo postal o personalmente.

Toda la documentación presentada deberá estar debidamente firmada por un representante ya sea del emprendimiento en marcha o proyecto emprendedor y de la Institución Patrocinante. El formulario 1 no podrá exceder las 8 carillas (4 hojas) para facilitar la comprensión de la presentación por parte del cuerpo evaluador y jurado calificador. No se aceptarán formularios confeccionados a mano.

Lugar de presentación: calle 50 N° 786, de la ciudad de La Plata. El horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 hs. En caso de ser remitido por correo se tomará como válida la fecha que conste en el sobre de envío postal. De manera opcional los participantes podrán adelantar la información y/o documentación vía correo electrónico a la siguiente dirección: Esta presentación no reemplaza a la anterior.

Fecha de presentación: Las propuestas se recibirán a partir de la publicación de las presentes Bases y Condiciones y hasta transcurridos 60 días corridos posteriores a la misma.

 

7. Comité evaluador y criterios de evaluación

 

Funciones: El Comité Evaluador tendrá como función la evaluación de los candidatos propuestos por las INSTITUCIONES PATROCINANTES y la elección de los Ganadores del concurso.

Conformación: estará integrado por tres (3) miembros del Ministerio de Producción de la Provincia de Buenos Aires, con rango de Director Provincial o superior.

Selección de Proyectos: El Comité Evaluador procederá a efectuar una revisión general de los proyectos presentados, y descartarán inmediatamente aquellos que no cumplan debidamente con los requisitos de las presentes bases y condiciones.

Criterio de Evaluación: para determinar los méritos de cada proyecto, el Comité Evaluador tendrá en cuenta los siguientes aspectos:

 

8. Menciones especiales

 

Complementariamente al premio principal, se otorgarán tres menciones especiales, a saber:

· Reconocimiento al Joven Empresario Innovador: por su apuesta por el (I+D+i), logrando un diferencial competitivo.

· Reconocimiento al Joven Empresario Generador de Empleo: por su potencial de crecimiento, y generación de nuevos puestos de trabajo.

· Reconocimiento a Joven Empresario con Potencial Exportador: por su apuesta de expansión y proyección internacional.

Queda a criterio de la Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa la posibilidad de que puedan agregarse otros premios y/o reconocimientos especiales a empresas, los cuales serán debidos y oportunamente comunicados.

 

9. Especificaciones sobre el uso del premio

 

Los fondos correspondientes al Premio principal deberán aplicarse a un proyecto de inversión innovador, el cual quedará descripto en el Formulario detallado en el Anexo 1 de las presentes Bases y Condiciones. Puede tratarse de un proyecto a desarrollar en el futuro o ya desarrollado por el candidato en los últimos 4 años.

En el caso de proyectos a desarrollar el Participante deberá justificar de qué manera aplicaría el Premio en tal sentido. Si se tratare de inversiones ya realizadas, el Participante deberá describirlas y de ser posible respaldarlas con documentación correspondiente.

Eventualmente, el Comité Evaluador podrá solicitar información adicional al respecto, ya sea en la etapa de evaluación del proyecto, o a posteriori de haberse otorgado el Premio.

 

10. Entrega de Premio

 

Los Premios se harán efectivos en la forma y plazo que oportunamente disponga el Ministerio de Producción.

Una vez seleccionados los ganadores del Concurso por parte del Comité Evaluador, la Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa elevará a consideración del Ministerio de Producción una propuesta de fecha y modalidad del acto de entrega de Premios y Reconocimientos.

Complementariamente, la Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa asume las siguientes responsabilidades:

· Publicación destacada de la experiencia en la página web de la Subsecretaría y en el Boletín Pyme emitido por la misma.

· Entrega de Diploma de Honor a todos los premiados

· Mención especial a las Instituciones Patrocinantes que hayan presentado cada uno de los Proyectos ganadores del Premio y Reconocimientos Especiales

 

11. Cronograma

 

Etapa 1 Lanzamiento del concurso

Etapa 2 Presentación de candidatos: hasta 60 días posteriores al lanzamiento

Etapa 3 Evaluación de candidatos: 20 días posteriores al cierre de la convocatoria

Etapa 4 Publicación del resultado

Etapa 5 Acto de premiación

 

12. Publicación

 

La publicación de las experiencias y proyectos seleccionados se realizará a través del sitio oficial de la Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa, y otros medios de comunicación que se consideren pertinentes.

 

13. Consideraciones finales

 

Los participantes del Concurso declaran el conocimiento y aceptación de las presentes bases y condiciones. La aceptación de las mismas implica una declaración jurada (Anexo 1) de que toda la información suministrada por el concursante es fidedigna.

Los titulares del proyecto presentado se declaran únicos responsables ante cualquier reclamo que pudieran ocasionar otros sobre la propiedad del bien presentado como proyecto.

El concurso se realiza en un ámbito público, por lo que los participantes deberán tomar los recaudos legales que crean necesarios en resguardo de la confidencialidad de su proyecto en caso que lo consideran necesario.

Todas las comunicaciones originadas en la organización del concurso se realizarán a través de la página del Ministerio de la Producción.

Cualquier instancia no prevista por las presentes bases y condiciones será resuelta por la Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa en caso de que amerite. Las Instituciones Patrocinantes y los Participantes deberán acatar estas decisiones.

 

14. Informes

 

La Subsecretaría de la Pequeña, Mediana y Microempresa pone a disposición de los interesados la asistencia técnica necesaria para el adecuado cumplimiento de los requisitos y la pertinente presentación de propuestas.

 

15. Consultas

 

Además se establecen los siguientes canales de comunicación para la realización de consultas:

· Tel: 0221 4292055

· Email:

· Sitio web:

 

 

 

 

 

 

CONVOCATORIA 2016

Programa Provincial de Apoyo a Jóvenes Empresarios

Premio Provincial al Joven Empresario

2º EDICIÓN

ANEXO 2 NOTA AVAL

 

Consignar (LOCALIDAD Y FECHA)

 

 

Ministerio de Producción de la Provincia de Buenos Aires

Programa Provincial de Apoyo a Jóvenes Empresarios

 

ASUNTO: Premio Provincial al Joven Empresario

 

(Nombre Institución)…………… extiende su aval a la solicitud del/la Sr./Sra……………para participar en la 2ª Edición del Premio Provincial al Joven Empresario del año a realizarse en el corriente año 2016.

 

Por la presente declaramos haber leído las Bases y Condiciones del Premio, así como también, que se cumplimentan los requisitos establecidos para postular a (Nombre del candidato) como candidato al Premio Provincial al Joven Empresario del año.

Saludos a UD. Atentamente

Firma y sello de la Institución

C.C. 216518