LEY 11256

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

 

ARTICULO 1.- Desaféctase de su destino originario, Dirección General de Escuelas y Cultura, el inmueble ubicado en el partido de Morón, designado catastralmente como: Circunscripción IV, Sección J, Manzana 299, Parcela 8-a, inscripto su dominio bajo el Folio N° 6.312 del año 1976.


ARTICULO 2.- Dónase al Obispado de Morón, el inmueble descripto en el artículo anterior, con destino al funcionamiento de la Parroquia “San Martín de Porres”, y sus dependencias.

 

ARTICULO 3.- Autorízase a la Escribanía General de Gobierno para que proceda a realizar los trámites notariales tendientes a efectivizar la presente donación, con la comparencia del representante legal de la donataria.

 

ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.